25/6/13

Río Negro: Piccinini propone un Código Procesal acusatorio y sin jurado

Por rionegro.com.ar

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La reforma al Código Procesal Penal rionegrino hacia un sistema acusatorio está decidida, pero resta una etapa de debate profundo en cuanto a incorporar o no el juicio por jurados y a instrumentar otras modificaciones sustanciales a la cuestionada normativa actual.

Existe un proyecto oficial que está en la Legislatura desde mediados de 2011 y fue impulsado por la gestión del exgobernador Miguel Saiz. Tiene numerosas observaciones y sugerencias surgidas del análisis que hicieron los Colegios de Abogados, el Consejo de Fiscales y Defensores, la Defensoría General, el Observatorio de Derechos Humanos y otras instituciones.

Pero desde el mes pasado la Legislatura también tiene para su evaluación un segundo proyecto, elaborado por la legisladora del FpV Ana Piccinini, que tiene puntos coincidentes con el primero pero remarca diferencias sustanciales: no establece jurados, regula el juicio penal a menores de edad y el juicio inmediato para casos de flagrancia, reconoce la denuncia anónima como punto de inicio de la investigación fiscal e incorpora un procedimiento para aplicar "medidas de seguridad y corrección" cuando el hecho no amerita pena de prisión, multa o inhabilitación, entre otras particularidades. También permite reclamar la indemnización civil por los daños y perjuicios sufridos por el delito en paralelo con la acción penal.

El proyecto de Piccinini prevé un Código de 420 artículos, de corte acusatorio pleno, con fuertes restricciones al uso de la prisión preventiva y amplias facultades a los fiscales y a las víctimas, sean o no querellantes. Al igual que el otro, establece plazos perentorios para obligar a los funcionarios judiciales a acelerar los procesos y duras sanciones ante el retardo de justicia.

Coincide en incluir la creación de la Policía Judicial –dependiente del Ministerio Público y no sujeta a órdenes de la Jefatura de Policía– y reconoce a las ONG dedicadas a la protección de los derechos humanos, colectivos, de género o de menores de edad para intervenir como partes en el proceso penal.

"Existen coincidencias fundamentales y de fondo" entre los dos proyectos, admitió Piccinini en los fundamentos de su presentación, aunque advirtió que "algunos de los institutos planteados por el proyecto que nos antecedió no son parte de nuestros objetivos de reforma", principalmente el juicio por jurados. Coinciden en el estricto rol del juez de Garantías, la oralidad prácticamente plena del proceso, la obligación de los jueces de resolver en forma inmediata tras las audiencias, la posibilidad de que el querellante "privatice" la acción penal y siga el juicio aún sin apoyo fiscal, y en el fomento de la aplicación de los criterios de oportunidad y la mediación penal. También en la eliminación de los juzgados y Tribunales de integración permanente y su reemplazo por un Colegio de Jueces del cual saldrán los designados para intervenir en cada caso.

El proyecto tiene novedosas previsiones y procesos diferenciados para investigaciones complejas o sumamente sencillas, pues "ante la diversidad de formas delictivas hay que implementar sistemas procesales diferentes". "La delincuencia se comporta cada vez más ágil, más rápida, más voraz y atroz. El Código Procesal que contribuye a restaurar el orden social roto por el delito debe ser, entonces, más rápido, ágil, transparente y resolutivo", argumentó Piccinini.
 
 
rionegro.com.ar
25 de junio 2013

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