29/4/13

Nicaragua: Jueces demandan asistencia de miembros de jurados

Por Dir. de Prensa y RR.PP. - Juzgados de Managua

Dirección de Prensa y Relaciones Públicas
de los Juzgados de Managua
Nicaragua
 
Extractos
 
Poca asistencia y falta de compromiso ciudadano retrasa realización de juicios e impide acceso a la justicia de victimas y acusados.

Un llamado para asistir a los juicios que se celebran todos los días en los juzgados capitalinos realizaron los jueces penales de distrito de juicio de Managua.

La petición la realizan los judiciales de la capital debido a la escasa participación de los ciudadanos seleccionados para conformar los tribunales de jurados.

“La consecuencia de que no se conforme un tribunal de jurado en el tiempo previsto, es la retardación de justicia para las víctimas y para los acusados”, valoró el doctor Carlos José Silva Pedroza, titular del juzgado Cuarto de Distrito de lo Penal de Juicio de Managua.
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Dr. Carlos José Silva Pedroza, juez Cuarto de Distrito Penal de Juicio de Managua.

Según un reporte de la Oficina de Gestión de Audiencias del Complejo Judicial Central Managua, en el primer trimestre de este año se celebraron 23 juicios con jurados.

En este mismo período únicamente asistieron 1,556 personas de 19,345 que fueron convocadas mediante citación, según datos brindados por la Oficina de Notificaciones de los juzgados capitalinos. La asistencia de los jurados equivale aproximadamente a un ocho por ciento.

Otro judicial que hizo el llamado fue el doctor Tomás Eduardo Cortés, juez Octavo de Distrito Penal de Juicio de Managua, quien reconoció que el Poder Judicial con la construcción del nuevo edifico de justicia ha dado mejores condiciones para la atención de los jurados.

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Dr. Tomás Eduardo Cortés, juez Octavo de Distrito Penal de Juicio de Managua.
“Pese a las mejoras en las condiciones y del pago a tiempo del viático del jurado, existe una falta de motivación o de información de la importancia que significa participar en esta forma de administración de justicia”, afirmó el judicial.

Asimismo señaló que las suspensiones de los juicios por la falta de conformación del tribunal de jurado “pueden provocar, si son consecutivas, hasta el sobreseimiento del acusado, ya que no hay interrupción de los plazos por ausencia del jurado”.
 
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Dra. María Concepción Ugarte, Jueza Onceavo de Distrito Penal de Juicio de Managua

De la misma manera se refirió la doctora María Concepción Ugarte Tiffer, Jueza Onceavo de Distrito Penal de Juicio de Managua, quien afirmó que “tanto jueces titulares de juicios como los suplentes tenemos problemas para la integración de jurados”.

“A pesar de que la mayoría de los juicios se hacen técnicos (con jueces), sí se necesitan jurados ya que es un derecho constitucional que tiene el acusado. La cantidad de personas que asisten como jurado es mínima”, apuntó la doctora Ugarte.

Según la delegación administrativa del Complejo Judicial Central de Managua, los miembros del jurado reciben en concepto de pago de viáticos por juicio la cantidad de C$438.69 córdobas para los que se realizan con el Código Procesal Penal y 200 con el extinto Código de Instrucción Criminal.

La Constitución Política de Nicaragua garantiza en su artículo 34, numeral 3, el derecho “a ser sometido a juicio por jurados en los casos determinados por la ley”.
 
 
Dirección de Prensa y Relaciones Públicas
Juzgados de Managua
Escrito por Edwin Urbina Muñoz
Nicaragua
29 de abril de 2013

17/4/13

EE.UU.: Nadie quiere juzgar a Michael Jackson

Por New York Kaily News

New York Daily News

Extractos:

Los abogados de Katherine Jackson y los hijos del rey del pop, Prince, Paris y Blanket —quienes emprendieron acciones legales contra la promotora de conciertos AEG alegando que la empresa había cometido una serie de negligencias en la contratación y supervisión del médico que trató al artista antes de su muerte— así como los letrados a los que se enfrentan, comenzaron a interrogar a 104 miembros del público presente, durante el día de ayer, en los tribunales de Los Ángeles, una cifra que se redujo a los 87 potenciales miembros que conformarán el jurado.

Según las informaciones publicadas por New York Daily News, entre las posibles personas que tomarán la decisión en el caso se encuentra una mujer que explicó que el karma, y no un jurado civil, decidiría si fue la negligencia médica la culpable de la muerte del artista.

Otra de las personas que conformarán el jurado explicó que en julio se vería obligada a renovar su carné de conducir, algo que podría entorpecer sus funciones como miembro.

A pesar de las pobres excusas de los individuos para intentar evitar participar en el juicio, ninguno de ellos fue excluido del grupo de personas que previsiblemente conformarán el jurado.

Los abogados presentaron más tarde los largos cuestionarios en los que les preguntaban sobre si habían oído hablar de los problemas de la estrella con las drogas —quien murió de una intoxicación por propofol en 2009, por la que acusaron más tarde al doctor Conrad Murray de homicidio involuntario— y sobre el caso de abuso a menores en el que se vio envuelto el cantante en 2005. Toda esta información que recabaron los letrados, les servirá para tomar una decisión.

Enlace: Versión On Line

Publicado por Univisión
17 de abril de 2013

12/4/13

España: El nuevo jurado para el caso costará a las arcas públicas con suaves casi 20.000 euros

Por Más Mundo

Más Mundo

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La repetición del juicio del caso será oneroso para el gobierno. Si finalmente se lleva 20 días, como ayer, se requerirá una compensación mínima de 14.740 euros para los nuevos miembros y dos sustitutos del nuevo jurado. Esta cantidad se añadirá a las dietas, alojamiento y comidas que, por ley, también deben pagar. Teniendo en cuenta los ensayos similares, las dietas podrían ascender a 5.000 euros, por lo que el coste final podría alcanzar los 20.000 euros.

El sorteo fue realizado ayer para seleccionar personas que hagan el jurado en el nuevo juicio del yerno de Tous, Louis Corominas. Estas personas recibirán la citación la semana que viene. Sin embargo, no todos serán. Todos sabemos, desde el año pasado, podría ser elegido para formar parte de un jurado. Y es que cada año que el par hace un empate, con un programa Provincial, para hacer una especie de miembros de la bolsa del jurado para procedimientos que requieren este tipo de corte en los próximos dos años. Los únicos requisitos para estar dentro de la cesta está siendo español y mayor de edad, estar en pleno ejercicio de los derechos políticos, saber leer y escribir, tener domicilio social en la provincia donde se ha cometido el delito y no tiene alguna discapacidad física o mental que impide el desarrollo de esta función.

Ser elegido jurado es una necesidad con pocas pretensiones. Una vez que las personas son elegidas para ser miembro de un jurado popular tendrá un mes para presentar alegaciones. La ley sólo dispone para excepciones al jurado más de 65 años de edad, después de haber formado parte de otro jurado en los últimos cuatro años, ser un juicio debido a desorden tienen familia dependiente miembros, realizó un trabajo de interés general, trabajar en el extranjero, servicio militar, o por otras razones pertinentes como la muerte o enfermedades graves que impiden la presencia en un tribunal.

Al día siguiente, 10 de junio, día en que comienza el juicio del caso, un total de 19 ciudadanos anónimos es suave personaran en la audiencia de Barcelona y se hará la elección final. Acusación y defensa pueden prohibirse por hasta cuatro candidatos para el jurado. Finalmente se puede seleccionar otra vez y dos sustitutos. Todos ellos cobran por día de ensayos 67 euros. Los ocho fueron pagados para ese día rechazadas 33,50 euros.

Almuerzo y dormir

Puede alcanzar el jurado nuevo estuche blando eventualmente costo es difícil de calcular. Depende de muchas variables, incluyendo la cantidad de días finalmente tarda, la distancia que tienen que viajar para llegar a los miembros de la audiencia, almuerzo unos debe permanecer a comer porque debe reanudar en la tarde, o el punto de vista si optas por pasar la noche en un hotel en lugar de regresar a casa. Por ejemplo, con el 2010 juicios por jurado de ex campos de John Valencia, que duró nueve días sobre lo que, en teoría, debe extender el yerno de Tous, costará 30.000 euros (aplica la misma compensación que actualmente en Cataluña). Así, partiendo de este ejemplo, haría no descabellada esa compensación por el jurado de 20.000 euros. La audiencia pagó casi esa misma cantidad en Tarragona un ensayo de menos días en el año 2010.

Para ver los nuevos gastos, deberá agregar el juicio con jurado popular hace dos años. Duró tres semanas, por lo que, al menos, la administración cuesta 11.000 euros.

Puesto que la ley entró en vigor en 1995, el jurado, y hasta el año 2011, los diversos tribunales provinciales en todo el país se emitieron un total de 5.072 juicios en procesos con jurado, 819 de ellos en Cataluña. En casi nueve de cada diez, el acusado fue condenado, que resultó en el 40% de los casos presentados en el Tribunal de apelación de justicia. En el 23% de ellos, de acuerdo.

Enlace: Versión On Line
Más Mundo
12 de abril de 2013

9/4/13

España: La absolución definitiva de Camps y el sinsentido del jurado popular

Por ElSemanalDigital.com

ElSemanalDigital.com
España

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El hecho relevante ocurrió con el veredicto un año atrás, cuando los miembros del jurado, con cinco votos a favor y cuatro en contra, deciden declararles inocentes de un delito continuado de cohecho impropio. Es el mismo reparto de porcentaje de votos que sacó la derecha y la izquierda varios meses antes en las elecciones autonómicas.

No tuvieron en cuenta la confesión de culpabilidad de Víctor Campos y Rafael Betoret ni las pruebas aportadas por la Fiscalía o por la acusación particular. Creo que las fiscales erraron en el planteamiento, en la estrategia y en el estilo. No tienen la práctica y tradición de algunos países anglosajones. Aburrieron a los magistrados, al público y, sobre todo, al jurado. Y perdieron un combate que tenían ganado.

Pero la verdadera desdicha se produce el 23 de diciembre de 1995, fecha de entrada en vigor de la Ley del Jurado, publicada en el BOE ese mismo año, el día 23 de mayo. El legislador no hizo caso de la opinión de muchos abogados, jueces, profesores y juristas en general que le advertían del error de llevar a término el desarrollo legal del artículo 125 de la Constitución española de 1978 que establece que los ciudadanos podrán participar en la Administración de Justicia mediante la institución del Jurado, en la forma y con respecto a aquellos procesos penales que la ley determine.

Si alguien quiere construir un casa, contrata a un arquitecto; cuando alguien necesita levantar un puente, acude a un ingeniero de caminos; si se le estropea un enchufe, a un electricista; si su problema es de salud, se pone en manos de un médico.

Cuando el problema es legal, cuando la decisión que se tome puede hacerle ingresar durante muchos años en un centro penitenciario, somete la cuestión a la opinión de diez personas, honradas y decentes, pero legas en asuntos judiciales. ¿Se imaginan a diez hombres o mujeres honradas y honorables en un quirófano, preparados para operarle de un prolapso de la válvula mitral?

Es un sinsentido, y tiene que ver con la cursilería de la izquierda de "democratizar la sociedad".

Están plenamente vigentes las palabras aquí adaptadas a la judicatura que San Ignacio, aquel divino impaciente, le decía al Monarca:


 No hay bien para los pueblos igual
que este afecto paternal
de un juez prudente y cristiano.
Todo lo demás es vano;
Errar puede la opinión,
Puede ser vana la Ley.
Un hombre y una nación
No aspiran a mejor don
Que un buen padre y un buen Juez.



El Semanal Digital
9 de abril de 2013

8/4/13

España: Irregularidades del jurado en el caso Camps

Por El País

Periódico El País
España

Extractos:

La impresión de la mayoría de los periodistas que cubrieron a diario el juicio contra Francisco Camps y Ricardo Costa fue que terminaría en condena. Entre los que lo veían más difícil se contaban los poquísimos reporteros que siguieron las más de 20 jornadas de vista, algunas de 10 horas, desde el interior la sala. Estar dentro permitía ver al jurado. Y casi desde el principio pareció claro que dos de los nueves ciudadanos que lo componían estaban inclinados hacia las tesis de la defensa del ex-presidente. La ley establece que tres votos son suficientes para bloquear la condena.

Uno de esos dos miembros del jurado, entre muchos otros pequeños gestos, rechazó examinar una de las pruebas documentales presentadas por la fiscalía. El mismo miembro del jurado fue elegido por sus compañeros como portavoz, quedando encargado de redactar las respuestas a los 21 puntos del veredicto.

El final del juicio dejó otras cosas llamativas. En los meses anteriores, Camps había sufrido un progresivo retraimiento que le llevó a borrarse de su propia campaña electoral. El proceso se intensificó con el inicio del juicio.

La tónica se rompió la víspera de que el veredicto fuese leído en el Tribunal Superior valenciano. Aquella noche del 25 de enero de 2012 Camps y su familia asistieron a una cena en la sede del Consejo Jurídico Consultivo (CJC), del que el expresidente forma parte. A la nunca explicada cita en un organismo oficial acudió un círculo muy reducido de sus fieles. Entre ellos, el presidente del CJC, Vicente Garrido, y la delegada del Gobierno en la Comunidad Valenciana, Paula Sánchez de León. Fuentes que vieron la llegada de Camps afirmaron que estaba tan contento que pensaron que ya había sido absuelto.

El jurado aún no había emitido, sin embargo, veredicto y seguía recluido con prohibición de comunicarse con el exterior en el Hotel Inglés, en cuya terraza pudo verse ese mismo 25 de enero, tomando un aperitivo, a un miembro de Nuevas Generaciones que había acompañado a Camps durante todo el juicio. La misma terraza a la que salía esos días el portavoz del jurado cuando quería fumar.


La fiesta anticipada
Por I.Z.

El País
8 de abril de 2013

2/4/13

España: El TSJ de Asturias desautoriza al jurado y deja libre al único acusado por el crimen del Carvi

Por El Comercio.es

Publicación El Comercio.es - España

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La sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) decretó ayer la puesta en libertad inmediata de José Antonio López Llorca, único acusado por el asesinato del dueño de la cervecería Carvi, al entender que el fallo del jurado en el que se le consideraba culpable «vulneró el derecho a la presunción de inocencia», esto es, se emitió sin contar con pruebas suficientes que certificaran la autoría del crimen. El acusado, que llevaba en prisión provisional desde el 24 de junio de 2010, abandonó ayer por la tarde la cárcel de Villabona.

El tribunal debe redactar aún la sentencia absolutoria en la que ahondará en los razonamientos que le han llevado a adoptar esta decisión, si bien al haber acordado la no culpabilidad del detenido ayer se emitió el auto de excarcelación para que éste pudiera abandonar el presidio de forma inmediata. La acusación podrá presentar recurso contra este auto, si bien serían los mismos jueces los que valorarían el escrito. Una vez se publique la sentencia se abrirá la posibilidad de llevar el caso al Tribunal Supremo a través de un recurso de casación. Este proceso se prolongaría como mínimo un año, según estiman fuentes jurídicas.

El TSJA adoptó esta decisión tras estimar en su integridad el primero de los puntos del escrito de apelación presentado por la defensa de López Llorca, ejercida por el letrado Sergio Herrero. Alegaba el abogado que se condenó a su defendido «sin prueba alguna de cargo practicada en el juicio oral», por lo que en su opinión la condena impuesta «carece de toda base razonable». Apuntaba que, de lo practicado durante las vistas que se celebraron en noviembre en presencia del jurado, se extraían cuatro conclusiones. La primera, que el acusado «había mentido en sus declaraciones anteriores», lo que sólo dejaría como válida la versión ofrecida durante el juicio oral. La segunda, que «el acusado no demostró su inocencia» y carecía de coartada, pues estaba en esa zona de Gijón a la hora en la que «es posible» que tuviera lugar el crimen.

Pero recuerda además la defensa que, en la sala, el acusado «se negó a contestar a cualquier pregunta que le hicieran las partes acusadoras y sólo respondió al interrogatorio que le hizo su letrado» y añade que en el mencionado juicio oral «no quedó demostrado que el acusado matara al fallecido».

En el escrito de apelación respaldado ahora por el TSJA se señalaba que «la mera lectura de las supuestas pruebas» que tuvo en cuenta el jurado a la hora de adoptar su decisión y a las que se hacía referencia en la motivación de su veredicto «permite casi sin esfuerzo llegar a concluir la vulneración de la presunción de inocencia padecida por el condenado». Reclamaba por tanto la libre absolución del condenado, al dar por hecho que «no ha existido prueba de cargo en el juicio oral» que respaldara su culpabilidad.

La justicia asume ahora lo que considera un veredicto no ajustado a los derechos que garantiza al imputado la Ley de Enjuiciamiento Criminal y recurre al principio de in dubio pro reo, esto es, decretar la inocencia del ajusticiado si entiende que no se ha probado sin posibilidad de duda su culpabilidad. En base a esta presunción de inocencia, José Antonio López Llorca, que conoció el veredicto del jurado ya entre rejas, abandonó ayer Villabona tras 1.036 días de prisión.

Enlace: Versión On Line

El TSJA desautoriza al jurado y deja libre al único acusado por el crimen del Carvi
Por Iván Villar

Publicación: ELCOMERCIO.ES
2 de abril de 2013