10/6/08

Australia: Suspenden juicio porque jurados jugaban al Sudoku

Por Diario El Mundo

Diario El Mundo
España
 
Extractos:
 
SYDNEY.- Un juicio de un millón de dólares en Australia por tráfico de drogas fue suspendido hoy después de que se descubriera que varios de los jurados estaban jugando al juego de números Sudoku en vez de escuchar a los testigos.
 
El trabajo de un jurado en todo juicio es mantener silencio, prestar atención y decidir. En Sydney, como en el resto del planeta, no es diferente, aunque las caras de concentración de los miembros durante un juicio adquirieron un cariz acaso sospechoso. Y es que el motivo de su presunto interés no estaba en las declaraciones, sino en los sudokus que algunos de ellos hacían durante las vistas. Los números hablaron: tres meses de juicio que no sirven para nada.
 
El proceso estaba en su día número 66, pero ahora tendrá que ser nombrado un nuevo jurado y comenzar un nuevo juicio, a un costo de un millón de dólares australianos (940.000 dólares estadounidenses).
 
Cuatro de las cinco personas que formaban parte del jurado durante un proceso de drogas fueron descubiertas con el conocido rompecabezas matemático.
 
Un portavoz del jurado reconoció el hecho, aunque fue uno de los abogados de la Defensa el que descubrió esta actitud, asegurando según en palabras que recoge The Times, que "fuimos informados este lunes de que algo estaba pasando con el jurado, por lo que miré y me dí cuenta de que ellos estaban escribiendo en diferentes direcciones y pensé que era obvia que no estaban tomando notas como lo haríamos cualquiera".
 
Entonces alertó al juez, que declaró nulo el juicio.
 
Lejos de sentirse mal por el cerca de millón de dólares que el juicio está costando a los contribuyentes australianos o los tres meses que venía durando, esta anónima persona del jurado aportó una particular explicación, aludiendo a la necesidad de mantener la mente activa: "Algunas de las pruebas apenas se muestran y encuentro difícil mantener mi atención todo el tiempo".
 
Ella descubrió, además, la 'competición' creada entre ellos, al reconocer que fotocopiaban los mismos puzles para hacerlos durante el juicio para compararlos, posteriormente, durante la hora de la comida.
 
Los acusados podrían ser sentenciados de por vida por tráfico de drogas. El proceso, declarado nulo, tendrá una nueva versión en pocas semanas una vez que se convoque a un nuevo jurado.
 
Enlace: Versión On Line 1 y 2
 
Publicación El Mundo y emol.mundo
Sydney - Australia
10 de junio de 2008

20/11/07

España: Diez años de jurado popular... y de críticas

Por Hoy.es

Publicación On Line Hoy.es
España

Extracto:

La "culpa" no es del jurado, sino del sistema que le obliga a pronunciarse sobre aspectos técnicos y jurídicos para los que no están formados. Hasta 70 preguntas tienen que contestar los miembros del jurado para llegar a un veredicto.

Si tuviera que sentarse en un banquillo, ¿quién preferiría que lo juzgara, un juez profesional o un jurado? Algunos juristas a los que se les plantea esta pregunta dan una curiosa respuesta: si fuera culpable, un jurado, es más fácil que me absolviera. «Es más influenciable por un buen abogado», afirman. «Es una caja de sorpresas», apuntan otros. «Nunca sabes qué va a pasar».

Diez años después de ponerse en marcha, el jurado cuenta con más críticos que adeptos entre quienes se dedican profesionalmente a la justicia. Aunque magistrados y fiscales no hagan público su desacuerdo, las críticas en privado son generalizadas.

Otro de los motivos de crítica es que se trata de un procedimiento muy complejo. Los componentes del jurado tienen que decidir no sólo si el acusado es inocente o culpable, como ocurre en los jurados americanos, sino qué agravantes o atenuantes se le pueden aplicar. O, como en el caso del crimen de Jerez de los Caballeros, juzgado hace dos semanas en Badajoz, si se trataba de un homicidio o un asesinato. Cuestiones muy jurídicas que se le escapan a la mayoría de la población, que no tiene por qué conocer el Código Penal.

Incluso el coste económico del jurado es motivo de críticas. A los miembros del jurado hay que pagarles dietas (67 euros diarios), y el alojamiento y la manutención mientras dura el juicio y delibera. En total, unos 170 euros al día por cada miembro del jurado, que son once (nueve titulares y dos suplentes). Hace años se convocó un jurado para juzgar a un cartero que se había quedado con un giro de 45.000 pesetas. El coste del jurado era muy superior. Una sentencia por conformidad evitó hace unos meses que se tuviese que convocar un jurado para juzgar a un conductor portugués que había intentado sobornar a un guardia civil con 50 euros. El coste del jurado que ha visto el caso de Jerez, que duró cuatro días, superará los 6.400 euros.

Enlace: Versión On Line

Hoy.es
20 de noviembre de 200
7

6/8/07

Nicaragua: Suspenden juicio por falta de jurado y amenazas a testigos

Por Canal 2 Televicentro

Canal 2 Televicentro
Nicaragua

Extractos:

El asesinato de un joven de 19 años podría quedar en la impunidad si los testigos deciden por miedo no atestiguar contra los dos acusados del asesinato. Los testigos afirmaron que reciben amenazas de muerte y que no tienen protección. Hoy se suspendió el juicio oral y público porque algunos de los jurados de conciencia citados se ausentaron. El crimen ocurrió hace un mes en el barrio capitalino Selim Shible.


Suspenden juicio por falta de jurado y amenazas a testigos
Por Lucía Pineda

Canal 2 Televicentro - Nicaragua
6 de agosto de 2007

15/12/06

España: Ciudadanos reacios a participar como jurados

Por Sur.es

Sur.es - España

Extractos:

Los ciudadanos son reacios a participar como jurados, no sólo por la responsabilidad que conlleva emitir un veredicto de culpabilidad o inocencia, sino por los trastornos familiares y laborales que puede acarrearles el estar pendientes durante días de esta labor. Un derecho y un deber constitucional que muchos consideran un «engorro», pero que no todos pueden eludir. De hecho, la Ley del Jurado establece una multa que oscila entre los 150 y los 1.500 euros para aquellos candidatos o jurados que no comparezcan en el juicio sin justificación.

Tos crónica, ataques de ansiedad, estrés o problemas de conciencia son algunas de las excusas más originales que estos días han llegado al Juzgado Decano de Málaga a raíz del último sorteo bienal de los futuros candidatos que podrán ser miembros del Tribunal del Jurado en los próximos dos años a partir del mes de enero. De los 2.000 malagueños elegidos estos días de forma aleatoria a partir del censo electoral, casi el 15% han alegado algún impedimento, y de ellos, más de la mitad son personas mayores de 65 años, una de las excusas contempladas en la Ley del Jurado.

De los ciudadanos seleccionados en esta primera criba, 284 presentaron alguna excusa entre el 1 y el 15 de noviembre pasados. De ellas, 112 han sido estimadas, seis rechazadas, y 14 remitidas a otros partidos judiciales de la provincia a los que compete esta decisión. De las reclamaciones estimadas, 64 han sido por ser mayor de 65 años; 31, por incapacidad física o psíquica; seis, por no saber leer ni escribir; cinco, por trastornos familiares graves -por ejemplo, el caso de una mujer que cuidaba a su madre enferma-; tres, por ser abogados y procuradores en ejercicio, y dos, por estar condenados por delito doloso.

El juez decano de Málaga, Manuel Caballero Bonald, asegura que aún quedan 152 expedientes pendientes de resolver. Lo que significa que más de la mitad de las excusas no están claras y que se están investigando para saber «qué hay de cierto en ellas». Es el caso de una persona condenada por robo que no aporta ningún dato sobre su sentencia; una mujer que padece «de los nervios» pero que no lo acredita con un certificado médico, o un transportista que sostiene estar «hasta arriba de trabajo». En años anteriores se han dado algunas excusas aún más curiosas: desde un empleado de la construcción que alegaba ser «muy influenciable», hasta una mujer que «tenía» que estar en casa para dar de comer a sus hijos, ambos mayores de edad.

Curiosidades aparte, lo cierto es que la mayoría de los seleccionados quieren dejar de serlo porque piensan que no están capacitados para juzgar a un semejante.

Enlace: Versión On Line

Nueve de cada diez juicios con jurado que se celebran en Málaga acaban en condena
Por María José Cruzado

Sur.es
Málaga - España
15 de diciembre de 2006

23/9/06

El Salvador: La Policía Nacional Civil sospecha de amenazas a jurados de Parada Grimaldi

Por El Diario de Hoy

El Diario de Hoy
El Salvador
 
Extractos:
 
La Policía investigará si hubo amenazas o sobornos en el proceso contra Margarita Parada Grimaldi, quien fue hallada inocente por un jurado de conciencia de las acusaciones sobre el robo a furgones.
 
La Fiscalía la acusaba de formar parte de una peligrosa banda de robafurgones. Sin embargo, no pudo demostrar al jurado de conciencia su culpabilidad.
 
El testigo principal de la Fiscalía, el hijastro de la imputada, se echó atrás en su decisión de declarar en contra de la sospechosa y no compareció en el juicio.
 
¿Amenazas?
 
Mauricio Sandoval, director de la Policía Nacional Civil (PNC), dijo que se investigarán las circunstancias alrededor del proceso.
 
Lo que se busca es determinar si hubo algún tipo de amenazas u ofrecimiento de dinero a testigos y jurados con el fin de favorecer a Parada Grimaldi.
 
Sandoval lamentó la decisión de tribunal de conciencia pero lo aceptó porque está enmarcado en el estado del derecho.
 
Según las investigaciones, Parada Grimaldi era quien organizaba los atracos a furgones que transportaban mercadería.
 
Para ello contaba con la complicidad de funcionarios en las aduanas, e incluso, con elementos de la Policía.
 
También, que había estructurado una compleja y eficiente red de distribución del producto robado en el mercado negro de la capital.
 
Sandoval indicó que este era un caso especial que deberá ser analizado por las instituciones encargadas de la seguridad pública y de administración de justicia.
 
 
El Diario de Hoy
El Salvador
23 de septiembre de 2006

8/9/06

Córdoba: Un golpe para el juicio por jurado

Por Diario Judicial

Diario Judicial - Argentina

Extractos

La Justicia de Córdoba declaró la inconstitucionalidad de la Ley 9182 que estableció el juicio con jurados populares en esa provincia. Los jueces criticaron la decisión de la legislatura local de instrumentar el sistema. Consideraron que ejerció facultades que le corresponden al Congreso Nacional. El tribunal sostuvo que la norma contradice principios constitucionales.


Jueces intervinientes:
Dr. Eduardo Valdés,
Dr. José Martínez Iraci y
Dr. Roberto Torres

Enlace: Versión On Line

Diario judicial
8 de Septiembre de 2006

4/6/06

Panamá: Jurado confiesa que se sintió intimidada

Por Panamá América

Publicación On Line de Panamá América

Extractos:
 
"EL ACUSADO te ve y los familiares te miran, las lágrimas se me salían. El juez me miraba fuerte, para que me controlara". "Es una sensación horrible, nos intimidan, se siente como una presión por parte de los acusados y los familiares de las víctimas", solloza Vilma, la jurado de conciencia que habló con El Panamá América.

Afirma que la situación llega al punto que los jurados siempre son los mismos. Ya nos conocemos, pertenecemos a las mismas entidades estatales. Ella confiesa que la última vez que la llamaron para que fuera jurado de conciencia, inventó una excusa para no ir.

La experiencia para Vilma no ha sido agradable. "Tienes remordimientos de si tomaste la decisión correcta y temor por lo que pueda pasar después", destaca. "Nosotros no somos quienes para estar acusando a nadie que cometa un pecado", enfatiza.

El jurado de conciencia está regulado por el Título IV del Código Judicial. Todos los panameños (que califiquen para esta figura) pueden ser elegidos para participar como jurados. En caso de no acudir sin una justificación, será sancionado con una multa de 250 balboas.

Vilma llegó a cambiar su veredicto. En un caso de homicidio llegó a la conclusión de que el imputado era inocente, a pesar de que confesó el crimen, porque éste actuó cegado por la ira. No obstante, al ver que los demás jurados votaron culpable, cambió su veredicto.

Narró, además, como en una ocasión una de sus compañeras se negó a comparecer a un juicio y le pidió a las autoridades que la sancionaran. La mujer se negó cuando supo que actuaría en un juicio contra seis narcotraficantes.

Cuando se registran las llamadas del Segundo Tribunal de Justicia para captar jurados, muchos funcionarios que se encuentran en la lista se esconden.

Enlace: Versión On Line
 
Panamá América
Jurado confiesa que se sintió intimidada
Por Grisel Bethancourt
4 de junio de 2006

27/12/04

España: El Constitucional ordena repetir el juicio a Mikel Otegi absuelto de matar a dos "ertzainas"

Por El País

Periódico El País
España

Extractos:

El Tribunal Constitucional (TC) ha confirmado que debe repetirse el juicio a Mikel Mirena Otegi Unanue, absuelto del asesinato de dos ertzainas en 1995 tras haber sido declarado no culpable por un jurado de la Audiencia Provincial de Guipúzcoa.

De esta forma, el TC deniega el recurso de Mikel Otegi contra la decisión del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco y del Tribunal Supremo de ordenar la repetición del juicio con jurado, tras haber sido absuelto en 1997 tras el proceso que se celebró en la Audiencia de Guipúzcoa.

El doble asesinato del que se acusa a Mikel Otegi se produjo el 12 de diciembre de 1995 en Itsasondo. Otegi, entonces militante de la organización juvenil Jarrai, protagonizó un primer altercado con una agente de la policía vasca en un establecimiento público de la localidad, donde insultó y agredió a la ertzaina. Poco después de este incidente, Otegi disparó con una escopeta de caza contra los ertzainas Iñaki Mendiluce y José Luis González. Los dos policías murieron en el acto.

Otegi fue encarcelado y sometido a un juicio con jurado popular en San Sebastián, un juicio que estuvo rodeado de polémica desde el principio. El 6 de marzo de 1997 el tribunal dictó una sentencia absolutoria por considerar que el acusado no era "en absoluto" dueño de sus actos cuando disparó contra los dos agentes. Cinco días después de la absolución fue puesto en libertad.

Posteriormente, el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco anuló el juicio y dictaminó que se repitiera la vista oral ante un nuevo tribunal de jurado, lo que dio lugar a que se presentara el recurso de casación ante el Tribunal Supremo que fue fallado el 12 de marzo de 1998. Sin embargo, para entonces Otegi ya se había dado a la fuga y no fue posible su localización.

El alto tribunal ordenó a la Ertzaintza en los primeros días de julio de 1997 su localización y retirada del pasaporte y del DNI, pero para entonces Mikel Otegi había huido. La Sala de lo Civil y Penal, el 7 de julio de 1997, le declaró prófugo y dictó una orden a Interpol de busca y captura. El 22 de febrero de 2003 fue detenido por la policía francesa cuando se encontraba integrado, presuntamente, en la banda terrorista ETA. Desde entonces se encuentra encarcelado en Francia a la espera de juicio y de ser extraditado a España.


El Constitucional ordena repetir el juicio a Mikel Otegi, absuelto de matar a dos "ertzainas"
Madrid

El País
27 de diciembre de 2004

8/10/04

Nicaragua: Críticas unánimes a jurado de Jerez

Por La Prensa

Diario La Prensa - Nicaragua

Extractos:

Miembros del Poder Judicial, la Fiscalía y la Procuraduría reaccionaron en contra de la decisión de un jurado de conciencia que declaró inocente al ex director de Ingresos, Byron Jerez Solís, en el juicio de “los camionetazos”.

La presidenta de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), Yadira Centeno, comentó que si el jurado de conciencia hubiese estado bajo el nuevo sistema de justicia dominado por el Código Procesal Penal, los resultados habrían sido otros.

“Si estuviera en este nuevo sistema, otra cosa hubiera sido, porque así hay más transparencia”, dijo Centeno.

“El jurado no es parte del Poder Judicial, éste es un jurado de conciencia que nosotros nada tenemos que ver, el Sistema Judicial le había puesto el auto de prisión y el jurado de conciencia le ha dado la absolución (a Jerez)”, dijo la magistrada.

PROCURADOR MOLESTO

“Pena”, dijo sentir el procurador Alberto Novoa ante el veredicto del jurado. Argumentó que las pruebas estaban claras y el delito era evidente.

“Pero nada de eso vieron esos señores del jurado. Las pruebas eran materiales, había documentos, estaban los vehículos, pero no sé qué elementos habrán considerado esos jurados para decir que esos reos eran inocentes”, se quejó Novoa.

“Las camionetas fueron sacadas del almacén, puestas a nombre de terceras personas, no regresaron al Estado... Estos señores burlaron las formativas de Aduanas, sacaron las camionetas sin impuestos, todo un negocio que no observó el jurado. Me da pena por el jurado, me da mucha pena por el sistema judicial”, dijo Novoa, para quien ya no hay nada que hacer al respecto.

JURADOS DUERMEN

El magistrado Marvin Aguilar criticó que las sesiones de jurado prácticamente son sesiones de lectura tediosas, horrorosas y cansadas, donde los miembros del jurado no conocen las pruebas porque no han tenido en su presencia a los testigos, a la víctima, los estados de contabilidad ni las auditorías.

“Comienzan leyendo bien, unos terminan dormidos, otros terminan medio dormidos y, al final de las sesiones, lo que hay es una sesión de agotamiento físico y mental”, dijo Aguilar, en alusión a los miembros del jurado del caso de Jerez.

Aguilar señaló que los veredictos de jurado no admiten recursos, por lo tanto la decisión del jurado no puede ser apelada. No obstante, la fiscal adjunto María Lourdes Bolaños afirmó que estudiarán qué recursos legales pueden utilizarse.

Bolaños descartó la posibilidad de devolver los vehículos que Jerez pretende que le sean devueltos, porque no estaban a su nombre, sino de terceras personas que negaron ser sus propietarios.


Enlace: Versión On Line

Críticas unánimes a jurado de Jerez
Por Mirna Velásquez Sevilla y José Adán Silva

Diario La Prensa
8 de octubre de 2004

1/7/04

Buenos Aires: Rechazan juzgamiento de juicio por jurados

Por Diario Judicial

Publicación Diario Judicial
Argentina

Extractos:

El Tribunal de Casación Penal bonaerense rechazó la petición de un imputado que pretendía ser juzgado por el sistema de juicio por jurados al declarar inadmisible el recurso interpuesto a tal fin en donde, además se había recusado a los integrantes de un Tribunal Oral en lo Criminal.

En relación a la petición de juicio por jurados sostuvo que una decisión que hiciese lugar a esa petición resultaría “violatoria de las garantías constitucionales de defensa en juicio, igualdad y debido proceso”.


Enlace: Versión On Line

Diario Judicial
1 de Julio de 2004

10/8/03

Nicaragua: Desaparecer los jurados

Por La Prensa

Logo del diario La Prensa de Nicaragua

Extractos:

La jurista María Asunción Moreno, directora general de Postgrados y Maestrías de la Facultad de Ciencias Jurídicas de la Universidad Centroamericana (UCA), es del criterio que la figura del jurado debe desaparecer

Moreno se declara abiertamente anti-jurado bajo el argumento de que es una institución “viciada, sensible y fácilmente manipulable”.

“No comparto la participación del ciudadano en la administración de justicia, porque cuando se juzga a una persona, todo penalista sabe que lo hace en base a la ley y ciertas reglas que establece el procedimiento, y esto no lo conoce el jurado. ¿Cómo valorar una prueba?, (el jurado) no sabe cómo hacerlo”, expresó Moreno.

La catedrática critica fuertemente el hecho de que la ley le exige al abogado (acusador y defensor), tomar en cuenta normas técnicas y requisitos legales “para armar un procedimiento”; mientras que al jurado le dicen que se olvide de todo ese trabajo legal y de lo que dice la ley, y dejan que los miembros del jurado decidan conforme “a su conciencia”.

“La conciencia, por los resultados que tenemos, ya sabemos que es bastante manipulable y sensible, de tal forma que (el jurado de conciencia) rompe con el esquema de la legalidad”, opina.

Para Moreno, la figura del jurado de conciencia es una de las instituciones “que contribuyen a que la imagen de la justicia no sea tan buena”.

Para Moreno este sistema es tan vulnerable que con el Código de Instrucción Criminal (In), recuerda que un vecino suyo fue electo miembro de jurado tres veces en una misma semana, lo que la hace dudar de la efectividad de la elección de los jurados.

“Yo le llamaba el jurado profesional. ¿Cómo salía (electo)?, no sé. Tenía mucha suerte o el sistema estaba malo. Se ganó 100 pesitos en cada uno”, expresó.


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Desaparecer los jurados
Por Ary Neil Pantoja

Diario La Prensa de Nicaragua
10 de agosto de 2003

Nicaragua: Jurados enfrentan problema cultural

Por La Prensa
 
Logo del diario La Prensa de Nicaragua
 
Extractos:

Los abanderados del sistema de jurados recuerdan que, con la entrada en vigencia del Código de Procedimiento Penal (CPP), la figura del jurado cobra mayor relevancia. Así, la Fiscal General Adjunta, María Lourdes Bolaños, reconoció que existen debilidades de carácter cultural en este sistema.
 
El hecho de que varios miembros del jurado se acerquen a felicitar a un acusado cuando han dictado un veredicto de inocencia a su favor, para Bolaños no es más que un problema cultural.
 
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La Prensa de Nicaragua
Jurados enfrentan problema cultural
Por Ary Neil Pantoja
10 de agosto de 2003

22/2/03

España: Un proceso marcado por el miedo del jurado popular

Por El Mundo

El Mundo.es
 
Extractos:
 
SAN SEBASTIÁN.- Mikel Otegi Unanue ―acusado de matar a dos ertzainas en Itsasondo― fue puesto en libertad el seis de marzo de 1997 después de que un jurado popular lo absolviera de los delitos de asesinato que se le imputaban, al considerar que el joven no era «en absoluto» dueño de sus actos cuando disparó contra los agentes. Meses más tarde, huyó cuando el Supremo anuló este juicio y ordenó su repetición.

Otegi, miembro de la Gazte Asanblada, un grupo dependiente de Jarrai, había acudido la noche anterior a los hechos juzgados a un concierto organizado por ellos. Por la mañana, mantuvo una discusión con un ertzaina de paisano en el bar al que había ido a desayunar y, poco después de llegar a su casa, se presentó allí un coche con dos miembros de la Policía Autónoma. Creyendo que iban a detenerle, cogió una escopeta y disparó contra ellos.

En su día, el dirigente abertzale Karmelo Landa respaldó al joven radical y enmarcó los hechos dentro del «clima de tensión que se vive en Euskal Herria».

El jurado emitió su veredicto, según el cual «Mikel Otegi Unanue ha sido declarado no culpable de los delitos de asesinato en concurso con atentado por no ser en absoluto dueño de sus actos en el momento de cometer los hechos».

El veredicto fue dado a conocer por una agente judicial, ya que los miembros del tribunal pidieron que la lectura del mismo se hiciera a puerta cerrada, sin la presencia de los familiares de ninguna de las dos partes. También pidió que se destruyeran todas las actas y documentos donde figuraran sus nombres.

Es más, los jurados solicitaron que en la sala ni siquiera hubiera agentes de la policía autónoma vasca. De esta forma, comunicaron su veredicto únicamente ante la presencia del juez, José Luis Barragán, el fiscal, los letrados de la acusación y la defensa, y Otegi.

Jurado secreto
Los abogados y el fiscal ni siquiera facilitaron los datos sobre la votación del jurado, si bien la ley establece que para absolver al inculpado tiene que haber como mínimo cinco de los nueve votos emitidos. La acusación y el Ministerio Fiscal podrán recurrir ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

Una nota hecha pública por la consejería de Interior del Gobierno vasco desvela que fueron cinco los miembros del tribunal popular que votaron a favor de la absolución y cuatro, los que se opusieron.
El abogado de la acusación particular, José Ricardo Palacios, y el fiscal, Luis Navajas ―visiblemente afectado― no quisieron hacer ningún tipo de declaración tras conocer la decisión del tribunal popular, compuesto por ocho mujeres y un hombre. Tampoco el letrado de la defensa, Miguel Castells, hizo ninguna manifestación, salvo ratificar, a las puertas de Martutene, la libertad de su defendido.

Precisamente, el carácter político que desde algunos sectores se ha querido dar a este juicio y el posible miedo de los jurados ha rodeado esta vista oral. Y es que Mikel Otegi ha sido vinculado al mundo de la izquierda abertzale, por lo que el alto número de excusas presentado por los candidatos a formar el tribunal popular de este caso ―19 de las 36 personas elegidas por sorteo en un principio presentaron alegaciones― ha sido interpretado como una señal de miedo, que ha llegado a poner en entredicho la propia Ley del Jurado por ciertos sectores de la judicatura y la abogacía.

Mikel Otegi Unanue, de 24 años de edad, estaba acusado de matar de sendos disparos de escopeta a los ertzainas Iñaki Mendiluze Etxeberri, de 26 años, y José Luis González Villanueva, de 34, el 10 de diciembre de 1995 en el caserío familiar Oteizabal. El Ministerio Fiscal imputaba a Mikel Otegi dos delitos de «asesinato» y uno de «atentado contra agentes de la autoridad», por los que en sus conclusiones definitivas solicitaba 55 años de prisión para el joven, teniendo en cuenta que en el momento de apretar el gatillo tenía su responsabilidad entre «ligera» y «medianamente» atenuada.

Libre absolución
El abogado defensor, Miguel Castells, insistió en todo momento en que Mikel Otegi no tenía control sobre sus actos cuando disparó contra los ertzainas y pidió la libre absolución para su representado.
Cuando Otegi y sus familiares salieron de la penitenciaría rumbo al caserío Oteizabal, pudieron oirse gritos de «hijos de puta» y «asesinos», provenientes tanto del interior de la prisión de Martutene como de algunos de los coches que formaban la comitiva de acompañamiento del joven.
 
 
El Mundo
San Sebastián - España
22 de febrero de 2003

3/2/02

España: Un jurado demasiado popular

Por El Mundo

Diario El Mundo

Extractos:

«Yo creo que deberían poner en el jurado a personas más preparadas. Es mucha presión para alguien que no tiene nada que ver con la Justicia. Debía ser algo vocacional. Cualquiera no puede asumir la responsabilidad de mandar o no a alguien a la cárcel». Estas palabras fueron pronunciadas tres días después de conocerse la sentencia por uno de los nueve miembros del jurado popular que culpó a Dolores Vázquez del asesinato de la joven malagueña Rocío Wanninkhof el 9 de octubre de 1999.

Siete de ellos consideraron que la mujer perpetró el crimen. Dos que era inocente. Éste es el porcentaje mímino que exige la Ley del Jurado de 1996 para condenar a un reo. Debido a este veredicto, en septiembre pasado Dolores fue sentenciada por un magistrado de la Audiencia de Málaga a pasar los siguientes 15 años de su vida en la cárcel. Incluso el juez elogió la actuación del jurado y les felicitó por haber sido «muy profesionales».

Este viernes, sin embargo, la sala de lo Civil y lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía anuló esta sentencia y ordenó la repetición del juicio tras considerar el recurso de apelación presentado por la defensa de Dolores. Su abogado, Pedro Apalategui, había argumentado «la falta de motivación» en el veredicto del jurado al considerar que sus miembros «no concretaron suficientemente los motivos por los que se estimaba la culpabilidad de la acusada, vulnerando así su presunción de inocencia».

La resolución se veía venir después de que el mejor grupo criminal de la Guardia Civil fuese incapaz de encontrar una sola prueba fehaciente de que Dolores Vázquez acabara con la vida de Rocío: no había huellas ni restos orgánicos de la acusada en el cadáver de la joven, tampoco testigos, ni siquiera un móvil claro. Eso sí, bastaron 30 pruebas indiciarias para condenarla: un laberinto de contradiciones, mentiras y coartadas mal construidas, una foto de la víctima apuñalada por la sospechosa en un momento de ira, una relación pasional de Dolores con la madre de la fallecida a la que ésta se opuso... Aún así, entre los fundamentos de Derecho de aquella sentencia el magistrado que interpretó el veredicto del jurado, Fernando González Zubieta, destacó que Dolores «acometió a la víctima aprovechando el factor sorpresa y la indefensión en que estaba». Tras enumerar todo el «repertorio probatorio» el magistrado concluía en su fallo que «los demás elementos, según las normas de la sana crítica, han permitido deducir al jurado la autoría final de la acusada».

¿En qué quedamos?


No es la primera vez que ocurre algo parecido. Y bien por esta situación, bien por sentencias absolutorias en sucesos de especial sensibilidad pública nadie ha olvidado todavía la absolución de un etarra acusado de matar a dos ertzainas hace unos años , el caso es que la viabilidad del jurado popular en España está todavía muy cuestionada.

En nuestro país, por ley, este tipo de jurado es el encargado de administrar justicia en los casos de homicidio. El proceso de selección está lleno de obstáculos. Constitucionalmente, cualquier español mayor de edad en plenitud de sus facultades mentales y físicas y que no sea miembro de la Familia Real, del Gobierno de la nación, del Parlamento, de las Fuerzas de Orden Público o pertenezca a la carrera judicial, está obligado a acudir a la cita marcada por puro azar para formar parte de un jurado popular. En caso de no acudir se expone a una multa de hasta 1.500 euros.

Para el juicio de Rocío Wanninkhof fueron convocadas 35 personas. Aunque se supone que los candidatos llegaron «sin contaminar» por lo publicado en los medios de comunicación sobre el caso, la mayoría sabía bastante más de lo deseable. Las estadísticas dicen que, en el interrogatorio previo para descartar a los no idóneos, la cuarta parte de los citados miente a propósito con el fin de quedar fuera de la selección. En el caso de Rocío ocho candidatos fueron rechazados por homófobos. Otro alegó que fumaba marihuana. El hijo de un guardia civil fue rechazado por la defensa y un hombre de 50 años con una personalidad muy fuerte no fue aceptado por el fiscal «porque los jurados son muy influenciables y podría haberlos convencido de lo que quisiera». Al final, entre alegaciones y descartes, el grupo se redujo a la mitad.

El último acto fue el sorteo por el que se nombraron los nueve titulares y dos suplentes que percibieron 9.300 pesetas diarias por administrar justicia. Durante las sesiones de la vista oral, permanecieron recluidos en un hotel las últimas noches sin poder telefonear, ver la televisión, leer periódicos, recibir visitas... Después de dictar su veredicto, la mayoría volvió a su vida normal aunque muchos reconocieron posteriormente que fue una experiencia muy dura y que por nada del mundo volverían a repetirla. Ahora la historia se repite mientras en medios judiciales se plantean cómo va a ser posible encontrar a otras nueve personas que estén dispuestas a juzgar, bajo una presión mediática sin precedentes y sin «estar contaminados» por todo lo dicho, a esta eterna sospechosa.

N.E.: Años más tarde se demostró que Dolores Váquez era inocente del crimen por el que fue condenada. No puede haber una demostración más cabal de que el juicio por jurados es el sistema de juzgamiento más oscurantista jamás concebido, ya que se pone el destino del imputado y las víctimas (o sus familiares) en manos de personas no capacitadas para juzgar. En este caso el jurado declaró culpable una inocente. A otros muchos inocentes les espera la misma suerte.
 
 
Diario El Mundo - España
3 de febrero de 2002

1/2/02

España: La justicia anula el proceso que condenó a la acusada por el "caso Wanninkhof"

Por El País

Periódico El País
España

Extractos:

La Sala de lo Civil y lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha anulado la sentencia de la Audiencia de Málaga que condenó a 15 años de prisión a Dolores Vázquez por la muerte de la joven de Mijas (Málaga) Rocío Wanninkhof y ha ordenado repetir el juicio con otro tribunal popular.

La sentencia que resuelve el recurso de apelación presentado por el abogado de Vázquez, fundamenta la decisión en que el veredicto del tribunal popular no motivó suficientemente sobre qué pruebas llegó a la conclusión que la acusada mató a Rocío, al tiempo que reprocha al magistrado que presidió el juicio que no devolviera el acta del veredicto al jurado que lo dictó.

La resolución del TSJA acepta así una de las peticiones de la defensa de Dolores Vázquez en el recurso de apelación, cuya vista se celebró el martes, que solicitaba la celebración de un nuevo juicio al considerar el quebrantamiento de las garantías procesales por falta de motivación, tanto del veredicto como de la sentencia.

Una sentencia sin fundamentos

La sentencia del TSJA basa su decisión en que el jurado popular "no especificó" sobre qué elementos "de las amplísimas declaraciones de la acusada y los testigos o de los informes periciales sirvieron para formar su convicción" de que Vázquez era culpable.

El TSJA subraya que está "absolutamente prohibido por la ley" que "el jurado exprese una motivación sin contenido o con contenido aparente, o meramente tautológica, que es lo que precisamente han realizado en el caso", puesto que es "imposible" determinar sobre qué pruebas se basó el tribunal para emitir el veredicto.

El fallo, del que ha sido ponente el magistrado Jerónimo Garvín, abunda en la falta de fundamentación y señala que, "en modo alguno, puede reputarse suficiente la motivación del veredicto, insuficiencia que implica una clara indefensión de la acusada", por lo que estima esa parte del recurso planteada por la defensa, que también solicitó la absolución de su representada al considerar que se vulneró su presunción de inocencia.

La sentencia del TSJA alude al presidente de la sala de la Audiencia de Málaga donde se celebró el juicio, Fernando González Zubieta, para reprocharle que no devolviera el acta del veredicto popular por su insuficiente motivación.


La justicia anula el proceso que condenó a la acusada por el "caso Wanninkhof"
El País
Granada - España
1 de febrero de 2002

24/10/01

España: El TSJ declara nulo el juicio del crimen del séptimo piso. La Sala entiende que el veredicto del jurado fue arbitrario

Por El País

Diario El País - España
 
Extractos:
 
El Tribunal de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) considera que el juicio por el crimen del séptimo piso es nulo por entender que la motivación del veredicto del jurado es insuficiente y arbitraria. Por tanto, la causa vuelve a la Audiencia para que se proceda a la celebración de un nuevo juicio oral, previa constitución de otro jurado. Contra la sentencia cabe recurso ante el Tribunal Supremo. Entre tanto, José Francisco Llop, declarado inocente, mantiene su situación de libertad.
 
El 26 de junio pasado la magistrada juez Isabel Sifre Solares dictó sentencia de absolución, por imperativo legal tras el veredicto absolutorio emitido por el jurado. En su argumentación dejaba claro que detectaba incongruencias en la argumentación del jurado en cuanto al valor dado a determinadas pruebas y las conclusiones a las que había llegado valorando otras.
 
La sentencia de la magistrada fue recurrida por la acusación particular, ejercida por el letrado Carlos Verdú, y por la fiscal, Margarita Gomá, ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) por entender que el veredicto carecía de motivación.
 
Ahora, la Sala de lo Civil y Penal del TSJ ha admitido el recurso de apelación y declara nulo el juicio en el que José Francisco Llop fue declarado inocente de la muerte de su esposa, Josefa Puchadas, que falleció al caer de un séptimo piso en construcción el 19 de octubre de 1999 cuando se encontraba en la vivienda con su marido, un día antes de acudir a una entrevista con un abogado para iniciar los trámites de separación.
 
Más de 60 testigos dieron su versión de los hechos ante el jurado. En el caso no hay nadie que diga de forma directa y contundente que José Francisco Llop lanzó a su mujer desde el séptimo piso. Sin embargo, sí hay testigos del instante en el que ella está colgada en el vacío, antes de caer, de la actitud del marido cuando bajó a la calle, de la relación que mantenía el matrimonio –sobre la que amigas y familiares de la víctima dieron detalles del miedo y abandono afectivo en el que ella decía vivir–, y del perfil psicológico del entonces acusado.
 
En la vista oral pudieron las pruebas presentadas por el Ministerio Fiscal y la acusación particular. Los peritos policiales desmontaron la tesis del accidente. Pero la falta de un testigo directo de los hechos y el hecho de que la víctima padeció vértigo y que se encontraba en una terraza en obras calzando zapatos de tacón hicieron que el jurado creyera más cierto que el entonces acusado sostuvo a su mujer en el aire para tratar de salvarla que la tesis de que la estaba empujando.
 
La sentencia del TSJ considera inadmisible que el veredicto se fundamente en una explicación 'sorprendente, absurda o irracional por cuanto el ordenamiento jurídico, genéricamente, proscribe y rechaza la arbitrariedad'. Así pues, el tribunal de la Sala de lo Civil y Penal ha considerado, tal como sostuvieron en la vista oral de apelación la acusación particular y el Ministerio Fiscal, que el veredicto del jurado no está suficientemente justificado, que la exposición de motivos –motivación– no es suficiente aun teniendo en cuenta que la ley exige una sucinta explicación.
 
Carlos Verdú, letrado de la acusación particular, manifestó ayer que la familia de la víctima se sentía satisfecha 'porque el TSJ ha restablecido la justicia, lo que esperamos confirme el Tribunal Supremo'.
 
 
El País
24 de octubre de 2001

9/10/01

Panamá: Sossa propone eliminar jurado de conciencia para criminales

Por Crítica

Diario Crítica
Panamá
 
Extractos:

El Procurador General de la Nación, José Antonio Sossa, presentó ante el pleno de la Asamblea Legislativa una propuesta de ley que entre otros aspectos busca mejorar la efectividad de la figura de los jurados de conciencia. Sossa sostuvo que pretende que delitos como el intento de homicidio, el tráfico de drogas y aquellos que son producto del crimen organizado sean excluidos de la lista de casos que pueden ser juzgados por la vía del jurado de conciencia.
 
Manifestó que esta propuesta se hizo luego de que se considerada, mediante análisis y estudios del comportamiento criminal, que estos casos pueden generar una reacción o represalias de parte de las personas que resulten perjudicadas por un fallo condenatorio. "Este temor puede convertirse en una presión hacia los miembros del jurado de conciencia y llevarlos a absolver a la persona que es culpable, por eso la intención de excluirlos de la lista de delitos que pueden fallar", señaló.
 

Sossa propone eliminar jurado de conciencia para criminales
Por Carlos Estrada

Diario Critica - Pananá
9 de octubre de 2001

21/9/01

España: Juristas piden la reforma de la Ley del Jurado tras el polémico veredicto

Por ABC de Sevilla

ABC de Sevilla

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El veredicto de culpabilidad para la acusada del crimen de Mijas (caso Wanninkhof), emitido por un jurado popular sin que en el transcurso del proceso se hayan presentado pruebas «contundentes», como inlcuso reconoció en su informe el propio fiscal, ha reabierto la polémica entre juristas sobre las virtudes y deficiencias de la Ley del jurado vigente en España.

Francisco Baena Bocanegra, especialista de Derecho Penal, explicaba a ABC que, en su opinión y «ateniéndome a las informaciones recibidas por los medios de comunicación sobre el juicio e incluso por las manifestaciones de las partes tras el veredicto, tengo la convicción de que el jurado ha juzgado basándose en pruebas indiciarias o indirectas».

Baena Bocanegra afirmaba que «partiendo de esa hipótesis, hay que mantener una posición cautelar no sólo ante este veredicto sino ante cualquier otro que se base en este tipo de pruebas, por la sencilla razón de que el jurado español es un jurado «puro», o sea, lego en la técnica del derecho y a nadie se le oculta que la prueba indiciaria ha de ser manejada con enorme precaución porque puede llevar a alcanzar conclusiones equivocadas».

Baena Bocanegra mostró asimismo su reserva ante «la justicia del Jurado» y apuntaba que la Ley del Jurado española en su opinión es «deficiente y clama a voces por una reforma urgente», que en su opinión debería incluir la posibilidad de un jurado mixto (formado por legos y expertos en derecho). Este jurista confió en que «esta sentencia será recurrida».

José Joaquín Gallardo, decano del Colegio de Abogados de Sevilla, participa también de la opinión de que «es necesario modificar el texto de la Ley del Jurado y su articulado», pues en su opinión es «oscuro» en muchos puntos importantes.

En el caso del juicio por el Crimen de Mijas, José Joaquín Gallardo considera que «parece que las pruebas han sido indiciarias». En este sentido comentaba que «el único riesgo que no se puede permitir un Estado de Derecho es que un acusado sea condenado sin suficiente prueba de cargo».

Antonio Urdiales, abogado malagueño, manifestó a ABC que el jurado es una institución en crisis por cuanto la complejidad de la técnica procesal penal impide que un grupo de ciudadanos totalmente legos en derecho puedan sopesar con la suficiente garantías para el justiciable figuras tales como la prueba indiciaria, objetiva o circunstancial que en muchos casos es utilizada de forma improcedente para obtener una sentencia condenatoria.

El proceso judicial y las técnicas probatorias son algo excesivamente complejo para quien no está familiarizado con ellas. Para el letrado, el jurado es una institución facilmente manipulable e influenciable.

N. del E.: El caso Wanninkhof configura un enorme fracaso del jurado, habiéndose acreditado que fue condenada una persona inocente sobre la base de ninguna prueba. Es lamentable que este antecedente no haya derivado en la derogación de la ley del jurado. El jurado ha incurrido en el peor error judicial de la historia de la justicia española.

Enlace: Versión On Line

Diario ABC - Sevilla - España
21 de septiembre de 2001

10/9/01

Panamá: Proponen cambios a figura del jurado de conciencia

Por Panamá América

Publicación Panamá América
 
Extractos:
 
Una serie de cambios que buscan mejorar la efectividad de la figura del jurado de conciencia, propuso ante el pleno de la Asamblea Legislativa el Procurador General de la Nación, José Antonio Sossa. El funcionario informó que básicamente se pretende excluir algunos actos delictivos como el intento de homicidio, el homicidio por recompensa, el tráfico de drogas y aquellos que son producto de la delincuencia organizada de la lista de los que pueden ser juzgados por la vía de jurado de conciencia.

Explicó que esta propuesta se hizo tras considerar que los casos que se juzgan por esta vía pueden generar una reacción criminal de parte de las personas juzgadas en contra de los jurados de conciencia. Este temor puede convertirse en una presión hacia los miembros del jurado de conciencia y llevarlos a absolver a la persona enjuiciada, por eso la intención de excluirlos de los delitos que pueden ser juzgados por esta vía.

Según Sossa, este proyecto de ley, presentado ante el pleno de la Asamblea, ha sido consultado con figuras del más alto nivel del órgano judicial y otros organismos relacionados con la administración de justicia, quienes la avalan. Añadió que por medio de las modificaciones propuestas, se pretende ubicar la figura del jurado de conciencia en una perspectiva adecuada, la cual debe servir a los intereses del país en lo que a administración de justicia se refiere.

Por medio de las modificaciones propuestas también se pretenden introducir algunos cambios en el proceso de designación y comportamiento que deben mantener los miembros del jurado de conciencia durante un juicio.
 
 
Panamá América
República de Panamá
10 de septiembre de 2001

4/7/01

Panamá: Magistrada apoya cambios al jurado de conciencia

Por Panamá América

Panamá América - Panamá

Extractos:

La magistrada presidenta de la Corte Suprema de Justicia, Mirtza Franceschi de Aguilera, se mostró partidaria en introducir reformas a la figura del jurado de conciencia y estimó que éstos sólo deben conocer de los casos de homicidio simple. Franceschi de Aguilera sostuvo que desde el año de 1995 durante la celebración de un congreso de jueces se ejecutó una serie de recomendaciones para una revisión a la figura del jurado de conciencia, pero a la fecha éstas no se han efectuado.

De acuerdo con la magistrada, en esa ocasión hubo un consenso que esa figura debía recibir una serie de cambios para adecuarla a las necesidades actuales. Agregó que algunos sectores se han mostrado partidarios de la eliminación del jurado de conciencia, pero ello requiere de una reforma constitucional.

Reconoció que han surgido críticas contra los jurados de conciencia por algunos fallos. Dijo que en una ocasión el Ministerio Público también presentó una iniciativa en este sentido, pero desconoce el resultado de este documento.

Enlace: Versión On Line

Magistrada apoya cambios al jurado de conciencia
Por Juan Ignacio Blanco
4 de julio de 2001

7/4/01

Panamá: Dificultades para abolir jurados de conciencia por necesidad de una reforma constitucional

Por Crítica
  
Diario Crítica
Panamá

Extractos:

La Magistrada Presidenta de la Corte Suprema, Mirtza Franceschi de Aguilera, señaló que para abolir los jurados de conciencia deben realizarse reformas constitucionales.

Durante las últimas días, la figura del jurado de conciencia ha sido objeto de comentarios diversos a raíz de que cuatro ciudadanos fueron absueltos del crimen del Ingeniero Scott John Barton, homicidio ocurrido el 19 de Octubre de 1995.

Enlace: Versión On Line

Abolir jurados de conciencia requiere más estudio
Florencio Galvez F.

Crítica de Panamá
7 de abril de 2001

21/5/00

Panamá: En crisis la institución del jurado de conciencia

Por Panamá América

Publicación Panamá América

Extractos:

El magistrado del Segundo Tribunal Superior, Andrés Almendral, reveló que la institución del jurado de conciencia se "encuentra en crisis" y que en las próximas semanas se pondrá en ejecución un plan para que los ciudadanos presten este servicio de manera voluntaria.

Almendral aseguró que los empleadores no quieren ceder a sus empleados para que participen como jurados de conciencia en los juicios por homicidio, bajo el alegato de que el tiempo a servicio del tribunal se traduce en pérdidas para sus negocios.

Explicó que se abrirá un proceso de inscripción voluntaria para las personas interesadas en fungir como jurados de conciencia, ya que en la actualidad la Corte sólo tiene acceso a un listado de 3,317 personas calificadas para actuar como jurado y que ello provoca que algunos lo hagan en más de una ocasión.

Planteó que esta situación provoca que algunas personas se conviertan en "casi abogados" y que ya no actúan en base a su conciencia, sino en consideraciones de tipo jurídica y ello desnaturaliza su función.

Sostuvo que en un momento dado podría llegarse a la situación de tener que usar algunos funcionarios del Organo Judicial como jurados de conciencia, ya que esto no está prohibido por la ley, pero que los magistrados han evitado llegar a estos extremos para evitar suspicacias.

Entre los requisitos para actuar como jurado de conciencia se encuentran saber leer y escribir, no tener antecedentes penales, ser una persona de reconocida honorabilidad y ser mayor de 21 años de edad y menor de 60.

El magistrado detalló que en la actualidad se están celebrando un promedio de dos a tres audiencias diarias en donde se requiere la participación de un promedio de siete jurados de conciencia, que son sorteados de la lista de la Corte y que deben ser ubicados en sus respectivos trabajos para permanecer entre uno a dos días en el tribunal.

Algunos juristas han planteado la necesidad de eliminar los jurados de conciencia, bajo el argumento de la falta de objetividad por la difusión dada a los hechos criminales a través de los medios de comunicación.

Panamá América
República de Panamá
21 de mayo de 2000