21/12/15

Puerto Rico: Acoso de una jurado hacia el fiscal podría afectar el veredicto de un caso criminal

Por Microjuris

Microjuris - Puerto Rico

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Un abogado de defensa solicitó se investigue la deliberación del jurado en un caso de drogas, en que se encontró culpable a dos co-imputados, luego de que se hiciera público que una de los jurados envió notas poco apropiadas al fiscal que atendió el caso.

La jurado #6, cuya identidad se ha mantenido oculta, junto a otros 11 jurados determinó el destino de David Igbinoba y Ewah Godwin. Los hombres fueron encontrados culpables el 20 de junio. Dos días después de que se anunciara el veredicto, la jurado #6 envió una nota en manuscrito al fiscal Robert Johnston, quien representó al Ministerio Público, con su número de teléfono e indicando que deseaba agradecerle en persona el que la escogiera para ser jurado.

“Absolutamente te disfruté a ti y a esta experiencia. Cuando nos dijiste ‘gracias’ luego de que el veredicto fuera leído y nos íbamos, quería decirte ‘de nada’, pero honestamente estaba muy nerviosa y tenía nudos en el estómago”, indicaba un correo electrónico que enviara la jurado el 4 de julio.

Finalmente, el día 7 de julio esta envió otra carta que indicaba: “Acabas de cruzar mi mente, así que pensé decirte hola. Que pases buenas tardes”.

Estas notas fueron incluídas en una petición escrita por uno de los abogados de defensa, quien solicitó que la investigación por aparente parcialidad. El juez Leonard Ricchetti denegó la petición de la defensa, presentada el pasado 1 de diciembre y sentenció a los dos hombres a 10 y 11 años de prisión. Un abogado analista, Edward Prutschi opinó sobre el caso explicó que no hay evidencia de que las comunicaciones ocurrieran durante el juicio, o que la situación hubiera impactado el veredicto del jurado o la decisión de los otros 11 jurados quienes unánimemente llegaron a la decisión. No obstante, este indicó sentir simpatía por los dos convictos, quienes mientras cumplen sus sentencias se preguntarán si el veredicto fue producto de un “encaprichamiento” de la jurado por el fiscal.

Enlace: Versión On Line

“Encaprichamiento” de jurado hacia fiscal, ¿podría afectar veredicto de un caso criminal?
microjuris.com
Puerto Rico
21 de diciembre de 2015

12/12/15

Panamá: Jurados en la mira por corrupción

Por La Prensa

La Prensa - Panamá

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La red de corrupción detectada en noviembre pasado en el Segundo Tribunal Superior también puso en la mira pública a los jurados de conciencia, una figura que para muchos representa la participación democrática del pueblo en la administración de justicia.

Declaraciones rendidas ante la Fiscalía Auxiliar por algunos de los funcionarios del Segundo Tribunal investigados por supuestamente cobrar coimas, para conseguir medidas cautelares, adelantar fechas de audiencia y lograr fallos absolutorios en juicios por homicidios, han dejado al descubierto que tres grupos de jurados, en juicios diferentes, aceptaron dinero para favorecer a imputados por homicidio.

Prueba de ello es el testimonio de Bruno De Gracia Harrison, quien aseguró que el 22 de octubre de 2015 fue requerido para fungir como jurado en un juicio por homicidio. De Gracia contó que un funcionario del Órgano Judicial, quien conducía el bus que los transportaba, le manifestó que uno de los tres sindicados en ese caso “no debía ser condenado”.

También dijo que funcionarios del Órgano Judicial abordaron a los demás jurados de ese proceso para que emitieran un fallo favorable a uno de los sindicados. Contó, asimismo, que se les entregó $150.

Este hecho fue confirmado por otras cinco personas –todos laboran en entidades estatales– que fueron seleccionadas como jurados de conciencia para participar en la misma audiencia.

A todas se les formuló cargos por la presunta comisión del delito de corrupción de funcionarios.

CORRECTIVOS

Con este escenario de por medio, en el Segundo Tribunal de Justicia ya preparan cambios en la manera de operar de los jurados.

Ante la posibilidad de que se anulen los juicios en los que los jurados habrían aceptado sobornos, como lo han sugerido juristas, fuentes judiciales dijeron a este medio que es necesario esperar si las partes involucradas están inconformes con el resultado. Son ellos, dijo la fuente, quienes deben presentar los incidentes de nulidad al respecto.

‘PROCESO VICIADO’

El ex magistrado de la Corte Suprema de Justicia Edgardo Molino Mola es uno de los que sugiere que los casos en los que se han sobornado jurados deben ser revocados. “Todo el proceso fue viciado”, dijo el jurista, por lo que propone que se investigue cada caso en particular, y si se llega a verificar que efectivamente los jurados recibieron “coimas” se debe convocar a una nueva audiencia.

En países como Colombia el juicio por jurados fue abolido en 1990 a través de una sentencia de la Corte Suprema de Justicia.


Jurados, en la mira por corrupción
Por Juan Manuel Díaz

La Prensa - Panamá
13 de diciembre de 2015

5/12/15

España: La defensa de Rosario Porto critica que el jurado la condenó desde el minuto uno

Por Faro de Vigo

Faro de Vigo
Galicia - España

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El jurado consideró probado que ambos administraron Lorazepam a Asunta antes de su muerte, sin embargo, la defensa de Rosario Porto, José Luis Gutiérrez Aranguren, cuestiona en el recurso que acaba de presentar que sea un hecho probado que fuesen ellos los que se lo dieron. También critica, por ejemplo, que en los análisis realizados a la niña para detectar qué consumía previamente pasaron por alto los antihistamínicos, un punto que Aranguren considera fundamental porque se había dicho que la niña tomaba algo para la alergia. El análisis del cabello se centró únicamente en somníferos, no en antihistamínicos.

Sólo son algunos de los detalles que el abogado de la madre de Asunta Basterra, Rosario Porto, condenada a 18 años de prisión junto a su exmarido, Alfonso Basterra, "por asesinato", tiene en cuenta en el recurso que acaba de presentar, en el que pide la absolución, "por falta de pruebas", de su defendida. También expuso, José Luis Gutiérrez Aranguren, muchos otros detalles por los que considera errónea la vista o el proceso llevado a cabo para la exposición de las pruebas al jurado popular. Cuenta, por ejemplo, que el veredicto y la sentencia dan por hecho que Alfonso Basterra fue a Teo junto a Asunta y Rosario Porto la tarde de los hechos, el 21 de septiembre de 2013.

"En ninguna cámara se puede ver con claridad los asientos traseros del vehículo, por lo que no podemos descartar la presencia de Alfonso en él", consta en el acta del veredicto. Y la sentencia apunta: "Don Alfonso también subió a Montouto porque no sólo no hay ningún contraindicio que demuestre que el acusado estuvo en su piso antes de las 20:47 horas, sino también porque las imágenes de las cámaras de grabación no permiten ver si iba algún ocupante en el asiento trasero del Mercedes".

Para el abogado de Rosario Porto esta es una muestra de que los indicios se utilizaron para culpabilizar. Añade que en las cuerdas halladas junto al cadáver no se detectó ninguna muestra que pudiese vincularse a Rosario Porto. Es más, se atreve a decir en el recurso en el que pide su absolución que el jurado la consideró culpable desde el minuto uno, teniendo en cuenta que se había dejado constancia de las prisas en denunciar la desaparición de la niña o la incredulidad inicial mostrada por la madre al enterarse del hallazgo del cuerpo. También sostiene que sería absurdo que la sedaran, con el mismo fármaco que tomaba ella, y que la llevaran igualmente a las actividades escolares, exponiéndose a que se detectase la sedación de la pequeña.

José Luis Gutiérrez Aranguren tilda de "aberración" tanto el veredicto del jurado como la sentencia que ratifica la culpabilidad de ambos progenitores. Ahora será el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia el que tramite el recurso presentado. Para el abogado, todo parte de "una apriorística presunción de culpabilidad". "Rosario Porto resultó condenada en base a especulaciones, suposiciones y conjeturas, y no en indicios susceptibles de ser elevados a la categoría de prueba de cargo con entidad suficiente para destruir el derecho constitucional a la presunción de inocencia", consta en el escrito. Apunta Aranguren que el jurado "primero culpó y después razonó". Se refirió en este punto a los postulados del denominado "realismo jurídico norteamericano: sólo después de haber predeterminado la culpabilidad de los acusados buscó una racionalización jurídica de la misma", incluye en el recurso.


La defensa de Rosario Porto critica que el jurado la condenó desde el primer minuto
Por Selina Otero

Faro de Vigo - Galicia
5 de diciembre de 2015

Neuquén: Una polémica condena para el joven que mató a su ex

Por rionegro.com.ar

rionegro.com.ar

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“Toque bocina, quiero justicia por mi mamá”. La leyenda está inscripta en una pancarta que lleva al cuello un niño de 10 años que no para de llorar, afuera de la sala penal de Antártida Argentina. Es uno de los cuatro hijos de Mónica Huircaleo (33), la mujer que fue asesinada por su ex pareja Pablo Lautaro Ismael González (22) en una toma ubicada detrás de la cancha de Maronese en 2013, tras una discusión.

Ayer, un jurado popular lo declaró culpable del crimen, pero la calificación legal no fue la que esperaban ni el fiscal Rómulo Patti ni la querella, a cargo de Laura Plaza.

Pablo Lautaro Ismael González fue hallado culpable del delito de homicidio culposo. La pena que recibirá es la mínima que oscila entre 2 a 5 años de prisión. Los jurados se inclinaron por los argumentos de la defensa, a cargo de Gustavo Palmieri, de que “no hubo intención de matar”.

5 años de pena máxima podría recibir el condenado de asesinar a Mónica Huircaleo.

Esta es la justicia que tenemos”, se lamentó entre lágrimas Cecilia, la mamá de Mónica, tras escuchar las explicaciones técnicas de los abogados, y agregó: “Nosotros no somos delincuentes, lo que tenemos es el dolor por haber perdido a mi hija, pero no somos delincuentes, sólo queremos justicia”.

El jurado popular deliberó desde las 14, y pasadas las 16:30 arribó a una decisión.

En las instrucciones analizadas por los 12 jurados, estaban contempladas tres alternativas: la de homicidio agravado por el vínculo, que prevé prisión perpetua; la de homicidio simple, cuya pena va desde los 8 a los 25 años; y, por último, la calificación de homicidio culposo, que tiene la pena más leve, que es de 2 a 5 años. Por esta última se inclinó el jurado, con 8 votos contra 4.

Ahora resta que en una nueva audiencia se le fije la condena de prisión a cumplir. “¿Le disparó a la cabeza dos veces y no tuvo intención de matarla?”, se preguntó indignada María, la hermana de la víctima.

Para la abogada por la familia de la víctima, Laura Plaza, el veredicto "revictimizó a Mónica", y destacó que "lamentablemente aún hay un prejuicio con respecto a las clases sociales donde estos hechos suceden, pero que indirectamente interpretan que entre la gente de menos recursos como que estas cosas se buscan".

Y remarcó que "la pregunta que debemos hacernos es con qué derecho un hombre trunca la vida de una mujer de la clase que sea".

Enlace: Versión On Line 1, 2 y 3

Una polémica condena para el joven que mató a su ex
La Otra Voz Digital

Para el jurado, González no quiso matar a su expareja
rionegro.com.ar

El jurado popular declaró culpable a González por el crimen de Mónica Huircaleo
lmneuquén.com

Neuquén
5 de diciembre de 2015