14/2/16

España: El 76% de los baleares rechaza el juicio por jurados

Por Diario de Mallorca

Diario de Mallorca
España

Extractos:

La ciudadanía isleña consultada por Gadeso muestra un rechazo importante contra los juicios mediante el jurado popular. Un 76% de los encuestados es de la opinión que se deben suprimir y dejar en manos de los profesionales las resoluciones judiciales.


El 86% de los baleares pone en duda que la Justicia sea igual para todos
Por Miquel Adrover Palma

Diario de Mallorca
14 de febrero de 2016

11/2/16

Buenos Aires: Primer juicio por jurado del año con un veredicto "polémico"

Por Diario El Día

Diario El Día
La Plata - Buenos Aires
Argentina

Extractos:

Un herrero fue declarado "no culpable" por un jurado popular tras ser enjuiciado por haber matado a un joven de un balazo y herido a otro hombre cuando quiso recuperar las herramientas que le habían robado, en el partido bonaerense de Necochea, informaron fuentes judiciales.

Se trata de Horacio Pizzi (52), quien fue inmediatamente liberado luego del juicio que se le siguió y al que llegó con arresto domiciliario por el "homicidio agravado por el uso de arma de fuego" en perjuicio de Carlos Farías (24) y por la "tentativa de homicidio" de Roque Salvador (35). "Esperaba que se haga Justicia, tenía una mochila muy pesada. Ahora voy a volver a trabajar como lo hice toda mi vida porque tengo dos hijos que criar", dijo el herrero absuelto.

Fuentes judiciales informaron que este debate fue el primero con esta modalidad que se realizó este año y estuvo coordinado por la jueza Mariana Giménez. Durante el juicio, Pizzi sostuvo que el 20 de agosto de 2014, alrededor de las 16, dos delincuentes que iban en bicicleta aprovecharon un descuido suyo y le sustrajeron una caja de herramientas de su negocio, situado en las calles 570 y 523, en la localidad de Quequén. 

Un vecino que observó la situación le comentó al acusado que reconoció a uno de los autores, por lo que el damnificado se dirigió a la comisaría 2da. para denunciar el hecho y luego volvió a su vivienda. Tras regresar a su casa, un chico de unos 12 años se acercó y le dijo al hombre que si quería recuperar sus herramientas tenía que llevar 500 pesos a la calle 564, entre 523 y 525. El herrero contó que se dirigió al encuentro, alrededor de las 20:30, y cuando llegó Farías y Salvador estaban armados y ambos se le abalanzaron encima, lo que originó un forcejeo. 

Según Pizzi, los presuntos delincuentes tenían un revólver calibre .38 que fue arrebatado por él, quien accionó el gatillo en defensa propia, por lo que uno de los disparos impactó en el tórax de Farías y otro en el cuerpo de Salvador. Ambos heridos fueron trasladados al hospital local, donde el más joven murió como consecuencia de las lesiones sufridas, mientras que su amigo pudo recuperarse tiempo después. 

Sin embargo, para el fiscal Roberto Mirada el herrero fue armado y atacó a los hombres con el arma de fuego que nunca fue encontrada. Además, otro indicio de ello fue que durante un allanamiento en la casa de Pizzi, el personal policial secuestró proyectiles calibre .38, coincidentes con el calibre usado en el homicidio de Farías. 

Por su parte, el defensor oficial Daniel Surgen pidió que el hombre sea liberado ya que se trató de un "homicidio en legítima defensa" cuando quiso recuperar sus herramientas, agregaron las fuentes. En el momento del hecho, Farías hacía tres meses que estaba prófugo, ya que lo habían detenido por el delito de "robo" pero escapó por un ventiluz de un hospital cuando se encontraba internado bajo custodia debido a una dolencia física.

Los juicios por jurados populares comenzaron en la provincia de Buenos Aires en marzo del año pasado, fueron en total 35 durante todo 2015 y en 19 de ellos los veredictos fueron de "culpabilidad", mientras que en 16 se determinó la "no culpabilidad" de los imputados. Diecisiete de los casos fueron por el delito de "homicidio", nueve por "tentativa de homicidio", seis por "robo con arma", uno por "abuso sexual", uno por "secuestro extorsivo" y el restante por "comercialización de estupefacientes".

Los imputados por delitos con penas de más de 15 años de prisión pueden optar ser juzgados mediante esta modalidad, que está prevista en la Constitución Nacional aunque nunca fue implementada a nivel país.


Primer juicio por jurado del año con un veredicto "polémico"
Diario El Día

La Plata - Buenos Aires - Argentina
11 de febrero de 2016

26/1/16

Buenos Aires: Juicio por jurados: ¿es inconstitucional?

Por Diario El Tiempo

Diario El Tiempo
Azul - Buenos Aires
Argentina

Extractos:

El doctor Carlos Pagliere (hijo) hace unos meses declaró la inconstituciona-lidad de la ley de juicio por jurados de la provincia de Buenos Aires. Luego esa resolución fue revocada por la Cámara Penal.

Actualmente dicho magistrado sostiene que a pocos meses de su implementación ya muestra los primeros signos de su fracaso. Que no puede sorprender si se tiene en cuenta la enorme improvisación con que la ley se ha puesto en vigencia.

A no ser por la gran capacidad de los funcionarios judiciales y la enorme predisposición de los ciudadanos llamados a ser jurados, expresa este funcionario judicial que se estaría ante una situación sumamente problemática para la administración de justicia penal bonaerense.

Se trata de un sistema caro, lento, engorroso y arbitrario. Es incómodo para los ocasionales jurados que han debido concurrir desde distintas ciudades del Departamento Judicial y permanecer durante días fuera de sus hogares.

Existen entre las críticas dos que ha suscitado la ley provincial del juicio por jurado; 1) que no se participa al fiscal ni a las víctimas (o sus familiares) en la decisión sobre si el proceso debe juzgarse o no por jurados (que sólo decide el imputado de acuerdo a su conveniencia) y 2) la imposibilidad que tiene el fiscal y las víctimas para recurrir el veredicto y la sentencia final.

Otro problema reside en que el veredicto del jurado es infundado. Es ese, precisamente, el gran inconveniente del sistema donde el jurado condena y absuelve sin decir porqué y nunca se puede saber si el juzgamiento ha sido el correcto.

Es posible que un tribunal técnico hubiera dictado un veredicto diferente. Pero si los miembros del jurado han aplicado una atenuante que no correspondía, nada se les puede reprochar, porque a ellos se los obliga a juzgar sin contar con los conocimientos jurídicos necesarios.

El error, en todo caso, expresó el doctor Pagliere, está en la ley de juicio por jurado, que pone en cabeza de 12 ciudadanos surgidos al azar una responsabilidad tan grande como la de dictar el veredicto de culpabilidad o inocencia en las causas penales más graves. ¿Con qué derecho se les podría censurar si se equivocan en el veredicto?

El problema no está en los ciudadanos convocados como jurados, sino en la ley que los obliga a hacer cosas para las que se requiere conocimientos de derecho penal y experiencia en la tarea de juzgar. Que generalmente no tienen.

Es necesario resaltar la obligación republicana de que todos los fallos judiciales sean fundados. El jurado dicta su veredicto sin ninguna fundamentación, y por ende, su labor no se puede controlar de ningún modo.

Se promocionó el juicio por jurado, como si fuera un sistema pensado para beneficiar a la gente y que supuestamente iba a mejorar la administración de justicia, cuando en realidad, a espaldas de la población, se lo reglamentó en beneficio exclusivo del imputado y discriminando arbitrariamente a las víctimas. El resultado es que su implementación no ha traído más que problemas y descréditos.

Sería conveniente que la revisión de la ley de juicio por jurados se lleve a cabo lo más pronto posible y a conciencia, suprimiendo privilegios indebidos y resguardando los inviolables derechos de las víctimas, para evitar consecuencias funestas e irreversibles.


Juicio por jurados: ¿es inconstitucional?
Editorial

Diario El Tiempo (Azul)
26 de enero de 2016

20/1/16

Neuquén: La mató a tiros y un jurado popular consideró que el asesino “no tuvo intención”

Por Infoallen.com.ar

Infoallen.com.ar
Neuquén - Argentina

Extractos:

El 18 de abril de 2013 Lautaro González, ingresó a la vivienda de Mónica Huircaleo y sus cuatro hijos, tomó un arma y le disparó en la cabeza. Tras agonizar algunas horas en el hospital Castro Rendón, la mujer falleció. Sentenciaron a 4 años y 8 meses de prisión efectiva a Lautaro González, quien en dos años podría salir en libertad y se espera que la defensa pueda impugnar el fallo.

“Hijo de puta, todos nenes chiquititos”, le gritó la mamá de Mónica al acusado, en referencia a sus nietos, luego de romper en llanto minutos después de que el juez Marcelo Muñoz diera a conocer la condena.

La familia está arrepentida de ir a un jurado popular, el cual determinó el homicidio culposo sin intención, y por ende la pena. “Si no la hubiese querido matar, hubiera disparado a cualquier lado, y no a ella como le apuntó. La verdad, estamos muy disconformes”, sentenció Cecilia, la madre de la joven asesinada.

Mónica y Lautaro convivieron seis meses y en ese lapso la mujer de 33 años cambio radicalmente su buen humor. “Él la golpeaba, pero ella nunca hizo la denuncia por el miedo que le tenía”, cuenta Andrea, hermana de Mónica. Un día, cansada de los maltratos, Mónica lo echó de su casa, pero Lautaro no se conformó.

“Ella quiso rearmar su vida pero él no la dejó en paz. Él le disparó frente a su hija de 14 años, que cuando salió a ver qué pasaba y vio que él le apuntaba con el arma, se puso delante de su mamá”, explica Cecilia.

“Pero él le disparó directo a la cabeza, sin que nadie pudiera hacer nada. El último recuerdo de mi nieta es cuando su mamá cayó herida”.

Enlace: Versión On Line 1 y 2

Neuquén: La mató a tiros y un jurado popular consideró que el asesino ‘no tuvo intención’
Infoallen.com.ar y LMNeuquén
20 de enero de 2016

21/12/15

Puerto Rico: Acoso de una jurado hacia el fiscal podría afectar el veredicto de un caso criminal

Por Microjuris

Microjuris - Puerto Rico

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Un abogado de defensa solicitó se investigue la deliberación del jurado en un caso de drogas, en que se encontró culpable a dos co-imputados, luego de que se hiciera público que una de los jurados envió notas poco apropiadas al fiscal que atendió el caso.

La jurado #6, cuya identidad se ha mantenido oculta, junto a otros 11 jurados determinó el destino de David Igbinoba y Ewah Godwin. Los hombres fueron encontrados culpables el 20 de junio. Dos días después de que se anunciara el veredicto, la jurado #6 envió una nota en manuscrito al fiscal Robert Johnston, quien representó al Ministerio Público, con su número de teléfono e indicando que deseaba agradecerle en persona el que la escogiera para ser jurado.

“Absolutamente te disfruté a ti y a esta experiencia. Cuando nos dijiste ‘gracias’ luego de que el veredicto fuera leído y nos íbamos, quería decirte ‘de nada’, pero honestamente estaba muy nerviosa y tenía nudos en el estómago”, indicaba un correo electrónico que enviara la jurado el 4 de julio.

Finalmente, el día 7 de julio esta envió otra carta que indicaba: “Acabas de cruzar mi mente, así que pensé decirte hola. Que pases buenas tardes”.

Estas notas fueron incluídas en una petición escrita por uno de los abogados de defensa, quien solicitó que la investigación por aparente parcialidad. El juez Leonard Ricchetti denegó la petición de la defensa, presentada el pasado 1 de diciembre y sentenció a los dos hombres a 10 y 11 años de prisión. Un abogado analista, Edward Prutschi opinó sobre el caso explicó que no hay evidencia de que las comunicaciones ocurrieran durante el juicio, o que la situación hubiera impactado el veredicto del jurado o la decisión de los otros 11 jurados quienes unánimemente llegaron a la decisión. No obstante, este indicó sentir simpatía por los dos convictos, quienes mientras cumplen sus sentencias se preguntarán si el veredicto fue producto de un “encaprichamiento” de la jurado por el fiscal.

Enlace: Versión On Line

“Encaprichamiento” de jurado hacia fiscal, ¿podría afectar veredicto de un caso criminal?
microjuris.com
Puerto Rico
21 de diciembre de 2015

12/12/15

Panamá: Jurados en la mira por corrupción

Por La Prensa

La Prensa - Panamá

Extractos:

La red de corrupción detectada en noviembre pasado en el Segundo Tribunal Superior también puso en la mira pública a los jurados de conciencia, una figura que para muchos representa la participación democrática del pueblo en la administración de justicia.

Declaraciones rendidas ante la Fiscalía Auxiliar por algunos de los funcionarios del Segundo Tribunal investigados por supuestamente cobrar coimas, para conseguir medidas cautelares, adelantar fechas de audiencia y lograr fallos absolutorios en juicios por homicidios, han dejado al descubierto que tres grupos de jurados, en juicios diferentes, aceptaron dinero para favorecer a imputados por homicidio.

Prueba de ello es el testimonio de Bruno De Gracia Harrison, quien aseguró que el 22 de octubre de 2015 fue requerido para fungir como jurado en un juicio por homicidio. De Gracia contó que un funcionario del Órgano Judicial, quien conducía el bus que los transportaba, le manifestó que uno de los tres sindicados en ese caso “no debía ser condenado”.

También dijo que funcionarios del Órgano Judicial abordaron a los demás jurados de ese proceso para que emitieran un fallo favorable a uno de los sindicados. Contó, asimismo, que se les entregó $150.

Este hecho fue confirmado por otras cinco personas –todos laboran en entidades estatales– que fueron seleccionadas como jurados de conciencia para participar en la misma audiencia.

A todas se les formuló cargos por la presunta comisión del delito de corrupción de funcionarios.

CORRECTIVOS

Con este escenario de por medio, en el Segundo Tribunal de Justicia ya preparan cambios en la manera de operar de los jurados.

Ante la posibilidad de que se anulen los juicios en los que los jurados habrían aceptado sobornos, como lo han sugerido juristas, fuentes judiciales dijeron a este medio que es necesario esperar si las partes involucradas están inconformes con el resultado. Son ellos, dijo la fuente, quienes deben presentar los incidentes de nulidad al respecto.

‘PROCESO VICIADO’

El ex magistrado de la Corte Suprema de Justicia Edgardo Molino Mola es uno de los que sugiere que los casos en los que se han sobornado jurados deben ser revocados. “Todo el proceso fue viciado”, dijo el jurista, por lo que propone que se investigue cada caso en particular, y si se llega a verificar que efectivamente los jurados recibieron “coimas” se debe convocar a una nueva audiencia.

En países como Colombia el juicio por jurados fue abolido en 1990 a través de una sentencia de la Corte Suprema de Justicia.


Jurados, en la mira por corrupción
Por Juan Manuel Díaz

La Prensa - Panamá
13 de diciembre de 2015

5/12/15

España: La defensa de Rosario Porto critica que el jurado la condenó desde el minuto uno

Por Faro de Vigo

Faro de Vigo
Galicia - España

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El jurado consideró probado que ambos administraron Lorazepam a Asunta antes de su muerte, sin embargo, la defensa de Rosario Porto, José Luis Gutiérrez Aranguren, cuestiona en el recurso que acaba de presentar que sea un hecho probado que fuesen ellos los que se lo dieron. También critica, por ejemplo, que en los análisis realizados a la niña para detectar qué consumía previamente pasaron por alto los antihistamínicos, un punto que Aranguren considera fundamental porque se había dicho que la niña tomaba algo para la alergia. El análisis del cabello se centró únicamente en somníferos, no en antihistamínicos.

Sólo son algunos de los detalles que el abogado de la madre de Asunta Basterra, Rosario Porto, condenada a 18 años de prisión junto a su exmarido, Alfonso Basterra, "por asesinato", tiene en cuenta en el recurso que acaba de presentar, en el que pide la absolución, "por falta de pruebas", de su defendida. También expuso, José Luis Gutiérrez Aranguren, muchos otros detalles por los que considera errónea la vista o el proceso llevado a cabo para la exposición de las pruebas al jurado popular. Cuenta, por ejemplo, que el veredicto y la sentencia dan por hecho que Alfonso Basterra fue a Teo junto a Asunta y Rosario Porto la tarde de los hechos, el 21 de septiembre de 2013.

"En ninguna cámara se puede ver con claridad los asientos traseros del vehículo, por lo que no podemos descartar la presencia de Alfonso en él", consta en el acta del veredicto. Y la sentencia apunta: "Don Alfonso también subió a Montouto porque no sólo no hay ningún contraindicio que demuestre que el acusado estuvo en su piso antes de las 20:47 horas, sino también porque las imágenes de las cámaras de grabación no permiten ver si iba algún ocupante en el asiento trasero del Mercedes".

Para el abogado de Rosario Porto esta es una muestra de que los indicios se utilizaron para culpabilizar. Añade que en las cuerdas halladas junto al cadáver no se detectó ninguna muestra que pudiese vincularse a Rosario Porto. Es más, se atreve a decir en el recurso en el que pide su absolución que el jurado la consideró culpable desde el minuto uno, teniendo en cuenta que se había dejado constancia de las prisas en denunciar la desaparición de la niña o la incredulidad inicial mostrada por la madre al enterarse del hallazgo del cuerpo. También sostiene que sería absurdo que la sedaran, con el mismo fármaco que tomaba ella, y que la llevaran igualmente a las actividades escolares, exponiéndose a que se detectase la sedación de la pequeña.

José Luis Gutiérrez Aranguren tilda de "aberración" tanto el veredicto del jurado como la sentencia que ratifica la culpabilidad de ambos progenitores. Ahora será el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia el que tramite el recurso presentado. Para el abogado, todo parte de "una apriorística presunción de culpabilidad". "Rosario Porto resultó condenada en base a especulaciones, suposiciones y conjeturas, y no en indicios susceptibles de ser elevados a la categoría de prueba de cargo con entidad suficiente para destruir el derecho constitucional a la presunción de inocencia", consta en el escrito. Apunta Aranguren que el jurado "primero culpó y después razonó". Se refirió en este punto a los postulados del denominado "realismo jurídico norteamericano: sólo después de haber predeterminado la culpabilidad de los acusados buscó una racionalización jurídica de la misma", incluye en el recurso.


La defensa de Rosario Porto critica que el jurado la condenó desde el primer minuto
Por Selina Otero

Faro de Vigo - Galicia
5 de diciembre de 2015

Neuquén: Una polémica condena para el joven que mató a su ex

Por rionegro.com.ar

rionegro.com.ar

Extractos:

“Toque bocina, quiero justicia por mi mamá”. La leyenda está inscripta en una pancarta que lleva al cuello un niño de 10 años que no para de llorar, afuera de la sala penal de Antártida Argentina. Es uno de los cuatro hijos de Mónica Huircaleo (33), la mujer que fue asesinada por su ex pareja Pablo Lautaro Ismael González (22) en una toma ubicada detrás de la cancha de Maronese en 2013, tras una discusión.

Ayer, un jurado popular lo declaró culpable del crimen, pero la calificación legal no fue la que esperaban ni el fiscal Rómulo Patti ni la querella, a cargo de Laura Plaza.

Pablo Lautaro Ismael González fue hallado culpable del delito de homicidio culposo. La pena que recibirá es la mínima que oscila entre 2 a 5 años de prisión. Los jurados se inclinaron por los argumentos de la defensa, a cargo de Gustavo Palmieri, de que “no hubo intención de matar”.

5 años de pena máxima podría recibir el condenado de asesinar a Mónica Huircaleo.

“Esta es la justicia que tenemos”, se lamentó entre lágrimas Cecilia, la mamá de Mónica, tras escuchar las explicaciones técnicas de los abogados, y agregó: “Nosotros no somos delincuentes, lo que tenemos es el dolor por haber perdido a mi hija, pero no somos delincuentes, sólo queremos justicia”.

El jurado popular deliberó desde las 14, y pasadas las 16:30 arribó a una decisión.

En las instrucciones analizadas por los 12 jurados, estaban contempladas tres alternativas: la de homicidio agravado por el vínculo, que prevé prisión perpetua; la de homicidio simple, cuya pena va desde los 8 a los 25 años; y, por último, la calificación de homicidio culposo, que tiene la pena más leve, que es de 2 a 5 años. Por esta última se inclinó el jurado, con 8 votos contra 4.

Ahora resta que en una nueva audiencia se le fije la condena de prisión a cumplir. “¿Le disparó a la cabeza dos veces y no tuvo intención de matarla?”, se preguntó indignada María, la hermana de la víctima.

Para la abogada por la familia de la víctima, Laura Plaza, el veredicto "revictimizó a Mónica", y destacó que "lamentablemente aún hay un prejuicio con respecto a las clases sociales donde estos hechos suceden, pero que indirectamente interpretan que entre la gente de menos recursos como que estas cosas se buscan".

Y remarcó que "la pregunta que debemos hacernos es con qué derecho un hombre trunca la vida de una mujer de la clase que sea".

Enlace: Versión On Line 1, 2 y 3

Una polémica condena para el joven que mató a su ex
La Otra Voz Digital

Para el jurado, González no quiso matar a su expareja
rionegro.com.ar

El jurado popular declaró culpable a González por el crimen de Mónica Huircaleo
lmneuquén.com

Neuquén
5 de diciembre de 2015

27/11/15

Buenos Aires: Críticas, sinsabores e inquietudes que dejó el juicio por jurados por el crimen en el Bingo

Por El Popular

Diario El Popular
Olavarría - Buenos Aires
Argentina

Extractos:

Lo del miércoles pasado como mínimo acobardó, y con decir miércoles me refiero a la jornada entera, por que eso fue prácticamente lo que duró la segunda audiencia del juicio por jurados por el feminicidio en el Bingo de Olavarría. Pasó de todo. Lo resonante del veredicto, que sorprendió a propios y a extraños, constituyó —obviamente— lo más relevante y en ello se centró la crónica publicada en la edición de ayer, pero también se registró otra serie de situaciones que, si bien se las puede considerar como de menor importancia, merecen su mención y análisis.

Las sensaciones son encontradas, quizás se sintió algo similar con el primer juicio por jurados llevado adelante meses atrás, pero ahora es distinto. Quizás en sólo unos días, cuando arranque otro debate de estas características, el balance sea mejor, pero hoy por hoy el saldo parece dar negativo entre la mayoría de las personas que de una forma u otra estuvieron vinculadas con lo que pasó el miércoles. La cobertura de esa jornada no sólo permitió vivenciarla, sino también tomar contacto directo con los actores y ver qué opinaban al respecto. La coincidencia fue unánime: "así no".

El funcionario judicial que encabezó la querella durante el debate se sinceró: "En otros países tiene años de preparación, de antecedentes, es una cultura. Nosotros no estamos acostumbrados a lidiar con jurados".

El miércoles se sucedieron varios episodios que determinaron un sinsabor o una disconformidad que se sintió en la mayoría de los presentes, salvo obviamente en el lado de la defensa, que logró un resultado sumamente positivo. Los planteos acerca de si la modalidad contribuye o no en mayor medida a la situación del imputado será objeto de otra nota y seguramente con la opinión de especialistas, ya que sería apresurado y aventurado introducirse ahora en semejante debate.

Pasó de todo

Pero sí se dieron otras situaciones que valen la pena analizar en estas líneas. Una es la extensión de las audiencias: si ya las 15 horas que duró la jornada del miércoles fueron demasiado para los presentes, mucho tuvo que ver que el día anterior la actividad se desarrolló prácticamente en el mismo tiempo. El debate en sí el martes se extendió por la mayor parte de la tarde, pero los jurados debieron concurrir a primera hora de la mañana para ser sometidos al último filtro que determinó quiénes iban a ser los 12 titulares y los 6 suplentes.

Aquí hay que hacer hincapié, y por qué no felicitar, el compromiso ético y cívico de los jurados, que discutieron casi dos horas el veredicto. Bien es sabido que ésa era su función, pero tampoco hay que ser ingenuos y olvidar el cansancio y fastidio que varios de ellos tendrían a esas horas de la noche, cuando finalmente les llegó el turno de debatir.

Fueron horas y horas de pelear contra el sueño y el cansancio, en un lugar que seguramente no quisieron estar —o al menos no pidieron estarlo— y lejos de su familia. Ninguno de ellos era de Azul, los había de Tandil, Rauch, La Madrid y hasta de Olavarría. Y así y todo cumplieron, y como se dijo antes no se discutirá el veredicto, habrá que esperar al lunes para ver cómo termina todo esto, pero ellos estuvieron a la altura. O, al menos la mayoría. No por no estar a la altura, sino que el cuerpo les dijo basta. Varios se durmieron por algunos instantes y una mujer se descompensó y finalizó en un centro asistencial por problemas de presión cardíaca. Toleró todo el debate, pero al momento de la votación debió ingresar otra jurado, que hasta ese momento era suplente.

La premisa parece ser que duren lo menos posible, nunca fue expuesta de manera abierta u oficial, pero no parece haber otra explicación. Los costos que genera el jurado seguramente no son pocos y de allí debe provenir esta suerte de apuro o directiva. Pero no es lo ideal, como tantas otras circunstancias.


Críticas, sinsabores e inquietudes que dejó el juicio por jurados por el crimen en el Bingo
Por Ignacio Cerdera
@nachocerdera
icerdera@elpopular.com.ar

El Popular - Olavarría
27 de noviembre de 2015

14/11/15

España: El jurado popular no es un órgano idóneo para enjuiciar los delitos de corrupción

Por Confilegal

Confilegal
España

Extractos:

"El jurado no es un órgano idóneo para enjuiciar los delitos de corrupción. Son necesarios jueces especializados", afirma con rotundidad Daniel Campos, fiscal de la Audiencia Nacional, quien participo en la "Jornada contra la corrupción y la delincuencia económica", organizada por Jueces para la Democracia y la Unión Progresista de Fiscales en Madrid.

Llevamos arrastrando, desde 1995, que los delitos de corrupción sean competencia del jurado. El legislador, desde el principio, ha establecido que la malversación, el cohecho, la negociación prohibida a los funcionarios sean competencia del jurado. Sin embargo, la prevaricación, no. El Tribunal Supremo, en ese acuerdo de 23 de febrero de 2010, dice que cuando sea un delito conexo puede ser juzgado por el jurado. La falta de conocimientos jurídicos excluye al jurado popular de poder juzgar una prevaricación. Pero, ¿puede hacerlo de un cohecho? El cohecho se basa en un acto ilícito y en el cohecho puede emerger la prevaricación y el tráfico de influencias. ¿No hay una prevaricación detrás de un tráfico de influencias? ¿Por qué, entonces, se le dice que el jurado puede entrar a juzgarlo?", se plantea el fiscal de la Audiencia Nacional.

"La comisión que elaboró un proyecto de código procesal penal nuevo, en 2013, contemplaba la eliminación de los delitos de corrupción de la competencia del tribunal del jurado. ¿Por qué, en esta tanda de reformas de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, no o ha quitado?¿Es que le salió tan bien el caso Camps que parece bien que se siga transitando por esa vía?", se pregunta Campos.

"Deberíamos dejar muy claro que el jurado no es un órgano idóneo para enjuiciar los delitos de corrupción. Son necesarios jueces técnicos y especializados como los franceses o como los de la Audiencia Nacional en España", continúa el fiscal.


Daniel Campos, fiscal de la AN: "El jurado popular no es un órgano idóneo para enjuiciar los delitos de corrupción"
Por Carlos Barbell

Confilegal
14 de noviembre de 2015

9/11/15

Neuquén: El Jurado Popular dejó sin Justicia a Verónica Pelayes

Por FM Urbana

FM Urbana
Zapala - Neuquén
Argentina

Extractos:

Horas después del histórico y polémico dictamen expresado por los integrantes del Jurado Intercultural, quienes declararon no culpable a Carol Soae por daño grave, dejando (seguramente) heridas profundas en el alma y el corazón de Verónica Pelayes, luego de tres años de permanente “lucha” para enjuiciar a los violentos, quienes le propinaron una agresión por demás de brutal en su rostro con una piedra de considerable dimensiones, situación que de milagro no le costó la vida; al intentar comunicar a los integrantes de la comunidad mapuche una determinación del Juzgado Zapala.

Cada hora que transcurre a posterior del veredicto del Jurado Popular, es propicia para que un gran número de vecinos de Zapala (ya sea en la vía pública, en charlas de café, o bien a través de redes sociales), se sumen al repudio y la indignación por el dictamen del Jurado Popular; el cual dejó con las manos vacías a Pelayes.

Sobre el tema, seguramente Verónica se preguntará, junto a su hijo David, de qué valió el crudo testimonio que relataron a los integrantes del Jurado Popular sobre los hechos ocurridos el 28 de diciembre de 2012 en Portezuelo Norte, inclusive desde Fiscalía aportando fotografías desgarradoras de su rostro desfigurado… si en definitiva no sirvió para nada.

En estas horas, tanto Pelayes, como así también su abogado querellante Gastaminza, declararon ante medios de prensa regionales que el Jurado Popular actuó con temor, miedo, o presionado por cuestiones externas, para pronunciar el fallo.

En forma simultánea, referentes de SEJUN y trabajadores judiciales expresaron su malestar por la determinación del Jurado Popular.

Así también, es válido recordar que en los primeros instantes del juicio, en el alegato inicial que brindó el abogado Darío Kosovsky, expresó textualmente…” Nosotros no vamos a negar que Verónica resultó lastimada… nosotros no vamos a negar que nuestros defendidos tiraron piedras… nosotros no vamos a negar que Martín, Relmu, Mauricio y toda la comunidad que ese día estaban presenten y tiraron piedras…”.

Precisamente, un vecino de Zapala, conocedor de temas judiciales y con vasta experiencia en el sector, expresó un fuerte concepto, mientras saboreaba un café en tradicional confitería del centro zapalino: “El circo terminó… y la única perjudicada fue Verónica Pelayes”.


El fallo del Jurado Popular dejó sin Justicia a Verónica Pelayes
Zapala Noticias

9 de noviembre de 2015

Neuquén: Judiciales consideran injusta la resolución del jurado popular

Por AM 710 - FM 93.9

Radio AM 710 - FM 93.9
Nacional Zapala, Neuquén
Argentina

Extractos:

Delegados y miembros de la comisión directiva de SEJUN y otros empleados judiciales se manifestaron públicamente a través de una carta que dieron a conocer durante una conferencia de prensa en la vereda del Juzgado de Familia. 

La declaración pública se convocó como consecuencia de una injusta resolución dictada por el jurado popular en el caso Pelayes-Ñamku, en la cual se absolvió a los acusados de la agresión a una trabajadora judicial.

En la declaración expresaron que fueron “respetuosos durante el proceso judicial” y que vieron “calladamente cómo los imputados paseaban por calles de la ciudad”. Además, esperaban el castigo de los imputados luego de haber atacado salvajemente a Verónica Pelayes.

“El hecho se cometió y los agresores no fueron condenados”, siguió la carta y “como sociedad tenemos mucho que aprender”. En este sentido los judiciales manifestaron que “la carga de ser jurado popular necesita más formación”.

No descartamos que por el miedo que se sembró, el jurado se haya sentido intimidado o amenazado, por eso nadie resultó condenado por el daño que sufrió nuestra compañera Verónica Pelayes, que fue cobardemente agredida.


AM 710 - FM 93.9
Nacional Zapala
Radio Pública
9 de noviembre de 2015

5/11/15

Neuquén: Para Pelayes el jurado tuvo miedo

Por Diariamente Neuquén

Diariamente Neuquén
Periódico Digital

Extractos:

Verónica Pelayes, una oficial de Justicia, fue atacada cuando el 28 de diciembre de 2012 se presentó en Portezuelo a notificar de una orden judicial para que la comunidad mapuche habilite el paso a las máquinas de Apache. En declaraciones que formuló a AM 550, Pelayes sostuvo que “el jurado (que actuó en el juicio por el caso) tuvo mucho miedo, y estuvo presionado”.

“Tuvieron miedo a los imputados y a toda la gente que los rodea. Es el mismo miedo que sentí yo cuando fui a declarar”, dijo al tiempo que comentó que los integrantes de la comunidad acamparon la mayoría de los días frente a las puertas del juzgado, algo que no fue tarea sencilla para el jurado popular y que eso generó miedo en el jurado.

El jurado declaró la culpabilidad de la dirigente mapuche Relmu Ñanco por romper el vidrio del vehículo en el que ella se trasladaba pero no por lo que le produjo la piedra en su cara. Estaban acusados por tentativa de homicidio. Había tres acusados, pero el jurado sólo falló contra Ñanco a quien la condenó por daño simple.

“Estaba mi declaración, la de mi hijo y un testigo de la empresa Apache que dice que Carol (Ñanco) tiró una piedra que pegó en el vidrio de mi lado y (Mauricio) Raín tiró otra que pegó en el vidrio de atrás” de la camioneta y “después estaban todos ellos que no van a decir que tiraron la piedra”.

“Creo que realmente tuvieron miedo”, reiteró.

Enlace: Versión On Line 1 y 2

Diariamente Neuquén y rionegro.com.ar
5 de noviembre de 2015

4/11/15

España: Caso Asunta: Dar al público lo que pide

Por ABC Galicia

ABC Galicia
España

Extractos:

Cuatro días de tensa espera por el veredicto después de un mes interminable de juicio televisivo y televisado. Y los nueve miembros del jurado dictaminaron lo que el público quería: culpables del todo, sin matices ni rodeos. La masa ya tiene el ajusticiamiento que el sensacionalismo mediático le inoculó como sentencia adecuada para el asesinato de Asunta Basterra. Dos años de bombardeo amarillista, de especulaciones gratuitas en prime-time y a caballo entre la tertulia política y la mesa camilla del corazón, que obtienen el merecido premio. Una culpabilidad plena, sin aristas, haciendo feliz a José Antonio Vázquez Taín después de quedar expuesta durante la vista del juicio más de una chapuza en su atribulada instrucción, donde la ausencia de pruebas se suplía con desbordante imaginación y generosas elucubraciones.

Entonces, si el jurado ha comprado al pie de la letra el relato de los hechos de Vázquez Taín, sin mover una sola coma a pesar de lo evidenciado en un mes de juicio, ¿para qué lo celebramos? ¿Qué necesidad había de articular todo un proceso si ni siquiera demostrando incoherencias palmarias en la «versión oficial» los jurados han sido capaces de recogerlas en su veredicto? ¿Qué estuvieron haciendo durante los cuatro días de deliberación?

Una teoría pudiera ser que los nueve ciudadanos anónimos se limitaron a darle a la sociedad una solución que no planteaba dudas morales. Se vive más tranquilo sabiendo que se ha hecho lo que se esperaba de uno, respondiendo a las expectativas creadas por terceros con elevados shares de audiencia. No serás cuestionado por tus próximos por haber arrojado a los leones a Porto y Basterra, porque si por la televisión dicen que son unos asesinos implacables, ¿quién es un humilde jurado, de profesión ama de casa, frutero o electricista, para contravenirlo?

Una condena así, rotunda, da aliento al experto matinal para felicitar al jurado. Mejor eso que las miradas esquivas por haber sido cómplice en la absolución de quien todo el mundo cree culpable. Es paradigmático que el fiscal relajara su posición inicial sobre la participación de Alfonso Basterra en la muerte de Asunta por la falta de pruebas, pero eso no hiciera mella alguna en el veredicto final.

La segunda teoría es la patada hacia delante: que sea otro tribunal, con criterios jurídicos, el que se encargue de sentenciar en base a lo expuesto en la sala y no a la opinión publicada. Que se coma otro el marrón de contravenir al tertulianismo ilustrado, porque a fin de cuentas, si se introduce algún matiz en el Tribunal Superior o en el Supremo siempre podrán escudarse en la ignorancia de las jergas legales. Bendita Ley del Jurado que los prefiere legos con certificado.

Y la tercera ya fue planteada en estas páginas cuando comenzó el juicio: que fuese realmente imposible encontrar un solo resquicio para la imparcialidad en un caso tan sumamente conocido, que daba exactamente igual qué se dijera o probara en sala porque el veredicto estaba cantado desde el primer día. Las caras de repugnancia que algunos jurados mostraron durante las declaraciones de los padres de Asunta hablaban por sí solas. No era una reacción puntual, era un estado de ánimo muy preciso.

Ahora estamos en la resaca del ajusticiamiento. Si ayer inflamos la instrucción, ahora haremos lo propio con las lagunas del veredicto, un análisis que ABC realizó el domingo y que el lunes reproducía sin el más mínimo rubor — y sin citar a la fuente— Telecinco en sus informativos y programas. Es de agradecer que aún haya lectores de periódicos. Si ayer exigíamos justicia rápida y fulminante, hoy le damos la vuelta a la toga y nos preguntamos si no habría alguna duda sin resolver. Podemos ejercer el cinismo sin tapujos.

¿Es esto un alegato de inocencia por Rosario Porto y Alfonso Basterra? En absoluto. Es, sencillamente, una proclama por el respeto a nuestro sistema judicial, por la recuperación de su maltrecho prestigio, por tener la garantía como ciudadanos de que las instituciones del Estado de Derecho que nos otorgamos funcionan con corrección. Pequeñas menudencias que no venden periódicos ni generan masivas audiencias en televisión, pero que vertebran una sociedad. Si Porto y Basterra son culpables, que se demuestre y argumente conforme a lo expuesto en un juicio. Pero que no se zanje el debate con la sensación de que las cartas han estado marcadas desde el principio.


Caso Asunta: Dar al público lo que pide
Por JOSÉ LUIS JIMÉNEZ - @Abcengalicia Santiago

ABC Galicia
4 de noviembre de 2015

3/11/15

Córdoba: Más de la mitad de los jurados convocados no responde

Por El Show de la Mañana

El Show de la Mañana
Córdoba - Argentina

Extractos:

Es de resaltar que luego de 10 años de implementación, en vez de aumentar, disminuyen las personas que responden al llamado para ser jurados.

De las 7.412 declaraciones juradas sorteadas para 2015, 3.629 no contestaron. Y los sobres de 878 personas a las que se le libró notificación, fueron devueltos por datos insuficientes, se mudó, desconocido. Más de la mitad no responde.



Reportaje al Dr. Eduardo Soria
Coordinador de la oficina de jurados populares

El Show de la Mañana
3 de noviembre de 2015

1/11/15

España: El veredicto del caso Asunta se tambalea

Por in dubio pro reo

Blog "in dubio pro reo" de José María de Pablo

Extractos:

En la fundamentación por escrito del veredicto en el caso de Asunta Basterra (ver aquí) leemos que el jurado, apoyándose en las conclusiones de la autopsia, establece que la muerte de Asunta se produjo, por asfixia, entre las 18:00 y las 20:00 horas.

Ese dato le permite al jurado considerar probada, sin mucha dificultad, la intervención de Rosario en el asesinato, ya que estaba con su hija en Teo en ese momento: así lo prueban, nos dice el jurado, las grabaciones de las cámaras de seguridad de varios establecimientos, que grabaron a Rosario con Asunta saliendo de Santiago; el cuadrante de la actividad de su teléfono móvil, que le sitúa en el entorno de Teo a esa hora; el registro de la alarma de la casa; así como la propia declaración de la acusada, que reconoció que había llevado a su hija a Teo esa tarde.

Pero el jurado también declaró culpable a Alfonso Basterra, y para ello le situó en el lugar del crimen a la hora del asesinato, con el siguiente razonamiento: “no podemos descartar la presencia de Alfonso en el asiento trasero del vehículo Mercedes en el que Rosario y Asunta se desplazaron a Teo. Iría detrás, de tal modo que no le captaron las cámaras de seguridad porque en ninguna se recogen imágenes de la zona trasera” (apartado 9 del veredicto).

La anterior deducción, (estaba en Teo porque no podemos descartar que fuese con Rosario y Asunta en el coche) vulnera frontalmente el principio in dubio pro reo.

La valoración de la prueba y el principio in dubio pro reo

Mientras que la presunción de inocencia se aplica cuando hay un vacío probatorio (sin prueba de cargo hay que absolver siempre), el principio in dubio pro reo implica que si existe una prueba de cargo, pero su valoración hace dudar al juzgador, el juzgador debe absolver.

Lógicamente, el juzgador –en este caso, el jurado popular– no tiene la obligación de dudar: por muchas dudas que le plantee a una defensa la interpretación de una prueba de cargo, si al juzgador le convence una concreta interpretación, la condena es válida (y el Tribunal Supremo siempre rechaza el recurso de casación cuando la defensa alega que el juzgador debía haber dudado y no lo hizo: quien juzga no está obligado a dudar).

Pero eso sí: cuando el juzgador alberga dudas, está obligado a absolver. Si una prueba ofrece dos interpretaciones, y el tribunal –o el jurado– duda entre las dos, deberá quedarse con aquella que más favorezca al acusado.

El veredicto del Caso Asunta y el principio in dubio pro reo

En este caso, parece obvio que el jurado popular albergó dudas sobre la presencia de Alfonso Basterra en la casa de Teo. No dice “consideramos probado que Alfonso viajaba en el asiento trasero del vehículo”, sino que dice “no podemos descartar la presencia de Alfonso en el asiento trasero del vehículo”. Y si únicamente no lo pueden descartar, es que entonces tampoco lo pueden afirmar. Han dudado. Y si han dudado sobre este punto, debieron considerar no probada la presencia de Alfonso Basterra en ese vehículo y, por extensión, en Teo.

Por tanto, la condena a Alfonso Basterra, en mi opinión, no está fundamentada, y un buen recurso debería conducir, como mínimo, a la repetición del juicio. Ese “no podemos descartar” en medio de un punto tan importante del veredicto huele a sentencia nula. Estamos ante un veredicto que haría las delicias de cualquier abogado defensor especialista en casaciones.


El veredicto del caso Asunta se tambalea
Por José María de Pablo

in dubio pro reo
1 de noviembre de 2015

España: Un 68 % de los gallegos prefieren no formar parte de un jurado popular

Por La Voz de Galicia

La Voz de Galicia
España

Extractos:

Tan solo un 25 % aseguran que estarían dispuestos a integrar un tribunal como el que acaba de juzgar y condenar a Rosario Porto y Alfonso Basterra por el crimen de Asunta.

La mayoría no quiere ser jurado

Los problemas que tuvo la sección compostelana de la Audiencia Provincial de A Coruña para constituir el jurado popular que juzgó el crimen de Asunta se debieron a que muchos de los candidatos pusieron excusas para no tener que ser ellos los que juzgasen a Rosario Porto y Alfonso Basterra. Ese temor a formar parte de un tribunal queda perfectamente reflejado en las conclusiones de la encuesta encargada por La Voz de Galicia a Sondaxe, en la que se revela que sólo el 24,9 % de los gallegos estarían dispuestos a ser jurados, mientras que un abrumador 68,3 % no.

Es esta una cuestión que suscita pocas dudas. O se está o no se está dispuesto a ser jurado. Un 3,2 % matizaron su respuesta apuntando que dependería del caso a juzgar, mientras que otro 3 % dijeron no tener una opinión formada sobre esta cuestión. Significativo es que solo un 0,7 % de los encuestados prefirieron no responder a la pregunta.

Las mujeres son las más reacias a ser jurados. Sólo un 20,7 % estarían dispuestas, por un 72,7 % que no. En el caso de los hombres, la cifra de los que no tendrían reparos en formar parte de un tribunal popular asciende nueve puntos, hasta el 29,6 %, pero siguen siendo amplia mayoría —un 63,3 %— los que no querrían verse en la situación de tener que emitir un veredicto.

A más edad, menos proclives. Son precisamente los más mayores los que se manifiestan con mayor rotundidad en contra de ser jurados. Nada menos que un 80,4 % dicen no estar dispuestos, por el 61,1 % de los jóvenes y el 59,5 % de las personas con edades comprendidas entre los 35 y 54 años.

La mayoría preferiría no ser juzgado por un jurado

En el caso de tener que verse ante la tesitura de sentarse en el banquillo de los acusados, la gran mayoría de los gallegos preferirían que fuese un magistrado el que decidiese sobre su culpabilidad o inocencia y no un tribunal popular.

La encuesta de Sondaxe lo deja claro. El 50,1 % preferirían ser juzgados por un juez, por solo un 22,5 % que optarían por un jurado popular. Un 4,9 % aseguran que su preferencia dependería del delito, por un 21,1 % que no tienen opinión sobre este asunto. Entre los varones, el 53,3 % preferirían ser juzgados por un juez y el 25,2 % por un tribunal popular, mientras que el 47,2 % de las mujeres estarían más cómodas con un magistrado y un 20,2 % con un jurado popular.

La mayoría considera que el jurado es influenciable

Una de las mayores pegas que sus detractores ponen al tribunal popular es que consideran que los miembros del jurado, al no ser profesionales de la justicia como los jueces, son más fácilmente manipulables y es más sencillo que les afecten e influyan en sus decisiones los debates públicos que suscitan casos tan mediáticos como lo es el del crimen de Asunta Basterra.

La encuesta de Sondaxe refleja que un 55,2 % de los gallegos consideran que es así, que el debate público y lo que dicen los medios de comunicación influye en las decisiones del jurado popular. Por el contrario, un 29,6 % consideran que no es así, por un 14,5 % que manifiestan no tener una opinión formada sobre esta cuestión.


Un 68 % de los gallegos prefieren no formar parte de un jurado popular
Por XURXO MELCHOR

La Voz de Galicia
2 de noviembre de 2015

24/10/15

España: "Ignorantes, han matado a mi hijo y han dejado irse a sus asesinos"

 Por Levante

Levante (El Mercantil Valenciano)
España

Extractos:

«¡Ignorantes, canallas!», los gritos de la madre del fallecido son desgarradores. La mujer no entiende cómo el jurado popular, cuya mayoría había hallado culpables a los acusados de matar a su hijo, modificaron su decisión y los absolvieron finalmente del asesinato. «¡Han matado a mi hijo, me lo han quemado!», insistía una y otra vez a la salida de los juzgados tras conocer el veredicto. «El pueblo, ellos han dejado irse a sus asesinos, son unos ignorantes», criticaba Antonia sobre la fiabilidad de los tribunales populares. «Estoy desesperada».

El jurado absuelve a los dos acusados del incendio y de una muerte en Alpuente. El tribunal del jurado decidió absolver ayer a los dos acusados del asesinato de un hombre en su casa de Alpuente, el 11 de diciembre de 2012. El veredicto tuvo que repetirse porque en la primera votación no se alcanzaron los siete votos necesarios (de los nueve miembros del jurado) para condenar a los dos encausados: seis miembros del tribunal popular declararon culpables a los acusados y otros tres los consideraron inocentes.

El jurado tuvo que deliberar durante media hora más. La nueva votación decantó el veredicto a favor de los acusados (ya que la absolución sólo precisa cinco votos frente a los siete que exige la condena, según lo previsto en la Ley del Jurado). El resultado de la segunda votación fue muy reñido: cinco votos a favor de la absolución y cuatro a favor de la culpabilidad de los dos acusados.

La pareja acusada de asesinar a su vecino de Alpuente, Esperanza A. A. y Juan Carlos R. L. que ayer resultaron absueltos, se enfrentaban a 11 y 17 años de cárcel, respectivamente, por un delito de incendio en concurso con otro de asesinato, por causar el incendio que provocó la muerte de Francisco de Paula C. M., según la Fiscalía.

La pareja, defendida por los letrados Patricia Elías Mendez y Alberto Trullenque López, defendió en su declaración que el fuego que mató a la víctima se produjo de forma fortuita durante una discusión entre los tres. Según explicaron ambos acusados el primer día de la vista, la víctima les amenazó con un hacha y, al intentar quitársela, el arma impactó contra una estufa de leña y provocó el incendio. Este detalle se consideró «no probado» por parte del jurado.

La acusación particular que ejercía la familia del fallecido solicitaba que se condenara a cada acusado a 19 años de cárcel. Ahora será el magistrado de la sección segunda de la Audiencia de Valencia, Juan Beneyto Mengó, el que dicte sentencia a partir del veredicto emitido por el jurado.


Ignorantes, han matado a mi hijo y han dejado irse a sus asesinos
Por L. BALLESTER /I. CABANES

Levante (El Mercantil Valenciano)
24 de octubre de 2015