24/10/01

España: El TSJ declara nulo el juicio del crimen del séptimo piso. La Sala entiende que el veredicto del jurado fue arbitrario

Por El País

Diario El País - España
 
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El Tribunal de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) considera que el juicio por el crimen del séptimo piso es nulo por entender que la motivación del veredicto del jurado es insuficiente y arbitraria. Por tanto, la causa vuelve a la Audiencia para que se proceda a la celebración de un nuevo juicio oral, previa constitución de otro jurado. Contra la sentencia cabe recurso ante el Tribunal Supremo. Entre tanto, José Francisco Llop, declarado inocente, mantiene su situación de libertad.
 
El 26 de junio pasado la magistrada juez Isabel Sifre Solares dictó sentencia de absolución, por imperativo legal tras el veredicto absolutorio emitido por el jurado. En su argumentación dejaba claro que detectaba incongruencias en la argumentación del jurado en cuanto al valor dado a determinadas pruebas y las conclusiones a las que había llegado valorando otras.
 
La sentencia de la magistrada fue recurrida por la acusación particular, ejercida por el letrado Carlos Verdú, y por la fiscal, Margarita Gomá, ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) por entender que el veredicto carecía de motivación.
 
Ahora, la Sala de lo Civil y Penal del TSJ ha admitido el recurso de apelación y declara nulo el juicio en el que José Francisco Llop fue declarado inocente de la muerte de su esposa, Josefa Puchadas, que falleció al caer de un séptimo piso en construcción el 19 de octubre de 1999 cuando se encontraba en la vivienda con su marido, un día antes de acudir a una entrevista con un abogado para iniciar los trámites de separación.
 
Más de 60 testigos dieron su versión de los hechos ante el jurado. En el caso no hay nadie que diga de forma directa y contundente que José Francisco Llop lanzó a su mujer desde el séptimo piso. Sin embargo, sí hay testigos del instante en el que ella está colgada en el vacío, antes de caer, de la actitud del marido cuando bajó a la calle, de la relación que mantenía el matrimonio –sobre la que amigas y familiares de la víctima dieron detalles del miedo y abandono afectivo en el que ella decía vivir–, y del perfil psicológico del entonces acusado.
 
En la vista oral pudieron las pruebas presentadas por el Ministerio Fiscal y la acusación particular. Los peritos policiales desmontaron la tesis del accidente. Pero la falta de un testigo directo de los hechos y el hecho de que la víctima padeció vértigo y que se encontraba en una terraza en obras calzando zapatos de tacón hicieron que el jurado creyera más cierto que el entonces acusado sostuvo a su mujer en el aire para tratar de salvarla que la tesis de que la estaba empujando.
 
La sentencia del TSJ considera inadmisible que el veredicto se fundamente en una explicación 'sorprendente, absurda o irracional por cuanto el ordenamiento jurídico, genéricamente, proscribe y rechaza la arbitrariedad'. Así pues, el tribunal de la Sala de lo Civil y Penal ha considerado, tal como sostuvieron en la vista oral de apelación la acusación particular y el Ministerio Fiscal, que el veredicto del jurado no está suficientemente justificado, que la exposición de motivos –motivación– no es suficiente aun teniendo en cuenta que la ley exige una sucinta explicación.
 
Carlos Verdú, letrado de la acusación particular, manifestó ayer que la familia de la víctima se sentía satisfecha 'porque el TSJ ha restablecido la justicia, lo que esperamos confirme el Tribunal Supremo'.
 
 
El País
24 de octubre de 2001

9/10/01

Panamá: Sossa propone eliminar jurado de conciencia para criminales

Por Crítica

Diario Crítica
Panamá
 
Extractos:

El Procurador General de la Nación, José Antonio Sossa, presentó ante el pleno de la Asamblea Legislativa una propuesta de ley que entre otros aspectos busca mejorar la efectividad de la figura de los jurados de conciencia. Sossa sostuvo que pretende que delitos como el intento de homicidio, el tráfico de drogas y aquellos que son producto del crimen organizado sean excluidos de la lista de casos que pueden ser juzgados por la vía del jurado de conciencia.
 
Manifestó que esta propuesta se hizo luego de que se considerada, mediante análisis y estudios del comportamiento criminal, que estos casos pueden generar una reacción o represalias de parte de las personas que resulten perjudicadas por un fallo condenatorio. "Este temor puede convertirse en una presión hacia los miembros del jurado de conciencia y llevarlos a absolver a la persona que es culpable, por eso la intención de excluirlos de la lista de delitos que pueden fallar", señaló.
 

Sossa propone eliminar jurado de conciencia para criminales
Por Carlos Estrada

Diario Critica - Pananá
9 de octubre de 2001

21/9/01

España: Juristas piden la reforma de la Ley del Jurado tras el polémico veredicto

Por ABC de Sevilla

ABC de Sevilla

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El veredicto de culpabilidad para la acusada del crimen de Mijas (caso Wanninkhof), emitido por un jurado popular sin que en el transcurso del proceso se hayan presentado pruebas «contundentes», como inlcuso reconoció en su informe el propio fiscal, ha reabierto la polémica entre juristas sobre las virtudes y deficiencias de la Ley del jurado vigente en España.

Francisco Baena Bocanegra, especialista de Derecho Penal, explicaba a ABC que, en su opinión y «ateniéndome a las informaciones recibidas por los medios de comunicación sobre el juicio e incluso por las manifestaciones de las partes tras el veredicto, tengo la convicción de que el jurado ha juzgado basándose en pruebas indiciarias o indirectas».

Baena Bocanegra afirmaba que «partiendo de esa hipótesis, hay que mantener una posición cautelar no sólo ante este veredicto sino ante cualquier otro que se base en este tipo de pruebas, por la sencilla razón de que el jurado español es un jurado «puro», o sea, lego en la técnica del derecho y a nadie se le oculta que la prueba indiciaria ha de ser manejada con enorme precaución porque puede llevar a alcanzar conclusiones equivocadas».

Baena Bocanegra mostró asimismo su reserva ante «la justicia del Jurado» y apuntaba que la Ley del Jurado española en su opinión es «deficiente y clama a voces por una reforma urgente», que en su opinión debería incluir la posibilidad de un jurado mixto (formado por legos y expertos en derecho). Este jurista confió en que «esta sentencia será recurrida».

José Joaquín Gallardo, decano del Colegio de Abogados de Sevilla, participa también de la opinión de que «es necesario modificar el texto de la Ley del Jurado y su articulado», pues en su opinión es «oscuro» en muchos puntos importantes.

En el caso del juicio por el Crimen de Mijas, José Joaquín Gallardo considera que «parece que las pruebas han sido indiciarias». En este sentido comentaba que «el único riesgo que no se puede permitir un Estado de Derecho es que un acusado sea condenado sin suficiente prueba de cargo».

Antonio Urdiales, abogado malagueño, manifestó a ABC que el jurado es una institución en crisis por cuanto la complejidad de la técnica procesal penal impide que un grupo de ciudadanos totalmente legos en derecho puedan sopesar con la suficiente garantías para el justiciable figuras tales como la prueba indiciaria, objetiva o circunstancial que en muchos casos es utilizada de forma improcedente para obtener una sentencia condenatoria.

El proceso judicial y las técnicas probatorias son algo excesivamente complejo para quien no está familiarizado con ellas. Para el letrado, el jurado es una institución facilmente manipulable e influenciable.

N. del E.: El caso Wanninkhof configura un enorme fracaso del jurado, habiéndose acreditado que fue condenada una persona inocente sobre la base de ninguna prueba. Es lamentable que este antecedente no haya derivado en la derogación de la ley del jurado. El jurado ha incurrido en el peor error judicial de la historia de la justicia española.

Enlace: Versión On Line

Diario ABC - Sevilla - España
21 de septiembre de 2001

10/9/01

Panamá: Proponen cambios a figura del jurado de conciencia

Por Panamá América

Publicación Panamá América
 
Extractos:
 
Una serie de cambios que buscan mejorar la efectividad de la figura del jurado de conciencia, propuso ante el pleno de la Asamblea Legislativa el Procurador General de la Nación, José Antonio Sossa. El funcionario informó que básicamente se pretende excluir algunos actos delictivos como el intento de homicidio, el homicidio por recompensa, el tráfico de drogas y aquellos que son producto de la delincuencia organizada de la lista de los que pueden ser juzgados por la vía de jurado de conciencia.

Explicó que esta propuesta se hizo tras considerar que los casos que se juzgan por esta vía pueden generar una reacción criminal de parte de las personas juzgadas en contra de los jurados de conciencia. Este temor puede convertirse en una presión hacia los miembros del jurado de conciencia y llevarlos a absolver a la persona enjuiciada, por eso la intención de excluirlos de los delitos que pueden ser juzgados por esta vía.

Según Sossa, este proyecto de ley, presentado ante el pleno de la Asamblea, ha sido consultado con figuras del más alto nivel del órgano judicial y otros organismos relacionados con la administración de justicia, quienes la avalan. Añadió que por medio de las modificaciones propuestas, se pretende ubicar la figura del jurado de conciencia en una perspectiva adecuada, la cual debe servir a los intereses del país en lo que a administración de justicia se refiere.

Por medio de las modificaciones propuestas también se pretenden introducir algunos cambios en el proceso de designación y comportamiento que deben mantener los miembros del jurado de conciencia durante un juicio.
 
 
Panamá América
República de Panamá
10 de septiembre de 2001

4/7/01

Panamá: Magistrada apoya cambios al jurado de conciencia

Por Panamá América

Panamá América - Panamá

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La magistrada presidenta de la Corte Suprema de Justicia, Mirtza Franceschi de Aguilera, se mostró partidaria en introducir reformas a la figura del jurado de conciencia y estimó que éstos sólo deben conocer de los casos de homicidio simple. Franceschi de Aguilera sostuvo que desde el año de 1995 durante la celebración de un congreso de jueces se ejecutó una serie de recomendaciones para una revisión a la figura del jurado de conciencia, pero a la fecha éstas no se han efectuado.

De acuerdo con la magistrada, en esa ocasión hubo un consenso que esa figura debía recibir una serie de cambios para adecuarla a las necesidades actuales. Agregó que algunos sectores se han mostrado partidarios de la eliminación del jurado de conciencia, pero ello requiere de una reforma constitucional.

Reconoció que han surgido críticas contra los jurados de conciencia por algunos fallos. Dijo que en una ocasión el Ministerio Público también presentó una iniciativa en este sentido, pero desconoce el resultado de este documento.

Enlace: Versión On Line

Magistrada apoya cambios al jurado de conciencia
Por Juan Ignacio Blanco
4 de julio de 2001

7/4/01

Panamá: Dificultades para abolir jurados de conciencia por necesidad de una reforma constitucional

Por Crítica
  
Diario Crítica
Panamá

Extractos:

La Magistrada Presidenta de la Corte Suprema, Mirtza Franceschi de Aguilera, señaló que para abolir los jurados de conciencia deben realizarse reformas constitucionales.

Durante las últimas días, la figura del jurado de conciencia ha sido objeto de comentarios diversos a raíz de que cuatro ciudadanos fueron absueltos del crimen del Ingeniero Scott John Barton, homicidio ocurrido el 19 de Octubre de 1995.

Enlace: Versión On Line

Abolir jurados de conciencia requiere más estudio
Florencio Galvez F.

Crítica de Panamá
7 de abril de 2001