8/12/13

España: El jurado "quema" a los ecologistas

Por Diario de León
 
Diario de León - España
 
Extractos:
 
Primero fue el Fiscal de Medio Ambiente de Asturias, Joaquín de la Riva Llerandi. Después, doce grupos ecologistas de la Cordillera Cantábrica. Todos coincidieron en el año 2012 en solicitar al Ministerio de Justicia que eximiera al Tribunal del Jurado de pronunciarse sobre casos de incendios forestales, convencidos de que un jurado popular no es la mejor opción para juzgar este tipo de delitos.
 
La absolución del celador de la Reserva de Caza de Los Ancares, declarado «no culpable» por un jurado en la Audiencia de León, y las manifestaciones del fiscal del caso, Jacinto Villalvilla, apostando por una reforma legal en la misma línea ha llevado ahora la Plataforma en Defensa de la Cordillera Cantábrica, personada en el juicio a través de Ecologistas en Acción, a recuperar aquella reclamación.
 
La petición de los doce colectivos ecologistas asturianos advertía de que el delito de incendio forestal no cumple el requisito de «escasa complejidad técnica» que exige su enjuiciamiento por parte del Tribunal de Jurado, y sobre todo «a la dificultad técnica se une la dificultad en la valoración de las pruebas».
 
Los ecologistas se apoyaban en la Instrucción sobre la Designación de Fiscales Especialistas en materia de Incendios Forestales de 2005 que declaraba que «se trata de delitos de difícil indagación y sobre los que concurren dificultades probatorias específicas».
 
En los delitos de incendio «no suele contarse con evidencia directa» y «la acusación debe acudir a la prueba indiciaria», señalaba la instrucción a los fiscales. Pero «ocurre que los jurados tienen a considerar no probado que los acusados prendan fuego al monte porque nadie les ve materialmente hacerlo, sin que sea valorado por sus miembros el hecho de que se vea salir al acusado del lugar donde esa el incendio en los momentos posteriores a iniciarse sin que haya nadie más en la zona».
 
«Y es que —argumentaban los ecologistas en su petición al Ministerio para reformar la Ley Orgánica del jurado — valorar una prueba indiciaria no se consigue aplicando únicamente la deducción, sino que supone un pensamiento más complejo en el que se persigue la reconstrucción de un hecho».
 
Precisamente el fiscal Villalvilla entiende que el jurado del caso del celador incurrió en «un error de valoración en las pruebas», pero la Ley de Enjuiciamiento no contempla este supuesto como motivo para recurrir el fallo de un tribunal popular.
 
Los cinco grupos personados en la causa del celador reiteraron ayer que sí recurrirán la absolución porque existen «argumentos jurídicos» para hacerlo y «si el veredicto hubiera sido de culpabilidad por cinco votos a cuatro, la defensa hubiera recurrido». Los ecologistas confían que el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León admita a trámite su recurso.
 
 
Diario de León
Por C. Fidalgo
Ponferrada - España
8 de diciembre de 2013

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