27/4/15

Buenos Aires: Indignación en la familia: "No entendemos por qué el jurado absolvió al acusado"

Por Periódico El Oeste

Periódico El Oeste
Publicación de Carlos Casares (Argentina)

Extractos:

En el mes de enero de 2014, en nuestra edición del día 25, publicamos una noticia que por su carácter restrictivo en virtud de involucrar a una menor de edad careció de todo tipo de datos filiatorios de sus protagonistas. Se trató de un hecho de presunta violación denunciado por la madre de la víctima, una menor de 12 años de edad, señalando como autor al hombre que en esos momentos vivía con la denunciante. La niña es hija de un matrimonio anterior.

Hecha la denuncia y aportados los elementos, el juez interviniente entendió que dichos indicios o pruebas ameritaban la detención del acusado, un hombre identificado como Nelson Martín Alsina, oriundo de La Plata, de profesión camionero, que si bien no es casarense hacía varios años que se domiciliaba en esta ciudad. Es así que el mencionado Alsina estuvo detenido desde entonces, un año y más de tres meses, hasta la celebración la semana pasada del juicio por jurado, el segundo de ese tipo que se realiza en el Departamento Judicial de Trenque Lauquen.

Dicho juicio se prolongó por cinco días, se presentaron pruebas, indicios y testimonios, y esencialmente la declaración de la víctima en cámara Gesell que la defensa del acusado desestimó, escuchándose finalmente los alegatos de la parte acusadora y de la defensa. El día viernes, tras dos horas de deliberación, el jurado dio a conocer su veredicto, declarando a Alsina NO CULPABLE. La sentencia dio motivo a distintas manifestaciones de indignación por parte de los familiares de la menor, que no podían dar crédito a que se decrete la inmediata libertad del acusado.

Es de destacar que también por razones legales, a fin de proteger a la menor víctima, no entramos en mayores detalles sobre el juicio en cuestión.

Para la familia de la nena un violador quedó en libertad, y así se lo manifestaron a El Oeste: “Creímos que iba a tener una larga condena que se merecía, no entendemos por qué razón lo dejaron en libertad, para nosotros es una tremenda frustración”.


INDIGNACIÓN EN LA FAMILIA
Quedó en libertad un hombre acusado de la violación de su hijastra de 12 años
Periódico El Oeste.com.ar
Carlos Casares - Pcia. de Buenos Aires - Argentina
27 de abril de 2015

26/4/15

Buenos Aires: Un juez azuleño declaró inconstitucional a la ley de Juicio por Jurados

Por Diario El Tiempo

Diario El Tiempo
Azul - Buenos Aires - Argentina

Extractos:

El Dr. Carlos Pagliere (h) declaró la inconstitucionalidad de esa ley sancionada en septiembre de 2013 en la provincia de Buenos Aires. El actual presidente del Tribunal Oral en lo Criminal número 2 de Azul, lo hizo al rechazar un pedido para que un joven que está acusado de un asesinato y de dos intentos de homicidio, hechos que ocurrieron en septiembre del año pasado en Bolívar, sea sometido a ese sistema de juzgamiento.

En esa declaración, además, ordenó que la causa penal relacionada con esos ilícitos se convierta en materia de un debate con intervención de jueces letrados.

El Dr. Carlos Pagliere (h), actual presidente del Tribunal Oral en lo Criminal número 2 de Azul, fue quien se pronunció a favor de declarar la inconstitucionalidad de la ley 14.543, en el marco de un dictamen formulado días pasados donde, en extenso, fundamentó su decisión y señaló que dicha norma “aparece como violatoria de las constituciones provincial y nacional en muchos de sus principios más importantes”.

Según el enfoque del magistrado azuleño, la ley provincial de Juicio por jurados viola varias cláusulas constitucionales, las cuales enumeró y fundamentó al rechazar el pedido del propio imputado para que su situación procesal se revolviera mediante este sistema de juzgamiento.

El juez sostuvo que entre los artículos de la Constitución Nacional que esta ley vulnera está el primero, “que establece el sistema federal de gobierno, ya que pretende implementar el juicio por jurados con sostén en previsiones de la constitución nacional, a pesar de que la ley colisiona con disposiciones de la constitución de la provincia de Buenos Aires”.

“Los veredictos del jurado son inmotivados, lo cual se riñe con la transparencia y racionalidad que deben exhibir todos los actos de gobierno”, afirmó en ese sentido.

Siempre teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 1° de la Constitución Nacional, indicó que el jurado para un juicio “no es elegido por el pueblo ni tampoco es el pueblo, sino que es una suerte de tiranía del azar”.

Otro de los artículos de la Carta Magna que el juez Pagliere (h) sostiene que viola la ley de Juicio por jurados es el 16, que establece: “Todos sus habitantes son… admisibles en los empleos sin otra condición que la idoneidad”.

El jurado, que carece de toda preparación para cumplir la función de juzgar, carece de la idoneidad exigida para cumplir con la función pública que se le encomienda”.

Asimismo, indicó que este sistema de juzgamiento “viola los pactos internacionales de derechos humanos incorporados a la Constitución Nacional, que consagran el principio del juez imparcial que es afectado por el sistema de juicio por jurados, ya que sus miembros, por falta de conocimientos técnicos, son vulnerables a la influencia mediática y de terceros”.

Y también consideró que la ley de Juicio por jurados infringe el artículo 16 de la CN, que señala: “La Nación Argentina no admite prerrogativas de sangre ni de nacimiento; no hay en ella fueros personales ni títulos de nobleza. Todos sus habitantes son iguales ante la ley”.

“Sin embargo ―afirmó Pagliere hijo― la ley de jurados otorga derechos extraordinarios al imputado en desmedro de los derechos de las víctimas”.

CONSIDERACIONES

El actual titular del Tribunal Oral en lo Criminal número 2, en el dictamen, hizo una serie de consideraciones acerca de esta ley a la que declaró inconstitucional.

“El juicio por jurados es un sistema que las provincias programaron para la justicia nacional, y no para las provinciales, a cuyo respecto se reservaron la potestad legislativa”, afirmó y en ese sentido sostuvo: “La Constitución de la Provincia de Buenos Aires no tiene prevista ninguna cláusula de juicio por jurados. Por el contrario, el art. 160 establece: ‘El Poder Judicial será desempeñado por una Suprema Corte de Justicia, Cámaras de Apelación, jueces y demás tribunales que la ley establezca’, luego de lo cual establece en los arts. 175, 178 y 181 los atributos que deben tener los jueces (que deben ser letrados) y el modo de seleccionarlos. Los jurados no pueden ser jueces, porque carecen de todos esos atributos”.

“Lo expuesto me lleva a concluir que, para poder ingresar al análisis sobre si es o no posible implementar algún día el sistema de juicio por jurados, es absolutamente necesario modificar la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, no siendo suficiente con el mero dictado de una ley de índole procesal”.

“Es inaudito que una ley, desatendiendo los requisitos constitucionales establecidos por la constitución provincial, pretenda establecer un sistema en el que el juzgamiento queda en manos de jurados iletrados, sin práctica alguna en cuestiones jurídicas, sin que necesiten tener determinada cantidad de años de ciudadanía en ejercicio, ni siquiera que deban contar con al menos 25 años de edad y sin que cuenten ‘con solvencia moral, idoneidad y respeto por las instituciones democráticas y los derechos humanos’”.

En otro tramo de su dictamen, afirmó: “Así como durante la Inquisición el acusado no sabía de qué se lo acusaba, el condenado por un jurado no sabe por qué se lo condena. La actuación de un grupo de personas que deciden en forma anónima, no fundada y en deliberación secreta, viola todos los principios de la responsabilidad republicana de los funcionarios (art. 1° de la Constitución Nacional)”.

Un Estado que permite que la persona acusada quede privada de su libertad (incluso de por vida) o la presunta víctima (o sus familiares) privada de justicia, sin explicar a nadie por qué se condena o absuelve, sin dar ningún fundamento de la decisión tomada, no tiene nada de republicano”.

“Una sentencia (condenatoria o absolutoria) infundada no puede ser explicada a las partes y a la sociedad, no puede ser revisada por un órgano judicial superior, no puede ser revertida en caso de ser ilógica o injusta, no permite testear si ha sido dictada por el jurado con responsabilidad o con ligereza y, por ende, constituye un acto arbitrario violatorio de la Constitución Nacional”.

El derecho penal sólo es civilización cuando al imputado, a la víctima o sus familiares y a la sociedad en general se les explica (por escrito o de modo oral) cuáles han sido los razonamientos lógicos a través de los cuales se arribó a la resolución judicial”, sostuvo y, en contraposición, afirmó que “el derecho penal deja de ser derecho, para transformarse en pura barbarie, cuando el juzgador, en vez de fallar dando cuenta de las razones que lo llevan a determinada resolución, simplemente emite su juicio “porque sí”, sobre la base de la huérfana íntima convicción”.

JUZGAR SIN EXPLICAR

Desde antes a que esta ley se sancionara, el juez azuleño se había mostrado como un férreo opositor a este sistema de juzgamiento. Y gran parte de lo que ya señalaba cuando el Juicio por jurados tenía formato de proyecto en el ámbito del Poder Legislativo de la provincia de Buenos Aires, lo reiteró ahora en este dictamen donde declaró la inconstitucionalidad de la norma.

Así, sostuvo que “el jurado lo único que hace es manifestar cómo juzga (culpable o no culpable) pero no explica por qué toma su decisión. Las instrucciones del juez tampoco explican por qué el jurado toma la decisión que toma, por lo que mal podría considerarse que las mismas abastecen el requisito de motivación de las resoluciones judiciales”.

También opinó que “el veredicto inmotivado promueve la violación de DD.HH. La razón principal por la cual actualmente no se tortura, no se aplican apremios, no se aprieta ni se hostiga a los ciudadanos sometidos a proceso penal, es que la prueba obtenida con tales métodos no podría tener validez en un juicio. El juez sabe perfectamente que si valora esa prueba para fundar una condena, la sentencia será revocada inexorablemente”.

“Cosa diferente ocurre con el jurado, que no tiene que explicar por qué condena. Todas las pruebas obtenidas ilegalmente vuelven de pronto a cobrar utilidad. El jurado puede valorarlas sin problema. ¡Qué importa si el juez dice que no se pueden considerar! El jurado no tiene que explicar por qué condena, así que puede valorar lo que quiera sin rendir cuentas”.

“Después de tantos esfuerzos por parte de los gobiernos democráticos para formar fuerzas de seguridad respetuosas de los derechos individuales, con los jurados volvemos a transformar el proceso penal en tierra fértil para que vuelva a germinar la policía de hace treinta y pico de años”, indicó.

Abordando otras cuestiones en las que criticó a este sistema de juzgamiento, propuso imaginar que “al presidente de la Nación se lo designara por sorteo dentro del padrón electoral”. Y se preguntó: “¿Alguien se podría sentir representado? Es evidente que no. Quien no es elegido por nadie, no puede representar a nadie. De hecho, de un sorteo puede surgir cualquier persona. ¿Y si el sorteado fuera perverso, inmoral, incapaz, mentecato? ¿A quién representa?”.

Y calificó como “un argumento poco feliz” a la afirmación que señala que “estadísticamente el jurado habrá de representar al pueblo. Si fuera así, bastaría con un escrutinio de doce personas para elegir al presidente de la Nación. La representatividad debe ser efectiva, y no presunta basándose en un guarismo que, por cierto, es contrario a la ciencia estadística”.

“De hecho, si alguien propusiera designar a través de un sorteo en el padrón electoral al presidente, a los legisladores, a los intendentes o gobernadores, todos diríamos que tiene una concepción demente de la democracia. Sólo nos cabe preguntar: ¿cómo es posible que lo que para el Poder Ejecutivo y Legislativo es demente, se transforme en la quintaesencia de la democracia si se aplica al Poder Judicial?”.

“Queda así expuesta la falacia de los promotores de los juicios por jurado: el jurado no es el pueblo ni ha sido elegido por el pueblo. Son doce personas cualquiera que surgen al azar. Es una suerte de dictadura del azar, porque se echa a la suerte el destino del imputado y la víctima”, sostuvo también.

“Lo expuesto pone en evidencia que el sistema de juicio por jurados es contrario al sistema representativo de gobierno y, por ende, al pretender poner a doce personas sorteadas a la cabeza de uno de los poderes del Estado, vulnera la Constitución Nacional en su artículo primero”, dijo el actual presidente del TOC 2.

Más adelante, a modo de comparación, sostuvo: “Es paradójico que la ley penal castigue el ejercicio ilegal de la medicina por tratarse de una ciencia que debe sustraerse a los legos, y que a la vez coloque a cargo de un jurado lego la tarea de juzgar. No es casual que el recientemente extinto Dr. Julio César Strassera haya definido al juicio por jurados como “curanderismo jurídico”.

“Aunque el código procesal penal de la provincia de Buenos Aires contemple la facultad de los jueces para anular un veredicto del jurado que aparece como manifiestamente contrario a la prueba producida en el proceso, el solo hecho de poner la tarea de juzgar en manos de un jurado inexperto viola de por sí el mandato de idoneidad establecido por el art. 16 de la Constitución Nacional”.

“Mientras que la tendencia debería inclinarse por exigir más conocimientos a los jueces, incorporando herramientas científicas para la valoración de la prueba, la propuesta es la exactamente la inversa: procurar el mayor desconocimiento y la mayor inexperiencia posible a la hora de juzgar (labor que queda en manos de un jurado)”, reflexionó.

“El juicio por jurados es una pésima escuela para la población, porque es la escuela de la ignorancia, la arbitrariedad, la irresponsabilidad y la injusticia. Si lo que se desea es dejar una enseñanza a la población, la mejor de ellas debería ser que el saber es una virtud y quien desee intervenir directamente en la res publica debe estudiar mucho y especializarse”.

También, sostuvo: “El jurado popular no puede garantizar la imparcialidad. En muchos casos, antes de iniciar el juicio en las causas mediáticas o en las ciudades más pequeñas ya tiene una opinión formada sobre el imputado o la víctima. Exigirle imparcialidad es una ingenuidad”.

“Claro que el juez también forma parte de la población y también podrá tener una opinión formada sobre el imputado o la víctima. Pero la diferencia radica en que el juez tiene que fundar su sentencia. Su opinión personal sobre el imputado o la víctima no encuentra ningún lugar dentro de la sentencia, que sólo puede valorar prueba. Su opinión personal siempre queda fuera del proceso de juzgamiento”.

“El jurado, como no fundamenta nada, hace ingresar en el juzgamiento sus prejuicios y preconceptos, que tienen exactamente la misma fuerza convictiva que la prueba producida en el juicio o incluso mucho más. Es imposible determinar si el jurado es o no imparcial, porque para ello es necesario conocer algo imposible de conocer: en qué ha basado su decisión”.

“El juez que tiene un prejuicio en contra del imputado, por más que quiera condenarlo, si no hay prueba suficiente, absuelve. El juez, aunque tenga un preconcepto de la víctima, si hay prueba de cargo, condena al imputado. Su opinión personal, que no tiene correlato en la prueba producida en el juicio, queda siempre al margen”.

“En cambio, el jurado que tiene un prejuicio en contra del imputado, si quiere condenarlo, simplemente lo hace, haya o no prueba de cargo. Y si tiene un preconcepto de la víctima, absolverá al imputado, aunque toda la prueba indique la culpabilidad”, afirmó.

Por estos y otros motivos, concluyó que la ley de Juicio por jurados “aparece como violatoria de al menos seis principios constitucionales fundamentales, lo cual impone declarar su inconstitucionalidad”.

EL DATO

El dictamen completo del juez Carlos Pagliere (h) que declara inconstitucional a la ley de Juicio por jurados puede leerse en la página web de este diario: www.diarioeltiempo.com.ar

INFLUENCIA “PODEROSA”

La influencia que los medios de comunicación pueden ejercer con relación a un ilícito que luego se convierte en materia de un juicio por jurados también fue analizada por el Dr. Carlos Pagliere (h) al declarar la inconstitucionalidad de la norma.

“El jurado juzga siempre tal como se lo dictan los medios de comunicación. La influencia de los diarios y los noticieros sobre la población es tan poderosa, que el jurado no se puede sustraer de ella”, afirmó.

“Los juradistas argumentan que los jueces tampoco son ajenos a los medios. Ello no es verdadero, porque hay una gran diferencia: los jueces saben más que los periodistas”. Y agregó: “La contaminación mediática no afecta por igual a jueces y jurados”.

“El juez sabe mucho más que el periodista en la ciencia de juzgar, y tampoco le lleva el apunte a los medios de comunicación. El jurado, en cambio, sí le lleva el apunte a los medios de comunicación, porque no sabe más que cualquier periodista. El jurado es inexperto y se deja influenciar por inexpertos”.

“Al jurado lo caracteriza su inexperiencia, pues realiza una tarea para la cual no está capacitado ni entrenado. El jurado inexperto, en su natural inseguridad, busca sostén en el único lugar posible: los medios de comunicación. Y no puede imponer su criterio al de los medios, porque carece de recursos para ello: no sabe más que cualquier periodista que ve en la televisión o lee en los diarios”.

“De todo esto se empapa el jurado y juzga adulterado por los medios de comunicación. Y los medios de comunicación no tienen ni deben tener la función de producir prueba, crear convicciones o juzgar”, sostuvo.

Enlace: Versión On Line

Un juez sostiene que el juicio por jurados es “una pésima escuela para la población”
Diario El Tiempo
26 de abril de 2015

Buenos Aires: Un juez de Azul no ve nada de positivo en la ley de juicio por jurados

Por La Nueva

La Nueva
Bahía Blanca
República Argentina

Extractos:

El doctor Carlos Pagliere (h) se sumó al debate local por el nuevo sistema de enjuiciamiento y lo consideró antidemocrático e inconstitucional. Dijo que hace más lenta la Justicia y que además es muy costoso.

En nuestra ciudad, las luces de alarma las encendieron el vicepresidente del Colegio de Magistrados y un fiscal dedicado a homicidios. Los doctores Gustavo Barbieri y Christian Long no cuestionaron el flamante sistema de juicio por jurado pero sí marcaron tendencias que pueden llevar a “revisar” la ley, en especial la cantidad de votos necesarios para lograr un veredicto condenatorio (entre 10 y 12 de 12 integrantes).

La incertidumbre sobre la efectividad del mecanismo recorre nuestro ámbito tribunalicio y otros de la provincia de Buenos Aires, donde en poco más de un mes, cinco de los siete debates de este tipo terminaron con el acusado en libertad (el último terminó el martes pasado y fue condenatorio en La Matanza).

Algunos magistrados van más allá de la mera observación, por caso el doctor Carlos Pagliere (h), integrante del Tribunal en lo Criminal Nº 2 de Azul, quien viene asumiendo una postura extremista en este sentido.

Pagliere no ve nada de positivo en la ley 14.543 y cree que “lo mejor es derogarla, y lo antes posible”. De hecho, el juez, también editor del blog “Argentina sin juicios por jurado”, ya la declaró inconstitucional.

Entrevistado por “La Nueva.”, Pagliere consideró que el Estado no debiera permitir que se condene a un acusado, incluso de por vida, sin decirle por qué. “Como el jurado no fundamenta, nunca sabremos si su veredicto ha sido o no como debía ser”, opinó.

En la misma línea, comparó que si el Congreso sancionara leyes con voto anónimo, deliberación secreta y sin fundamentación, “diríamos que rige un Estado despótico y dictatorial”.

“El juicio penal por jurados es tan insensato como el diagnóstico médico por jurados. Y es antidemocrático, porque el jurado no es elegido por el pueblo. Si alguien propusiera designar a través de un sorteo en el padrón electoral al presidente, a los legisladores, a los intendentes o gobernadores, todos diríamos que tiene una concepción demente de la democracia”, sostuvo Pagliere.

En síntesis, dijo, “es un enorme retroceso para la justicia penal”.

Enlace: Versión On Line

Juicio por jurado: un juez de Azul reclama la derogación de la ley
Por Juan Pablo Gorbal / jgorbal@lanueva.com

La Nueva
Bahía Blanca
Provincia de Buenos Aires
26 de abril de 2015

23/4/15

Buenos Aires: Los jurados están en el banquillo

Por La Nueva

La Nueva
Bahía Blanca - Argentina

Extractos:

La reciente puesta en marcha del sistema de juicios por jurados en la provincia de Buenos Aires, y también en la ciudad de Bahía Blanca, está en el banquillo a partir de las dudas que genera el mecanismo de por sí, señaladas en más de un oportunidad, y también por la particular circunstancia de que, de los primeros seis casos considerados de esta manera, en cinco el acusado resultó declarado “no culpable”.

En distintas localidades fueron absueltas personas acusadas de homicidio, intento de homicidio, robo con armas o abuso sexual ultrajante.

Referentes locales de la Justicia cuestionan además que un fallo absolutorio resuelto por este sistema no admita una apelación, mientras que sí pueda hacerlo un procesado encontrado culpable.

También llamó la atención, en el juicio llevado a cabo en nuestra ciudad, el reducido tiempo de deliberación que ocupó a los 12 miembros del jurado para llegar a una resolución. Treinta minutos fueron suficientes para llegar a un veredicto, lapso considerado escaso si se lo compara con el que utilizan los jueces antes de cualquier determinación.

De acuerdo con algunos analistas, el juicio por jurados “tiene que ver con la crisis de legitimidad de los jueces”, al tiempo de explicar que esta modalidad la instrumentó el pueblo sajón, en Inglaterra, para evitar que un normando lo juzgara.

Después el modelo pasó a Estados Unidos, donde permaneció. Pero en la sociedad moderna, agregan, aparecen divisiones que no quedan representadas en el jurado.

“Al principio va a aparecer como solución, pero después se van a destacar abogados especialistas en generar emociones, que logran convencer al jurado”, indican otros, mientras que los más extremistas aseguran que este modelo es tan insensato como pensar un diagnóstico médico por jurados.

“Un jurado inexperto ―explican estos últimos― está virtualmente ciego y no percibe qué hechos son relevantes. El resultado es devastador e impide al juez que se haga justicia”.

En un país donde, desde hace demasiado tiempo, el sistema judicial está cuestionado, es de esperar que se considere de manera sensata, razonable y seria si realmente esta propuesta viene a traer una respuesta o si se convierte en una modalidad donde ciertas habilidades, determinadas personalidades y ciertas premuras impongan rápidamente la libertad de un Barrabás o la condena de un justo.


Los jurados están en el banquillo
Editorial

La Nueva
23 de abril de 2015

19/4/15

Buenos Aires: Por el momento los juicios por jurado suman más dudas e inquietudes que certezas

Por La Nueva

La Nueva
Bahía Blanca - Argentina

Extractos:

Con la misma intensidad que creció la expectativa en el comienzo del novedoso sistema aumentan las dudas en torno a los juicios por jurado en la provincia de Buenos Aires, con un microclima de incertidumbre que se advierte en los ámbitos tribunalicios, en particular el de Bahía Blanca.

La tendencia que marca que cinco de los seis casos terminaron con el imputado “no culpable” ―entre ellos el primero registrado en nuestra ciudad―, encendió una luz amarilla.

No hay cuestionamientos directos al mecanismo, aunque algunas voces ya se alzaron, al menos para marcar ciertas observaciones a una temática que es extremadamente sensible, porque significa nada menos que pueda quedar un inocente preso, un culpable en libertad o una víctima sin justicia.

El vicepresidente del Colegio de Magistrados local, Gustavo Barbieri, y el fiscal de homicidios Christian Long, fueron los primeros en plantear interrogantes, en diálogo con La Nueva.

“Hay ciertos aspectos de la ley (14.543) que son revisables; creo que es una ley de transición”, sostuvo Long, acusador en el primer debate desarrollado en Estomba 34.

Barbieri, quien a su vez integra la Cámara Penal, advirtió que no aluden a “cuestiones perfectibles, porque sería aceptar que esto está mal. No me animo a decirlo; sí que advertimos un resultado”.

Uno de los aspectos “discutibles” es la cantidad de votos para lograr un veredicto de culpabilidad. Se necesitan 10 sobre 12 jurados para las penas que no son perpetuas y unanimidad en este último caso.

“Así habrá una estrategia permanente de juicio por jurado para delitos de perpetua”, opinó Long.

En Neuquén, donde el sistema opera desde 2014, se necesitan 8 votos para alcanzar culpabilidad en cualquier delito. De 18 juicios por jurado que realizaron en esa provincia, hubo condenas en 16.

“Nadie dice que ese sistema sea mejor; es lo que marca la estadística”, sostuvo Barbieri, para indicar que una alternativa podría ser la de “dos tercios”, como actúan los tribunales en lo Criminal tradicionales.

Long, así como otros fiscales provinciales, también expresó reparos por algunas limitaciones que sufre su ministerio, por caso la imposibilidad de apelar una absolución, hecho que sí puede hacer un procesado si es sancionado.

“Como la última palabra la tiene el pueblo, representado por 12 ciudadanos, el ministerio público no tiene derecho a recurrir”, aclaró el fiscal, al tiempo que el camarista la consideró como “otra elección opinable que ha hecho el legislador provincial”.

A Barbieri también le llamó la atención el corto tiempo de deliberación del jurado bahiense no más de 30 minutos para arribar al veredicto. “A los jueces les lleva mucho más tiempo”, dijo.

“No llama la atención el resultado sino el tiempo que se juntaron a deliberar. Igual hubiera sido si había una condena”, amplió Long.

Los jurados no deben difundir los fundamentos del veredicto y la discusión es secreta. De hecho, no trasciende cuántos votaron a favor y en contra.


Por el momento los juicios por jurado suman más dudas e inquietudes que certezas
Por Juan Pablo Gorbal - jgorbal@lanueva.com

La Nueva - Bahía Blanca - Argentina
19 de abril de 2015

Buenos Aires: Parte del arco judicial bahiense manifestó sus dudas respecto al juicio por jurados

Por La Nueva

La Nueva
Bahía Blanca - Argentina

Extractos:

No hay cuestionamientos directos al mecanismo, aunque algunas voces ya se alzaron, al menos para marcar ciertas observaciones a una temática que es extremadamente sensible, porque significa nada menos que pueda quedar un inocente preso, un culpable en libertad o una víctima sin justicia.

El vicepresidente del Colegio de Magistrados local, Gustavo Barbieri, y el fiscal de homicidios Christian Long, fueron los primeros en plantear interrogantes, en diálogo con La Nueva.

"Hay ciertos aspectos de la ley (14.543) que son revisables; creo que es una ley de transición", le dijo Long a La Nueva.

Por su parte, Barbieri señaló que no alude a "cuestiones perfectibles, porque sería aceptar que esto está mal. No me animo a decirlo; sí que advertimos un resultado".

Ambos apuntaron a la cantidad de votos para conseguir un "culpable", que es de 10 para las penas no perpetuas sobre 12 posibles.

A su vez, tampoco hay conformidad respecto a que las sentencias del jurado no se puedan apelar, ya que la ley así lo indica.

Enlace: Versión On Line

La Nueva - Bahía Blanca
Buenos Aires - Argentina
18 de abril de 2015

16/4/15

Buenos Aires: "No estoy de acuerdo con el juicio por jurados pero nos convenía"

Por De la Bahía Noticias

De la Bahía Noticias
Bahía Blanca - Buenos Aires - Argentina

Extractos:

Lo afirmó el abogado defensor de Jonathan Maximiliano Marín, el doctor Francisco Favrat quien habló en De la Bahía sobre la resolución de su defendido, el cual fue declarado no culpable ayer en nuestra ciudad, en el juicio por jurados.

“Los 12 personas que tenían que resolver el caso, de las cuales desconocemos la votación exacta, resolvieron declarar a Marín no culpable. Al principio del juicio se nos ofreció esta forma de resolver el juicio y la que se realiza común y habitualmente con 3 jueces analizando el caso. Pensamos que personas de la sociedad y no magistrados técnicos entenderían mejor nuestro caso”, fueron las primeras palabras del abogado defensor Favrat en De la Bahía.

“El planteo de la defensa fue que existió legitima defensa. Yo en principio no estoy de acuerdo con esta procedimiento del juicio por jurados, pero en este caso consideramos que nos beneficiaba“, cerró el abogado Favrat.

Por su parte el fiscal general Juan Pablo Fernández también opinó sobre el juicio por jurados que se empezó a dar en nuestra ciudad.

“No debemos confundirnos para qué sirven las herramientas. Los jurados son para cambiar la legitimación, se cambia a una cuestión popular, ya que lo que se decide lo decide el pueblo, representados por estas 12 personas. Aquí no hay mejores o peores decisiones, el jurado decide por su intima convicción, sin explicar las razones, algo que sí hace el juez técnico cuando declara culpable o no a una persona, en base a ciertos preceptos de las pruebas del juicio”.

“El jurado decide de otra forma, sin cuestiones técnicas porque no son técnicos en estas cuestiones de abogacía. El sistema no está hecho para determinar resoluciones mas razonables, no siempre la resolución va de la mano de la razón”, aclaró el fiscal general.

“Hay casos que generan cierta empatía con la sociedad por lo que se prefiere el juicio por jurados”, finalizó Juan Pablo Fernández.


No estoy de acuerdo con el juicio por jurados, pero nos beneficiaba
Por De la Bahía Noticias

Bahía Blanca
16 de abril de 2015

10/4/15

Neuquén: Operativo policial para calmar a varios de los jurados que temían por sus vidas

Por lmneuquén.com.ar
 
La Mañana de Neuquén
Publicación on line: lmneuquen.com.ar
 
Extractos:
 
Miedo e inseguridad, así fue el clima que rodeó al primer jurado que participó de una inspección ocular. Fue en la cuarta audiencia del juicio por el homicidio de Rodrigo Gallardo. Para contrarrestar esta situación, se montó un importante operativo policial para calmar a varios de los jurados que habían manifestado que “temían por sus vidas”.
 
Hasta el propio juez Marcelo Muñoz hizo referencia al ambiente que se vivía: “La medida no va hacerse de noche –como lo había pedido la defensa– porque es una zona insegura”.
 
Estaba planificado que la inspección se hiciera a mitad de mañana y por eso desde temprano había un colectivo afuera de fiscalía para trasladar al jurado. Aunque recién salieron el mediodía, luego de un acuerdo entre las partes (ver aparte).
 
El temor que rondaba entre los jurados obligó a la Justicia a tener que organizar un importante despliegue policial. Dos camionetas de la Dirección de Seguridad siguieron durante todo el trayecto al colectivo que los trasladaba. También participaron móviles de la Comisaría Tercera, de la Brigada de Investigaciones y efectivos de la Despo.

Operativo policial para custodiar al jurado
 
Apenas llegaron a la casa de la familia Gallardo, en la calle Ruca Choroy del barrio Villa Ceferino, la medida se resolvió en pocos minutos. Al testigo clave se le preguntó dónde estaba parado esa madrugada de agosto de 2013 y cuánto medía la madera con la que se cubría. La intención fue determinar si la madera con la que se tapaba le impedía la visión. Luego el jurado se retiró.
 
El juicio continuará el lunes con la declaración de los imputados y los alegatos de las partes.
 
Violencia inusitada
 
La vivienda parece una fortaleza. De la calle no puede verse el frente ya que luego de que “Rodriguito” –como lo llaman sus padres– fue asesinado, optaron por cubrir las rejas con ladrillos para que las balas no entraran a su vivienda. También instalaron cámaras de seguridad.
 
Pero nada de esto parece alcanzar. El padre de la víctima contó ayer: “Hace unos días volvieron a pasar y balearon la casa”. El hombre aseguró que no hubo heridos, ya que el disparo impactó en los ladrillos. La violencia con la que convive la familia está a la vista: en el frente de su vivienda se pueden observar unos 20 impactos de bala.
 
La previa: Sólo diez minutos en el barrio
 
Después de una batalla entre las partes, se decidió hacer la inspección ocular en apenas diez minutos y con una impresionante custodia policial.
 
Una verdadera batalla judicial se vivió en la cuarta audiencia del juicio por el homicidio de Rodrigo Gallardo. Más de cuatro horas estuvieron para definir si se llevaba a cabo la inspección ocular. Entre idas y venidas, se decidió que fuera realizada en sólo diez minutos y en medio de un clima de miedo. De todas maneras, se llevó a cabo sin inconveniente alguno.
 
Las partes discutieron cómo debía desarrollarse, hasta que los defensores, Facundo Trova y Alejandro Bustamente, terminaron pidiendo el apartamiento del juez Marcelo Muñoz, tras argumentar: “Es histórica la postura en contra de las medidas que piden las defensas y esto lo hace desde que era juez de instrucción”, sostuvo la defensa de Matías Jaramillo y Matías Montecino.
 
Por su parte, los querellantes Marcelo Hertzriken Velasco y el fiscal Pablo Vignaroli calificaron la actitud de los defensores de “caprichosa”.
 
Tras un cuarto intermedio, otro juez definió la situación y no hizo lugar al pedido de la defensa.
 
 
Infrecuente operativo para mover a un jurado
Policiales de La Mañana de Neuquén

lmneuquen.com.ar
10 de abril de 2015

6/4/15

Buenos Aires: El juicio por jurados cuesta, cada año, unos 70 millones de pesos extras (el equivalente a un barrio de 100 viviendas)

Por Diario El Día

Diario El Día - La Plata
Buenos Aires - Argentina

Extractos:

Los bonaerenses que sean convocados para integrar un jurado en el marco del nuevo mecanismo de juicios penales instaurado en la Provincia cobrarán una retribución de 730 pesos por cada día que dure el proceso. Además, tendrán cubierto los gastos de una o dos comidas diarias, el transporte desde su casa hasta los tribunales y, eventualmente, el alojamiento.

Los valores para cada ítem fueron establecidos por la Suprema Corte de Justicia bonaerense a través de una resolución que reglamenta el pago de retribuciones y dieta diaria para los ciudadanos de la Provincia que sean convocados a integrar un cuerpo de jurados.

El sistema se puso en marcha a principios de marzo con el proceso iniciado en los Tribunales de San Martín contra un hombre acusado de matar de un disparo a su cuñado y que, finalmente, fue absuelto por los 18 integrantes del jurado.

Luego de esa primera experiencia, habrá dos nuevos procesos que se iniciarán en los tribunales de Bahía Blanca y Trenque Lauquen que se iniciarán, ambos, el próximo 13 de abril, según información del ministerio de Justicia de la Provincia. Para entonces, ya fueron establecidos el monto de la retribución y de los viáticos que se abonarán a los integrantes del cuerpo.

En principio, y en concepto de retribución, los jurados cobrarán el equivalente a dos jus diario. Ese valor fue elevado recientemente a través de una acordada de la Suprema Corte, que lo estableció en 365 pesos. En esa misma resolución, el Tribunal también dispuso que se valor pase a 395 pesos a partir del 1º de agosto de este año. Es decir, que por cada día cobrarán 730 pesos.

VALORES

En otra resolución, la Corte bonaerense estableció los valores de la compensación para alimentos, transporte y viáticos que, se especifica, deberán ser solicitados por los propios jurados y autorizados por el juez.

En cuanto a la comida, se dispone que la compensación será equivalente al 20% del importe vigente del viático fijado por la Corte para los niveles 20 a 23 (de $720) cuando la tarea alcance sólo al almuerzo y del 40 por ciento cuando se trate de almuerzo y cena. Esto es, que se reconocerá $140 para un almuerzo y 280 para almuerzo y cena.

En el caso del alojamiento, que se abonará cuando por las características del proceso los jurados no puedan volver a sus domicilios, el monto establecido es equivalente al 80 por ciento del viático fijado por la Suprema Corte de la Provincia para los niveles 20 a 23, decir $576.

Finalmente, también habrá un reconocimiento económico para cubrir costos de transporte en el caso de que los jurados deban trasladarse una distancia mayor a los diez kilómetros entre su casa y los tribunales donde se realice el proceso. En este caso, se estableció un esquema que establece el pago de 43 pesos por cada 20 kilómetros de distancia que deba recorrer el jurado.

N.E.: Si tenemos en cuenta que el juicio promedio dura unas tres jornadas, durante el cual supongamos que haya que pagarle retribución a los 18 jurados, y se les brinde a todos un servicio de almuerzo, sin pago alguno de viáticos o alojamiento, el gasto extra total por juicio por jurados, en promedio, sería de unos $40.000. En causas complejas los gastos extras de cada juicio ascendería a cientos de miles de pesos. Habiendo 76 tribunales criminales en la Pcia. de Buenos Aires y calculando unos dos juicios por jurado al mes por cada órgano, el gasto extra para los bonaerenses sería, aproximadamente, de $73.000.000 al año (el valor equivalente a un barrio de 100 viviendas).


Los jurados cobrarán $730 más viáticos por cada día de juicio
Publicado en edición impresa

Diario El Día
7 de abril de 2015