4/12/13

España: Anulan la condena a un acusado de homicidio por la negligencia del jurado

Por Levante

Periódico Levante
El Mercantil Valenciano
España
 
Extractos:
 
EP, Valencia: La sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha ordenado repetir un juicio contra un hombre, cinturón negro de kárate y ex-miembro de las fuerzas especiales del ejército holandés, que fue condenado a cinco años de prisión por una paliza que le propinó a otro y que resultó mortal tras una mala evolución de las lesiones sufridas. La sala considera que el jurado ha incurrido en contradicciones "insalvables" e "incompatibles" en su veredicto, por lo que anula la primera vista.
 
De este modo, el alto tribunal estima el recurso interpuesto por el fiscal, al que se adhirió la acusación particular, contra la sentencia de la Audiencia de Valencia que, en aplicación del veredicto de un jurado popular, condenó al acusado Abrahm Anthony V.B. a cinco años de prisión por un delito de lesiones dolosas en concurso ideal con un delito de homicidio imprudente. Asimismo, le imponía una indemnización de 10.000 euros para cada uno de los dos hermanos de la víctima.
 
El jurado declaró probado que el acusado, el 21 de abril de 2012, en una vivienda de la Avenida de la Plata de Valencia, inició una discusión con la víctima, tras haber ingerido ambos alcohol, en cuyo transcurso, y aprovechándose de su mayor envergadura física, le golpeó con los puños y le provocó diversas lesiones en la cabeza y el cuerpo por las que tuvo que ser ingresado.
 
Según el tribunal popular, sin tratamiento médico, las lesiones hubiesen provocado la muerte de la víctima, algo que sucedió un mes después por la mala evolución de las lesiones que le causaron un proceso séptico.
 
Contra la sentencia interpuso un recurso el ministerio fiscal, al que se unió la acusación particular, quien alegó, entre otros argumentos, que se había incumplido la obligación de devolución del acta al jurado ante la existencia de contradicciones en los hechos declarados probados por el veredicto e incongruencia en el relato de hechos probados del fallo. El fiscal reclamaba entre seis y 12 años y medio de cárcel, según la calificación del delito.
 
La sala considera que, en este caso, se cumplen "todos y cada uno de los requisitos" exigidos legalmente para la admisión del recurso dado que la contradicción denunciada "no solo es real sino que cumple los requisitos exigidos de manera unánime para su estimación".
 
Así, señala que las proposiciones favorables y desfavorables para el acusado podían integrar un delito de asesinato, homicidio en sus diferentes modalidades o lesiones y que se declaran probados hechos relativos a la producción de lesiones con una determinada intencionalidad y a la capacidad y culpabilidad del acusado de haber dado muerte a la víctima y, a la vez, se declararon no probados hechos que incidían en la ausencia de intención para causar la muerte.
 
AFECTAN A HECHOS ESENCIALES
 
Por ello, apunta a que el jurado incurre en contradicciones "insalvables que, desde una perspectiva lógica y afectando a hechos esenciales, resultan claramente incompatibles", de hecho, al mismo tiempo que entendían que el acusado le golpeó violentamente y de forma intencionada hasta causarle las lesiones negaban el ánimo de matar.
 
Para la sala, la eliminación de este ánimo entra "en conflicto" con otros hechos declarados probados e incluso favorables para el acusado por lo que la única alternativa "válidamente admisible" hubiera sido devolver el acta al jurado para que emitiera un nuevo juicio con los defectos subsanados.
 
"Máxime cuando el condenado, cinturón negro de kárate, fue miembro de las fuerzas especiales del ejército holandés, cuando la capacidad de querer y comprender el alcance de sus actos no estaba disminuida y cuando los golpes fueron tan extremadamente violentos que los fuertes traumatismos causados hubieran determinado de forma inexorable su muerte", señala.
 
 
Levante: El mercantil Valenciano
4 de diciembre de 2013

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