22/11/10

Reino Unido: Los juicios con jurado, amenazados por Twitter

Por El Mundo.es

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BBC News - Inglaterra
 
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Lo ha advertido el máximo responsable de la justicia británica. Lord Judge considera que los juicios con jurado están en riesgo a consecuencia de Twitter, ya que la transmisión de información en tiempo real pone en riesgo su imparcialidad. Se calienta el debate sobre la implicación del uso de las redes sociales en un juicio.
"El uso incorrecto de Internet es una amenaza para el sistema judicial, que depende de las pruebas aportadas en la sala de las que el acusado pueda defenderse", aseguró en declaraciones recogidas por la BBC el Lord Chief Justice de Inglaterra y Gales, cargo equivalente al del presidente del Tribunal Supremo en España, ante la Mesa de Estudios Jurídicos de Belfast, Irlanda del Norte.

Enlace: El Mundo.es

El Mundo.es - Madrid
22 de noviembre de 2010

Enlace: BBC News
(en inglés)

BBC News - Londres
19 de noviembre de 2010

5/7/10

España: Juicio al jurado popular

Por laverdad.es

La verdad.es

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¿Es correcto que unos ciudadanos, sin formación jurídica alguna, impartan justicia?

Daniel Peña fue una de las primeras personas en la Región en enfrentarse a un juicio por jurado y, a la vez, el primero en ver como el veredicto popular que había caído sobre él se revocaba. Este veinteañero, residente en Torre Pacheco, fue condenado en 1998 a 17 años de prisión por degollar a un vecino de la localidad para robarle. En febrero de 1999, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) ordenaba repetir el juicio al considerar que el jurado no había razonado los motivos por los que condenaba a Daniel.

El segundo juicio por jurado popular que tuvo que ser repetido se produjo en el año 2.000. El TSJ anuló la sentencia que condenaba a un ciudadano magrebí a ocho años de prisión por un delito de homicidio al considerar que existía una contradicción entre el contenido de una pregunta formulada por la acusación y otra de la defensa y que, pese a ello, ambos hechos fueron declarados probados por unanimidad en el jurado. El tribunal popular declaró probado que el acusado, «aunque no tuviese intención directa de matar, no eludió este resultado en su mente» y, al mismo tiempo, también dio por probado que «la agresión fue sin intención ninguna, ni directa, ni por representación mental, del posible resultado de causar la muerte». Cuestiones difíciles de encajar.

En febrero del pasado año, el Tribunal Supremo echó para atrás otro veredicto popular. El Alto Tribunal obligaba a repetir el juicio en el que un vecino de la localidad alicantina de Monóvar resultó absuelto de un delito de omisión del deber de socorro del que se le había acusado tras dejar abandonado a un anciano accidentado en una jornada de caza en un coto yeclano al disparársele la escopeta.

De nuevo las contradicciones del jurado se convertían en un problema. El Alto Tribunal estimó que era incongruente que el tribunal popular ratificase que existían unas lesiones importantes en un brazo del cazador, con pérdida incluso de masa corporal y que, a la vez, indicase que no existían pruebas de que tales lesiones fueran percibidas por el acusado, José María D. S. En octubre, otro jurado estudiaba de nuevo el caso de este alicantino ofreciendo la solución contraria.

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Juicio al jurado popular
Por Alicia Negre

Publicación "laverdad.es"
5 de julio de 2010

8/6/10

España: El Supremo tilda de absurda e irracional la motivación del jurado que absolvió a Piñeiro Rial

Por farodevigo.es

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El Tribunal Supremo considera que la motivación del Tribunal de Jurado que absolvió en Vigo al autor confeso de las muertes de dos jóvenes gays a puñaladas en julio de 2006 en un piso de la calle Oporto "fue absurda, ilógica e irracional", por lo que ha desestimado el recurso de la defensa del procesado Jacobo Piñeiro Rial. El Alto Tribunal refrenda el fallo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia que anuló el veredicto y ordena celebrar un nuevo juicio como adelantó FARO DE VIGO el sábado.

En febrero del año pasado, Jacobo Piñeiro Rial fue juzgado por un jurado popular, que le absolvió de dos delitos de asesinato, pese a que confesó haber matado a los dos jóvenes homosexuales Julio Anderson Luciano e Isaac Pérez Triviño, aunque le consideró culpable de un delito de incendio, por lo que se le condenó a 20 años de prisión.

El polémico veredicto fue recurrido por las partes ante el TSXG, que ordenó la repetición de la vista, pero la defensa del acusado presentó recurso de casación, ahora desestimado por el Supremo. En su auto, el Tribunal Supremo desestima las razones alegadas por Jacobo Piñeiro, que denunció la vulneración de sus derechos por no considerar adecuada la graduación de pena que inicialmente le fue impuesta por el delito de incendio –20 años de prisión que pedía se redujeran a 10–. Asimismo, alegó que se vulneró su derecho a la presunción de inocencia y el derecho a la tutela judicial efectiva.

Todas las alegaciones fueron desestimadas por el Supremo que concluye que éstas "carecen de fundamento", y señala que el TSXG no ha privado al recurrente de sus derechos de acceso a la jurisdicción y su derecho a defensa, salvo que se entienda que las citadas vulneraciones se deben a que se dictó una resolución "no acorde con sus pretensiones".

Asimismo, dice que "menos aún" se puede hablar de una vulneración del derecho de defensa, porque el TSXG no se pronuncia sobre la inocencia o culpabilidad de Piñeiro, sino que se limita a declarar la nulidad de la sentencia inicial, basada en un veredicto que hasta la Fiscalía calificó de "incomprensible".

El veredicto emitido por el jurado en el juicio de este crimen estuvo rodeado de polémica, habida cuenta de que, pese a que Jacobo Piñeiro confesó haber matado a los dos jóvenes, a los que propinó más 57 puñaladas, fue absuelto de los dos delitos de asesinato. El jurado tuvo en cuenta los atenuantes de "legítima defensa´" y la actuación bajo un "miedo insuperable" que expuso durante su declaración.

El Tribunal Supremo ve "confusión" en la motivación del Jurado. Entre otras importantes contradicciones del Tribunal Popular, resalta que mientras se considera probado que Jacobo Piñeiro temió por su vida al apuñalar a Julio Anderson, también declara probado legítima defensa frente a Isaac, "del que no sólo quería defenderse puesto que cuando Isaac ya se hallaba en su cuarto a puerta cerrada para él no significaba ninguna amenaza". No obstante, Jacobo Piñeiro abrió la puerta, entró y siguió apuñalándole. El auto del Alto Tribunal recuerda que "aunque Isaac estaba ya realmente muerto, él consideró que todavía vivía debido a que su cadáver tenía los ojos abiertos, lo que para él suponía un peligro y por ello siguió agrediéndole". Un argumento que el Supremo declara que no es compatible con su declaración de que al encerrarse en su habitación, Isaac ya no representaba una amenaza.

Jacobo Piñeiro confesó, en el transcurso del juicio, que asestó 57 puñaladas a Julio Anderson e Isaac Pérez Triviño, y que posteriormente abrió la espita del gas del piso y prendió varios focos de fuego. Horas después abandonó el lugar del crimen con una maleta en la que portaba varios objetos personales de las víctimas y se fue a Cangas.
 
 
Publicación: farodevigo.es
8 de junio de 2010

4/2/10

España: El jurado popular retorna al banquillo

Por LaVerdad.es

La Verdad.es

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El secretario general de la Asociación Profesional de la Magistratura (APM), José Antonio Ballestero lo tiene claro. «El juez profesional tiene una defensa ante la contaminación por ideas previas y juicios paralelos: los conocimientos técnicos y el hábito, que lo hacen menos vulnerable» a la presión social. «Hay testimonios y abogados muy convincentes, y la gente se deja llevar a favor de corriente».

Ballesteros cuenta que «en algunos países se traslada al jurado a lugares alejados del objeto a juzgar». Por otro lado, la ley no entiende de repercusiones mediáticas y sólo deja para los jurados populares los delitos «naturales o de facil comprensión». Sin embargo, «a veces las cosas simples se pueden complicar enormemente».

«¿Sabe valorar un jurado una prueba indiciaria o un testimonio de referencia?», se pregunta Ballesteros, rechazando que estas cuestiones técnicas estén al alcance de los jurados. El magistrado enumera también «problemas en la motivación de la sentencia, un derecho fundamental del condenado para evitar arbitrariedad y discreción. Habitualmente basta una mínima motivación y el resto lo tiene que hacer el juez», explica.

El portavoz de la APM considera que «la enorme complejidad de la jurisprudencia sobre el error del hecho», clave en la diferenciación entre defensa propia y legítima defensa putativa —en la que el acusado cree erróneamente estar amenazado—, difícilmente puede ser transmitida a un jurado lego en Derecho.

Ballesteros es magistrado de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el órgano que revisa los recursos contra los veredictos de los jurados. Y está cansado de ver defectos de forma en las sentencias de los juicios con jurado, como la que ha hecho repetirse estos días un juicio en el que se tuvieron en cuenta pruebas de un asunto distinto.

Julio Guerrero, ex juez de Instrucción y actual juez de lo Penal, elude pronunciarse sobre el caso del policía local de Ceutí y se limita a señalar: «Si yo fuera culpable de un delito, preferiría que me juzgara un jurado popular. Y si fuera inocente, que mi caso lo viera un juez profesional». Un argumento recurrente en algunos ámbitos, que apunta a que la posibilidad de que se produzca un error de valoración es mayor en el caso de los legos en Derecho.

El penalista Evaristo Llanos Sola, quien ejercitó la acción particular en el caso de la parricida de Santomera, celebrado por jurado, muestra su desconfianza en esta institución pese a que en el asunto mencionado aceptó totalmente sus tesis. «Los jurados populares no me ofrecen seguridad. Creo que son más manipulables e influenciables, tanto por factores internos, de sus propias creencias y valores, como por elementos externos. Y hay que prestar especial atención a cómo influye en ellos la actuación de los profesionales que intervenienen en el proceso, desde el momento inicial de la selección del jurado hasta la forma en que se formulan las preguntas que van a constituir el objeto del veredicto. Todo ello puede tener gran trascendencia en la decisión final».

Enlace: Versión On Line

El jurado popular retorna al banquillo
A. Pérez y R. Fernández

La Verdad.es - Murcia
4 de febrero de 2010