24/4/14

Buenos Aires: Graves dificultades para aplicar el juicio por jurados

Por Red de Jueces Penales de la Pcia. de Bs. As.
 
Red de Jueces de la Provincia de Buenos Aires
 
Extractos:
 
Si bien en la Provincia de Buenos Aires el juicio por jurados es ley vigente desde el 29 de noviembre de 2013 (ley 14.543) y ya comenzaron a elevarse causas a los Tribunales para realizar los juicios, resulta imposible iniciarlos porque no hay listas de electores para sortear, no se realizaron las ampliaciones o modificaciones edilicias indispensables (no hay lugares para que 18 personas sesionen aisladas ni estrados adecuados), no se creó la oficina judicial respectiva lo que no es menor porque tiene a cargo la convocatoria inicial, no se proveyeron los equipos de grabación y no se dispusieron las partidas presupuestarias para los gastos de los jurados.
 
 
Por el Dr. Pedro Rodríguez
Presidente de la Red de Jueces Penales Bonaerenses
 
24 de abril de 2014

20/4/14

España: De la noche a la mañana no se aprende a juzgar

Por Deia - Noticias de Bizkaia
 
Deia - Noticias de Bizkaia
 
Extractos:
 
BILBAO. Cocineros, peluqueros, profesores... todos los ciudadanos pueden ser parte de un jurado popular en un juicio. Personas normales y corrientes que de la noche a la mañana se ven en la tesitura de tener que decidir si una persona es o no culpable de un delito del que se le acusa. Se trata de una decisión compleja y que, sin lugar a dudas, ha dividido a la opinión pública sobre la eficacia de esta figura. Decisiones polémicas que llevan incluso a repetir juicios.
 
Esto es lo que ha pasado hace unos días en el caso del crimen del Pagasarri. Después de dos décadas sin pistas sobre quién asesinó a Néstor Gándara —su cuerpo apareció sin vida en 1996 con evidentes signos de violencia en el monte bilbaino—, la Ertzaintza halló indicios que le llevó al arresto de I.A.A. como presunto autor de su muerte.
 
El juicio se celebró el pasado diciembre y el jurado popular decidió por unanimidad decretar su inocencia. Un mazazo sin duda para la familia de Néstor, que recurrió la decisión ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV). El Alto Tribunal decidió entonces desoír el veredicto del jurado y la sentencia absolutoria del juez y ordenó a la Audiencia Provincial repetir el juicio. "El Tribunal Superior estimó que el jurado popular no dio razonamientos suficientes para culpar o absolver al acusado", explica sobre el caso a DEIA el abogado penalista José Ricardo Palacio.
 
En muchos de los casos, sin ni siquiera habérselo planteado, muchos ciudadanos se tienen que enfrentar a un juicio y decidir si la persona que está siendo juzgada es o no culpable de los hechos de los que se le acusa. "La función del jurado es obligatoria y el ciudadano que ha sido elegido no puede negarse, a excepción de los mayores de 65 años, una persona que ha formado parte de otro jurado popular en los últimos cuatro años o una persona que trabaja en el extranjero", detalla José Ricardo Palacio.
 
No es ficción, es la realidad. Once personas elegidas a través de un sorteo —nueve de ellos ciudadanos titulados y dos sustitutos— componen este grupo popular. Una elección en la que cualquiera tiene la posibilidad de ser seleccionado, pero que sin embargo, no es un cometido fácil que pueda sobrellevarse por todos igual. "A un jurado se le pide que se pronuncie en hechos, si están probados o no. No se le piden razonamientos técnicos, pero tienen que dar una explicación correcta, adecuada, si no habrá un defecto en el veredicto, tal y como ha sucedido en el crimen del Pagasarri", afirma el abogado penalista.
 
No todos los casos son similares y algunos contemplan mayores dificultades. Además, hay que tener en cuenta que los ciudadanos que forman parte del jurado popular no son profesionales, por lo tanto tienen que realizar un mayor esfuerzo para ceñirse a las pruebas con las que cuentan antes de tomar una decisión final.
 
En su mano también está el futuro de los acusados. Por eso, el jurado tiene que tener en cuenta cada prueba y testimonio que aporte datos para no equivocarse en su veredicto final. Y es que, al fin y al cabo, el jurado tiene que defender su decisión final con pruebas, sin entrar a valorar y opinar.
 
La complicación de hacer de juez, abogado o de la opinión de pueblo sin tener mucha idea puede influir en esa decisión. El lado económico también. Y es que mantener a un jurado no sale barato. "Todas las personas que forman parte de un jurado perciben una remuneración por ello", desvela Ricardo Palacio. Concretamente, cobran 70 euros por día que dura el juicio más la manutención, el alojamiento en un hotel y el kilometraje desde la residencia del miembro del jurado hasta la sala donde se desarrolla el juicio.
 
 
"De preparar platos a solucionar crímenes"
Por Eunate F. Domínguez
 
Deia. Noticias de Bizkaia
España
20 de abril de 2014

14/4/14

España: Las debilidades del jurado popular

Por El Comercio.es
 
El Comercio.es - Gijón
 
Extractos:
 
¿Está cualquier ciudadano capacitado para impartir Justicia? Las últimas vistas orales que se han celebrado mediante la modalidad de jurado popular en Gijón no han estado exentas de controversia.
 
La última, la semana pasada durante el juicio por el crimen de la cuadra de Quintueles (Villaviciosa), que sentaba en el banquillo de los acusados a Ángel F. V. por haber disparado a Evaristo Álvarez Pastur con la escopeta de caza apoyada en su pecho. El primer proyectil le «reventó el corazón», tal y como quedó acreditado en el juicio.
 
Los integrantes del jurado popular rebajaron con su veredicto a la mitad la condena solicitada por la fiscalía y por las acusaciones particulares, que lo consideraban autor de un delito de asesinato y pedían para él 16 y 17 años de prisión respectivamente.
 
Los razonamientos que utilizaron en su deliberación los integrantes del jurado popular fueron apabullantes, ya que dieron por probado que el enjuiciado tenía las capacidades volitivas seriamente mermadas por la humillación que le causó saber que su amigo 'Varis' había iniciado una relación sentimental con su excompañera sentimental.
 
Los peritos forenses que le sometieron a examen, en cambio, concluyeron que Ángel F. V. «sabía lo que hacía y era plenamente consciente de su conducta».
 
La víctima «le provocó, le amenazó y le llegó a decir que 'Disparase si tenía huevos', que 'se iba a comer la escopeta'». Apreciaron los miembros del jurado popular las atenuantes de arrebato y de confesión, ya que tras dejar muerto a Evaristo en la cuadra de caballos que le tenía alquilada, se personó en la Comisaría para avisar de que había matado a un hombre. No quiso, sin embargo, ser interrogado por la Policía.
 
Durante el juicio, el jurado, a tenor de la motivación que pusieron por escrito para emitir el veredicto, creyeron más la versión del psiquiatra pagado por el abogado de la defensa que la de los testigos y los peritos judiciales.
 
La familia y la fiscalía recurrirán la condena de siete años y medio que le impuso el magistrado de la Sección Octava de la Audiencia Provincial por el delito de homicidio.
 
Circunstancias similares, esta vez en contra del reo, se dieron en torno al conocido como 'crimen del Carvi'. El procesado por la muerte del hostelero Juan Carlos Roces fue condenado a 18 años de prisión tras someterse a un juicio en 2012 por la modalidad de jurado popular.
 
Poco después, en abril de 2013, el Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) fallaba a su favor y decretaba su puesta en libertad inminente. En febrero de 2014, el Tribunal Supremo tuvo la última palabra y confirma la absolución de José Antonio López Llorca.
 
Consideró que el fallo del jurado popular «vulneró el derecho a la presunción de inocencia», esto es, se emitió sin contar con pruebas suficientes que certificaran la autoría del crimen.
 
Juan Carlos Roces murió asesinado el 4 de marzo de 2010 dentro del bar que regentaba en la calle de Ezcurdia, tras recibir 19 puñaladas. Durante todo el procedimiento judicial negó ser el autor de la muerte violenta y achacó las contradicciones en las que había incurrido en su declaración ante la Policía por el miedo a que le «relacionasen en un asunto de drogas».
 
El crimen de la cervecería Carvi ha quedado sin resolver y ha vuelto a poner encima de la mesa las lagunas existentes en la polémica ley del jurado popular, aprobada en 1995 y que permite a ciudadanos participar en la impartición de justicia.
 
 
El Comercio.es
Olaya Suárez - Gijón
15 de abril de 2014

10/4/14

España: Otro veredicto del jurado anulado

Por La Tribuna de la Ciudad Real
 
La Tribuna de la Ciudad Real
 
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El Supremo ratifica el fallo el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla-La Mancha que anula el veredicto del jurado y la sentencia dictada por el presidente magistrado que absolvía al médico procesado por un delito de omisión del deber de socorro o, lo que es lo mismo, se le acusaba de no asistir a un joven de 23 años que sufrió un desvanecimiento a causa de una dolencia cardiaca y murió a unos metros del hospital de Manzanares en febrero de 2008. Le acompañaba su pareja en avanzado estado de gestación, que dio a luz una niña unos días después.
 
Según la sentencia del Alto Tribunal a la que ha tenido acceso La Tribuna, no ha lugar al recurso de casación interpuesto por el médico Bernardo C. R., de 59 años y nacionalidad dominicana, contra la sentencia dictada por el TSJ. Es decir, desestima el recurso presentado por el facultativo con objeto de anular dicha sentencia y da la razón al Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.
 
Así que se ordena repetir el juicio contra este médico. Empezar de cero. Elegir un nuevo jurado y un magistrado presidente para volver a enjuiciar los hechos en la Audiencia de Ciudad Real.
 
Hace un año, en el mismo escenario judicial, comenzó el juicio con jurado popular formado por siete hombres y dos mujeres. El 19 de abril de 2013 emitió su veredicto y declaró no culpable al médico Bernardo C. R. Tres días después, el presidente magistrado del Tribunal del Jurado dictó sentencia de conformidad con el veredicto de no culpabilidad emitido por estos siete hombres y dos mujeres, absolviendo al procesado.
 
La fiscal Victoria García dijo entonces que acataba el fallo, pero ya anunció que lo iba a recurrir, algo inusual. La abogada María del Carmen Nieto- Márquez Criado, que ejerció la acusación particular en nombre de la familia del joven fallecido, también avanzó que iba a interponer un recurso. Tres meses después, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ordenó repetir el juicio. Según el fallo al que tuvo acceso este diario, el TSJ estimó los recursos presentados por la fiscal y la acusación particular y declaró nulos el veredicto del jurado y la sentencia dictada por el presidente magistrado contra el médico. Fue entonces cuando Bernardo C. R. presentó el recurso de casación que acaba de desestimar el Supremo.
 
La labor de la fiscal García Gavilanes y del fiscal superior de Castilla-La Mancha, José Martínez, ha sido «extraordinaria», destaca la letrada Nieto-Márquez, quien en declaraciones a este diario, afirma que la familia «sólo quiere justicia, un juicio justo» y, por ello, la resolución del TSJ de Castilla-La Mancha y ahora la del Tribunal Supremo ha renovado sus esperanzas.
 
 
El Supremo ratifica que se repita el juicio contra un médico absuelto
Por Pilar Muñoz
 
Publicación La Tribunal de la Ciudad Real
11 de abril de 2014

20/3/14

Reino Unido: Un jurado se ríe al conocer el tamaño del pene del acusado

Por Diario Registrado

Diario Registrado
www.diarioregistrado.com
 
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Un juicio por abuso sexual tuvo que ser detenido por un tiempo determinado luego de que el jurado no pudiera contener la risa al enterarse que el acusado tiene un pene diminuto.
 
Max Clifford, de 70 años, está acusado de abusar sexualmente de siete mujeres de entre 14 y 19 años en la década de 1980, y recién ahora se está llevando a cabo un juicio en Inglaterra por los daños cometidos.

Pero lo que más llamó la atención fue el ataque de risa que le agarró al jurado, luego de escuchar a una de las víctimas que mencionó el diminuto tamaño del pene del hombre en cuestión, que hasta incluso se animó a tirar un número: "6,3 centímetros erecto".

El abogado defensor siguió haciendo preguntas sobre el miembro de acusado, a lo que la víctima respondió "Tengo una boca muy pequeña, mi dentista siempre me dijo eso", lo que hizo reír aún más fuerte al jurado.

El juez a cargo del caso, Anthony Leonard, tuvo que hacer un receso de 25 minutos para que todos los allí presentes se recompongan. "Tenemos que recordar que esto es un tribunal de justicia y que estamos frente a graves acusaciones".
 
N.E.: Dejar la libertad del acusado y los derechos de la víctima en manos de un jurado popular, es dejar sus destinos en manos de personas infantiles que ni siquiera son capaces tomarse con seriedad la delicada labor de juzgar.
 
 
Diario Registrado
20 de marzo de 2014

19/3/14

Neuquén: La contaminación del jurado

Por Diario Río Negro
 
Diario Río Negro
rionegro.com.ar
 
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La constitución de un juicio por jurados conforme la aplicación del nuevo Código Procesal Penal, ya despertó su primera gran controversia.

Un juez de Garantías decidió mudar la audiencia de debate de un bárbaro crimen ocurrido en San Martín de los Andes a la vecina ciudad de Junín de los Andes, y con jurados de esa localidad, excluyendo a los sanmartinenses de ese tribunal.

El juez Mariano Etcheto hizo así lugar a un planteo de la defensa, fundado en la presunción de que, debido a la conmoción local provocada por el hecho, no podría formarse jurado con garantías de imparcialidad.

El crimen en cuestión ocurrió en julio de 2013, cuando una patota mató a golpes y puñaladas a un vecino de Cordones del Chapelco.
 
 
Diario Río Negro - rionegro.com.ar
19 de marzo de 2014

5/2/14

Puerto Rico: Los gastos del jurado

Por El Nuevo Día

Publicación elnuevodia.com
Puerto Rico

Extractos:
 
Secuestrar por un día al panel que compuso el jurado del juicio contra la empleada doméstica Aida de los Santos o contra el vendedor de seguros, Pablo Casellas Toro, costó al erario aproximadamente U$D 1.290, solo por pernoctar una noche en un hotel, según datos estimados provistos por la Oficina de la Administración de los Tribunales (OAT).
 
Los U$D 1.290 cubren 10 habitaciones para los miembros del jurado y su seguridad, a base de una tarifa promedio de  U$D 129 por cada noche, explicó el portavoz de prensa de la OAT, Daniel Rodríguez. En cada habitación deben hospedarse dos jurados, precisó.
 
“Con relación al gasto de hotel por secuestro de jurados, varía según las tarifas de cada hotel y de los días en que se contrate el servicio. Es decir, el tiempo que tome el jurado en deliberar. Incluso varía por Región Judicial. Los hoteles en San Juan son más caros que en Arecibo, por ejemplo. Por ello, no es posible ofrecer un estimado exacto”, destacó Rodríguez.
 
Explicó que cuando se secuestra el jurado, la OAT debe cubrir los gastos de alojamiento de cada uno. El secuestro implica llevar a los miembros del jurado a un hotel sin acceso a los medios de comunicación hasta que el juez ordene lo contrario.
 
Usualmente, y como sucedió en los casos antes mencionados, los jueces lo han ordenado previo al proceso de deliberación. La medida es común en casos de alto perfil.
 
Ahora bien, la OAT paga a toda persona que no disfrute de una licencia laboral que le permita recibir el salario de su empleo mientras sirve de jurado, una compensación de U$D 20 diarios o U$D 25 diarios si reside en Vieques o Culebra. Por ejemplo, un miembro del jurado que no cuenta con esa licencia para recibe U$D 200 al cabo de 10 días de juicio.
 
 
¿Cuánto cuesta un jurado?
Por Gloria Ruiz Kuilan / gruiz@elnuevodia.com
Puerto Rico
 
elnuevodia.com
5 de febrero de 2013 

29/1/14

España: Cada jurado costó a las arcas públicas 760 euros en 2013 en Bizkaia

Por El Correo
 
El Correo.com - Biskaia
 
Extractos:
 
El coste del hotel, comidas y traslados de tres juicios con tribunal popular celebrados el año pasado se elevó a 27.500 euros.
 
Cada miembro del jurado de tres de los juicios celebrados el año pasado en la Audiencia provincial vizcaína costó 763 euros a las arcas públicas, según los datos facilitados por el Departamento de Justicia del Gobierno vasco.
 
La factura del hotel, las comidas y los traslados de las personas designadas como jurado se elevó a 27.498,54 euros, según la respuesta del consejero de Justicia, Josu Erkoreka, a la parlamentaria socialista Miren Gallástegui publicada en la web de la Cámara de Vitoria.
 
Solo el precio de las habitaciones de hotel más la cena, con el desayuno incluido, para estas 36 personas ―cada jurado está formado por nueve miembros, más dos suplentes que siguen toda la vista oral por si hubiera alguna baja― ascendió a 1.562,22 euros.
 
El establecimiento en el que se alojan es el Holiday Inn, el más próximo al Palacio de Justicia de Bilbao. Después de cada sesión del juicio, los miembros del jurado pueden irse a sus domicilios, pero una vez que el magistrado-presidente les entrega el objeto del veredicto quedan incomunicados sin poder salir del hotel hasta que toman una decisión, si declaran culpable o no culpable al acusado o acusados del delito.
 
El coste de los almuerzos fue de 1.804,67 euros, y del refrigerio y café, de 771,85 euros. La mayor cantidad, 23.359 euros, fue destinada a los traslados y las dietas de los hombres y mujeres elegidos para desempeñar esta función.
 
 
El Correo.com

24/1/14

Nicaragua: Crímenes impunes porque no se presentan las personas citadas como jurados

Por El Nuevo Diario
 
El Nuevo Diario de Nicaragua
 
Extractos:
 
Dalila Rodríguez, una madre que perdió a su hijo, a consecuencia de la violencia en Bluefields, está consternada porque además de perder a su vástago, Eyner Ríos Rodríguez, ahora está cansada de llegar al Juzgado Local en busca de justicia, lugar a donde no se presentan las personas citadas como jurados.
 
“Es la quinta vez que se reprograma el juicio, suplico que me ayuden para que haya justicia; hoy me toca a mí, mañana puede ser a cualquiera. Pido a las personas que han sido llamadas como jurados a que asistan, y que la muerte de mi muchachito no quede impune”, expresó la madre, quien relata que el 22 de septiembre de 2013 un grupo de sujetos asesinó a su hijo de 16 años de edad, en circunstancias aún no esclarecidas.
 
Constantes cambios
 
La Juez Hellen Lewis dice que la situación es preocupante y que el año pasado varios crímenes quedaron impunes por falta de jurados. “Hay casos fatales que se cierran por vencimiento de término y la constante reprogramación de juicios; son delitos de homicidio y asesinato”, dice Lewis, quien señala que la retardación de justicia conlleva a la impunidad.
 
“Esta retardación de justicia ocurre por la reprogramación de las audiencias de juicio, los ciudadanos deben tomar conciencia de que esas ausencias no contribuyen a la seguridad y la paz social”, indica la juez.
 
Irresponsabilidad o miedo
 
Para llevar a cabo un juicio se requiere como mínimo de seis personas e integrar un jurado, pero por lo general solo asisten 4 o 5, asegura el fiscal regional Boanerges Fornos.
 
 
"Blufileños se quejan de juicios irregulares"
Por JESÚS SALGADO
 
El Nuevo Diario
Nicaragua
24 de enero de 2014

20/1/14

España: El jurado no sabe lo que es el ensañamiento

Por Diario Información

Diario Información

Extractos:

Dos crímenes de violencia de género juzgados por un jurado popular, en el que el veredicto del tribunal popular fue más severo de lo que reclamaba la Fiscalía.

El ministerio público ha recurrido ante el Tribunal Superior de Justicia las dos últimas condenas por crímenes de violencia machista dictadas en Alicante por un jurado para solicitar que se elimine la agravante de ensañamiento, según ha confirmado a este diario fuentes cercanas al caso.

En mayo, la Audiencia imponía 23 años de cárcel al hombre que mató de 13 puñaladas a su mujer en Alicante tras una discusión. Mientras que en julio, tras otro proceso con jurado, era condenado a más de 32 años de prisión el hombre que asesinó de nueve cuchilladas a su mujer en Mutxamel y después pegó fuego a la vivienda.

En ambos casos, el jurado estimó en su veredicto que había existido ensañamiento. Una agravante que solicitaban las acusaciones particulares ejercidas por la familia de las víctimas, representadas en los juicios por los abogados Aitor Gallastegui y José Luis Sánchez Calvo, respectivamente.

Esta semana ha sido especialmente problemática en violencia de género, donde se han producido hasta cinco muertes de mujeres asesinadas.

Aunque ambos fueron crímenes brutales, para la Fiscalía el ensañamiento no es esto. Para los fiscales, para que exista un ensañamiento es necesario que el asesino haya tratado de prolongar deliberadamente el sufrimiento de su víctima, llegando incluso a torturarla. A pesar de que en ambos casos, las víctimas presentaban un elevado número de puñaladas, para la Fiscalía esto no quiere decir necesariamente que el asesino se enseñara, ya que las cuchilladas se propinaron en un corto lapso de tiempo que indican que los acusados sólo querían acabar con la vida de su pareja, no torturarla.

El criterio es que lo que se conoce como ensañamiento en el habla popular no es lo mismo cuando se trata de la agravante del Código Penal.

En el primero de los crímenes juzgados, Ioana Elisabeta Toflea recibió hasta trece puñaladas en el pecho el 4 de junio de 2012 que le causaron la muerte de manera casi instantánea de manos de su marido, Lucien Manuel Cosma. El tribunal popular entendió que con este número de cuchilladas se le causó un sufrimiento innecesario. La agravante obligó a subir de 20 a 23 años la petición de condena.

Por su parte, Luis Javier Santamaría Villar asesinó de nueve puñaladas a su mujer, Mireia Roma, en Mutxamel el 12 de abril de 2011 y después pegó fuego al cadáver, iniciando un fuego que obligó a desalojar el inmueble. Se le impusieron 32 años de cárcel. El hecho de haber intentando hacer desaparecer el cadáver con el fuego fue la interpretación que hizo el jurado de que se aumentó el sufrimiento.

N.E.: Cuando se pone en manos de personas inexpertas la función de decidir cuestiones jurídicas, se llega a decisiones que se apartan de la justicia.

Enlace: Versión On Line

"La Fiscalía no se ensaña"
Por José Antonio Martínez

Diario Información
19 de enero de 2014

17/1/14

España: El gobierno Vasco gastó 51.000 euros en seis jurados populares

Por Noticias de Gipuzkoa
 
Publicación Vazca "Noticias de Gipuzkoa"
 
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Los seis juicios con jurado popular celebrados en tribunales de Euskadi durante el año pasado generaron unos gastos de más de 51.000 euros al Departamento de Administración Pública y Justicia del Gobierno Vasco.
 
La mayor parte de ese importe se destinó al pago de las dietas de las 66 personas que conformaron esos jurados, así como a cubrir sus traslados a las dependencias judiciales.
 
De acuerdo con las respuestas aportadas por el consejero vasco de Administración Pública y Justicia, Josu Erkoreka, a tres preguntas parlamentarias sobre los costes de mantenimiento de los jurados populares en cada uno de los territorios de la Comunidad Autónoma Vasca durante 2013, en la Audiencia Provincial de Araba no tuvo lugar ningún juicio con jurado, mientras que en las de Gipuzkoa y Bizkaia hubo tres en cada una.
 
Concretamente, en el territorio guipuzcoano se juzgó a un hombre por matar a su compañero en Bergara, a un joven por asesinar a su tío en un caserío de Lasarte-Oria y unas funcionarias de Donostia por quedarse con parte de la recaudación de la tramitación de los DNI.
 
Los juicios con tribunal popular, que se reinstauraron en el Estado español en 1995, conllevan unos costes superiores a los de tribunal profesional debido a que hay que abonar las dietas de las once personas que forman parte de cada jurado, así como atender sus necesidades durante las jornadas que dure el juicio en el que participan y la posterior deliberación.
 
Las dietas Durante 2013 y en el caso de la Comunidad Autónoma Vasca, el Departamento de Justicia ha tenido que cubrir los gastos ocasionados por seis juicios con tribunal popular: tres en Gipuzkoa y otros tres en Bizkaia.
 
El coste total para el Gobierno Vasco ha sido de 51.093 euros, de los que 23.595 corresponden a los procesos desarrollados en la Audiencia Provincial de Gipuzkoa y 27.498 a los de Bizkaia.
 
El 89% de este importe —un total de 45.490 euros— se lo lleva el abono de dietas y gastos de transporte, mientras que la partida más pequeña —925 euros— corresponde al servicio de "refrigerio y café" que se proporciona a los jurados durante las sesiones del juicio.
 
En los gastos ocasionados por los jurados populares hay que incluir las dietas de unos 43 euros que se abonan a todas las personas que son inicialmente convocadas para conformar el tribunal —se llama a 36 candidatos a jurado para cada proceso— por asistir a una jornada de formación tras la que finalmente son seleccionados 9 jurados titulares y dos suplentes.
 
Así, en 2013 un total de 216 personas asistieron a esas jornadas formativas impartidas por personal judicial, con lo que el abono de dietas superó los 9.000 euros.
 
Una vez seleccionado, cada persona que conforma el jurado percibe una dieta diaria de 84,29 euros. El Departamento de Administración Pública y Justicia también se hace cargo de los gastos de transporte de los jurados a razón de 0,21 euros por kilómetro, gastos de parking, autopista, autobús, metro o cualquier sistema que utilicen, pero siempre presentando la factura correspondiente.
 
Otro apartado importante son los gastos de hotel, que solo se generan cuando el primer día de deliberación acaba sin acuerdo y es necesario continuar al día siguiente. Durante los juicios los jurados están acompañados en todo momento por dos policías judiciales e incluso uno de ellos se queda en el hotel en el que pernoctan cuando se da el caso.
 
 
"El gobierno Vasco gastó 51.000 euros en seis jurados populares"
Por B. Sotillo
Noticias de Gipuzkoa
 
Euskadi - España
17 de enero de 2014

10/1/14

Nicaragua: Juicios suspendidos por ausencia de jurado

Por La Prensa
 
Publicación La Prensa
Nicaragua
 
Extractos:
 
Más de 36 juicios orales y públicos fueron suspendidos el año pasado en el Juzgado del Distrito Penal de Juicio de Somoto, por la ausencia de personas escogidas para integrar los tribunales de conciencia.
 
El juez del Distrito Penal de Juicio de la ciudad de Somoto, el doctor Erick Laguna Averruz, señaló: “El año pasado nos vimos obligados a tener que imponer multas a algunas de las personas que estaban convocadas a integrar los jurados de conciencia, en vista de que no justificaron sus ausencias”.
 
“La continua ausencia de los integrantes de los jurados de conciencia en los juicios nos están causando muchos problemas porque se afecta tanto a la víctima como al procesado”, dijo.
 
“La ventaja que tengo para este mes de enero es que ninguno de los juicios son con jurados”, indicó el juez Laguna, al indicar que para este mes en ese Juzgado se ventilarán 26 casos, de los cuales siete corresponderán a delitos de orden sexual, 11 a casos de drogas y el resto está relacionado con robos.
 
OTRO PROBLEMA: LA INFRAESTRUCTURA
 
Doctor Erick Laguna Averruz
Juez del Distrito Penal de Juicio de Somoto
 
En Somoto se espera que este mes inicie la construcción del nuevo complejo judicial en un área donada hace ocho años por la municipalidad. Se tiene previsto invertir más de 45 millones de córdobas.
 
El centro albergará los Juzgados Penales, Civiles, Laborales, de la Familia, Medicina Forense, Defensoría Pública, el Registro Público de la Propiedad, entre otras dependencias.
 
“Las condiciones de infraestructura que aquí tenemos (en donde funciona el Juzgado) son bastante problemáticas para poder realizar juicios porque hay serias limitaciones en cuanto a espacio y a la seguridad”, dijo Laguna.
 
 
Juicios suspendidos por ausencia de jurado
Por William Aragón Rodríguez
 
Publicación "La Prensa" - Nicaragua
10 de enero de 2014

19/12/13

EE.UU.: Otro inocente condenado a cadena perpetua por un jurado

Por El Diario de El Paso

El Diario de El Paso
 
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Una nueva esperanza llegó para Daniel Villegas, el paseño que lleva casi 19 años en la cárcel por un crimen que presuntamente no cometió, pues una Corte de Apelaciones estatal decidió que podrá tener un nuevo juicio.

‘No me puedo ni sentar, hemos estado brincando de gusto. Habíamos pasado tanto tiempo esperando. Estamos muy contentos, pero al mismo tiempo tengo miedo porque aún no terminamos’, dijo entre lágrimas, vía telefónica, la madre de Daniel, Yolanda Villegas.

Este viernes se hará una audiencia para solicitar una fianza para Daniel, algo que su madre espera con mucha ansiedad.

‘Ya estábamos preparando volver a hacerle fiesta de cumpleaños en la Corte y si lo liberan el viernes, hasta podremos pasar la Navidad juntos’, dijo la señora Villegas.

El activista paseño John Mimbela, quien se declara en contra de condenas incorrectas y de la pena de muerte y ha organizado protestas por la inocencia de Villegas en varias ocasiones, dijo estar feliz de que se haya creado esta oportunidad para Daniel.

‘Estamos muy felices que la Corte en Austin está de acuerdo en que Daniel merece un juicio nuevo y esperamos que el viernes esté en casa con su familia’, dijo Mimbela.

El documento de apelación obtenido por este medio indica que aunque la Corte no acepta que se demostró su inocencia en el juicio previo, sí está de acuerdo en que no tuvo una efectiva asistencia de consejo.

‘Estamos de acuerdo que el solicitante (Villegas) demostró que el consejo no fue efectivo al no presentar evidencia de posibles perpetradores alternativos y por no descubrir y presentar evidencia que hubiera permitido al jurado dar efecto a una confesión voluntaria en este caso’, indicó el documento publicado el 18 de diciembre.

Villegas fue condenado a cadena perpetua por el asesinato de dos hombres, Armando ‘Mando’ Lazo y Robert England, en un hecho que ocurrió en 1993, cuando el presunto responsable tenía sólo 16 años de edad.

En un primer juicio, el jurado se declaró incapaz de dar un veredicto, mientras que en un segundo, en 1995, se le encontró culpable de homicidio, principalmente porque Daniel aceptó su responsabilidad en los hechos, al momento de ser capturado.

Sin embargo, como en manifestaciones anteriores, familiares, amigos u activistas, apuntaron un fin de semana que Villegas fue obligado a declararse culpable por Al Márquez, investigador del caso.

A mediados de agosto de 2012, el juez Samuel Medrano de la Corte de Distrito 409 recomendó que el caso de Villegas fuera llevado ante la Corte de Apelaciones Criminales del Estado de Texas, después de determinar que había tenido una defensa inapropiada y que podría ser inocente.

Uno de los argumentos determinantes fue el de un testigo ocular del asesinato, quien afirmó que Villegas no era el responsable.

Por lo pronto, la madre de Daniel asegura que estará desde antes que abran la Corte este viernes ‘con su cobija’ y con la esperanza de que liberen a su hijo bajo el pago de una fianza.
 
N.E.: Un jurado no está capacitado para juzgar rectamente. Condenar a una persona sobre la base de una confesión obtenida a través de un interrogatorio policial y existiendo un testigo ocular que desincrimina al imputado, sólo es imaginable en una justicia amateur, llevada adelante por un jurado inexperto. Un inocente perdió 19 años de su vida por culpa de los juicios por jurado.
 
 
El Diario de El Paso
"Acuerda Corte nuevo juicio para sentenciado a cadena perpetua"
Por Iván Rodríguez
19 de diciembre de 2013

8/12/13

España: El jurado "quema" a los ecologistas

Por Diario de León
 
Diario de León - España
 
Extractos:
 
Primero fue el Fiscal de Medio Ambiente de Asturias, Joaquín de la Riva Llerandi. Después, doce grupos ecologistas de la Cordillera Cantábrica. Todos coincidieron en el año 2012 en solicitar al Ministerio de Justicia que eximiera al Tribunal del Jurado de pronunciarse sobre casos de incendios forestales, convencidos de que un jurado popular no es la mejor opción para juzgar este tipo de delitos.
 
La absolución del celador de la Reserva de Caza de Los Ancares, declarado «no culpable» por un jurado en la Audiencia de León, y las manifestaciones del fiscal del caso, Jacinto Villalvilla, apostando por una reforma legal en la misma línea ha llevado ahora la Plataforma en Defensa de la Cordillera Cantábrica, personada en el juicio a través de Ecologistas en Acción, a recuperar aquella reclamación.
 
La petición de los doce colectivos ecologistas asturianos advertía de que el delito de incendio forestal no cumple el requisito de «escasa complejidad técnica» que exige su enjuiciamiento por parte del Tribunal de Jurado, y sobre todo «a la dificultad técnica se une la dificultad en la valoración de las pruebas».
 
Los ecologistas se apoyaban en la Instrucción sobre la Designación de Fiscales Especialistas en materia de Incendios Forestales de 2005 que declaraba que «se trata de delitos de difícil indagación y sobre los que concurren dificultades probatorias específicas».
 
En los delitos de incendio «no suele contarse con evidencia directa» y «la acusación debe acudir a la prueba indiciaria», señalaba la instrucción a los fiscales. Pero «ocurre que los jurados tienen a considerar no probado que los acusados prendan fuego al monte porque nadie les ve materialmente hacerlo, sin que sea valorado por sus miembros el hecho de que se vea salir al acusado del lugar donde esa el incendio en los momentos posteriores a iniciarse sin que haya nadie más en la zona».
 
«Y es que —argumentaban los ecologistas en su petición al Ministerio para reformar la Ley Orgánica del jurado — valorar una prueba indiciaria no se consigue aplicando únicamente la deducción, sino que supone un pensamiento más complejo en el que se persigue la reconstrucción de un hecho».
 
Precisamente el fiscal Villalvilla entiende que el jurado del caso del celador incurrió en «un error de valoración en las pruebas», pero la Ley de Enjuiciamiento no contempla este supuesto como motivo para recurrir el fallo de un tribunal popular.
 
Los cinco grupos personados en la causa del celador reiteraron ayer que sí recurrirán la absolución porque existen «argumentos jurídicos» para hacerlo y «si el veredicto hubiera sido de culpabilidad por cinco votos a cuatro, la defensa hubiera recurrido». Los ecologistas confían que el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León admita a trámite su recurso.
 
 
Diario de León
Por C. Fidalgo
Ponferrada - España
8 de diciembre de 2013

7/12/13

EE.UU.: Un jurado dejó 25 años preso a un inocente

Por El Diario

Publicación "El Diario"
Uruguay
  
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Para Michael Morton, el 12 de agosto de 1986 fue el último día feliz de su vida. Él apenas había cumplido 32 años.

Al día siguiente, todo le fue arrebatado. Christine, su esposa, fue atacada y asesinada en su casa en el condado de Williamson, Texas, en las afueras de Austin. Michael Morton estaba en el trabajo en ese momento. Aún así, las autoridades sospecharon de él.

“La gente inocente piensa que sí sólo dices la verdad entonces no tendrás nada que temer de la policía”, dice ahora Morton. “Si tú te apegas a la verdad, que el sistema funcionará, todo saldrá a la luz, todo estará bien”.

En cambio, Morton fue acusado, le arrebataron su hijo, y enviado a juicio. El fiscal, hablando al jurado en términos emocionales con lágrimas corriendo por su cara, presentó una imagen de un escenario de depravación sexual, acusando a Morton de golpear a su esposa por rechazar tener sexo en su cumpleaños.

“No hubo pruebas científicas, no hubo testigos, no hubo arma asesina, no hubo presentación de un motivo creíble”, dice Morton. “Yo no podía ver a cualquier persona racional, pensante que diría que eso fuera suficiente para dar un veredicto de culpable”.

Pero sin otros sospechosos, el jurado lo declaró culpable. “Todos sentimos una convicción fuerte de que esto era justicia para Christine y que estábamos haciendo lo correcto”, dice Mark Landrum, quien era el presidente del jurado.

Morton pasó cerca de 25 años en prisión.

El veía a su hijo Eric únicamente dos veces por año. “Me encantaba verlo, me fascinaba cada movimiento”, dice Morton. Pero Eric “se estaba volviendo más distante”, dice Morton. “Él se estaba volviendo menos mío”.

De adolescente, Eric no tenía recuerdos de su padre fuera de prisión. Las cartas que su padre le escribía eran “sólo una ventana a una vida que jamás fue”, dice él. Su padre “apenas existió en mi vida. Yo no tenía recuerdos de él fuera de mis visitas a la prisión”.

Eric decidió dejar de visitar. “Yo creo que era vergonzoso para mí pensar que tenía que ir a la prisión a ver a mi papá”.

Michael Morton le escribió a Eric diciéndole que tenía que llegar y decírselo en persona. Lo hizo.

“Fue otra de esas cosas dolorosas, que te duermen”, dice Morton. “Yo solo miré a mi cuñada y le dije algo así como, ‘Cuida de mi hijo’”.

Eric también cambió su apellido al de los parientes quienes lo criaron.

Hace un par de años, un grupo de abogados trabajando en nombre de Morton, pro bono, logró traer a luz la verdad. Morton, no sólo era inocente, sino que el fiscal, Ken Anderson fue acusado de retener pruebas cruciales.

El niño, Eric, había visto el ataque y le dijo a sus parientes que papá no estaba en casa en ese momento. Él describió al hombre que lo hizo. Los vecinos habían descrito a un hombre estacionando una camioneta verde detrás de la casa de los Morton y caminar hacía un área boscosa. Un pañuelo manchado con sangre fue encontrado en las cercanías. Ninguna de estas pruebas llegó al juicio.

Tomó años de lucha, pero los abogados de Morton finalmente lograron enviar el pañuelo a pruebas de ADN. Este contenía la sangre y el cabello de Christine Morton y ADN de otro hombre; Mark Norwood, un criminal convicto.

Norwood había dado muerte a Christine Morton. Y como nadie había descubierto esto después de su muerte, él permanecía libre. El dio muerte a otra mujer en el área de Austin, Debra Baker, en circunstancias similares, menos de dos años después, dicen las autoridades.

Norwood ahora ha sido condenado por la muerte de Morton, y ha sido procesado en la muerte de Baker.

Morton fue puesto en libertad en octubre 2011. Él tenía 57 años. “Le doy gracias a Dios que no fue un caso de pena capital”, dice él.

La historia de Morton, contada en un documental de CNN, titulada “Un sueño irreal”, pone en la mira a las condenas erróneas en los Estados Unidos. Más de 2.000 personas con condenas erróneas fueron exoneradas entre el año 1989 y 2012, de acuerdo con los datos recopilados por la Escuela de Derecho de la Universidad de Michigan.

Pero el caso de Morton ha abierto brecha que podría afectar casos a nivel nacional.

Nota del Editor: La función del fiscal es presentar prueba y acusar. Pretender que él haga el trabajo del jurado es estúpido. El jurado, ante la absoluta ausencia de toda prueba de cargo debió absolver. Si no lo hizo es porque los jurados populares no están capacitados para juzgar. La culpa del error judicial es siempre del jurado.

Enlace: Versión On Line

Prueban inocencia de hombre que pasó 25 preso por asesinar a su esposa
Por Ana de Salvo

El Diario
7 de diciembre de 2014

6/12/13

España: El jurado confunde conceptos y se anula un juicio

Por elalmeria.es
 
Publicación: elalmeria.es
España
 
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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía considera que debe celebrarse de nuevo un juicio por el crimen de una mujer vecina de Palomares en el transcurso de un tiroteo en que también fallecieron el hijo y el marido de la víctima a manos de J. A. Z. G., también vecino de esta pedanía de Cuevas del Almanzora.
 
Los hechos ocurrieron en julio del año 2011. El acusado del triple crimen, fue absuelto por un jurado popular que consideró que disparó contra el padre y el hijo "en legítima defensa" y contra la esposa "bajo trastorno mental transitorio ocasionado por la amputación parcial de la nariz debido al mordisco de una de las víctimas".
 
El TSJA ha estimado parcialmente el recurso que interpuso en su día la acusación particular y ha subrayado que "no está suficientemente motivada en el veredicto la eximente completa de trastorno mental para el caso de la muerte a tiros de la mujer" y ordena que el acusado sea nuevamente enjuiciado como presunto autor del asesinato de la víctima identificada con las iniciales F.S.F.

El Alto Tribunal insiste en que "no puede estar segura de cuáles fueron las razones que llevaron a optar al jurado por la eximente completa pues la motivación dada es propia de una eximente incompleta, y por tanto, ni siquiera puede estar segura de que hubiese comprendido la diferencia entre ambas por cuanto se deduce que más bien confunde conceptos", tal y como argumenta la sentencia. El TSJA sí considera válida la absolución de los crímenes de C.S.S. y su padre J.S.T., pero ordena un nuevo juicio por la muerte de la madre.
 
 
"El TSJA ordena a la Audiencia que celebre un nuevo juicio por el triple crimen de Palomares"
Publicación: elalmeria.es
6 de diciembre de 2013

4/12/13

España: Anulan la condena a un acusado de homicidio por la negligencia del jurado

Por Levante

Periódico Levante
El Mercantil Valenciano
España
 
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EP, Valencia: La sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha ordenado repetir un juicio contra un hombre, cinturón negro de kárate y ex-miembro de las fuerzas especiales del ejército holandés, que fue condenado a cinco años de prisión por una paliza que le propinó a otro y que resultó mortal tras una mala evolución de las lesiones sufridas. La sala considera que el jurado ha incurrido en contradicciones "insalvables" e "incompatibles" en su veredicto, por lo que anula la primera vista.
 
De este modo, el alto tribunal estima el recurso interpuesto por el fiscal, al que se adhirió la acusación particular, contra la sentencia de la Audiencia de Valencia que, en aplicación del veredicto de un jurado popular, condenó al acusado Abrahm Anthony V.B. a cinco años de prisión por un delito de lesiones dolosas en concurso ideal con un delito de homicidio imprudente. Asimismo, le imponía una indemnización de 10.000 euros para cada uno de los dos hermanos de la víctima.
 
El jurado declaró probado que el acusado, el 21 de abril de 2012, en una vivienda de la Avenida de la Plata de Valencia, inició una discusión con la víctima, tras haber ingerido ambos alcohol, en cuyo transcurso, y aprovechándose de su mayor envergadura física, le golpeó con los puños y le provocó diversas lesiones en la cabeza y el cuerpo por las que tuvo que ser ingresado.
 
Según el tribunal popular, sin tratamiento médico, las lesiones hubiesen provocado la muerte de la víctima, algo que sucedió un mes después por la mala evolución de las lesiones que le causaron un proceso séptico.
 
Contra la sentencia interpuso un recurso el ministerio fiscal, al que se unió la acusación particular, quien alegó, entre otros argumentos, que se había incumplido la obligación de devolución del acta al jurado ante la existencia de contradicciones en los hechos declarados probados por el veredicto e incongruencia en el relato de hechos probados del fallo. El fiscal reclamaba entre seis y 12 años y medio de cárcel, según la calificación del delito.
 
La sala considera que, en este caso, se cumplen "todos y cada uno de los requisitos" exigidos legalmente para la admisión del recurso dado que la contradicción denunciada "no solo es real sino que cumple los requisitos exigidos de manera unánime para su estimación".
 
Así, señala que las proposiciones favorables y desfavorables para el acusado podían integrar un delito de asesinato, homicidio en sus diferentes modalidades o lesiones y que se declaran probados hechos relativos a la producción de lesiones con una determinada intencionalidad y a la capacidad y culpabilidad del acusado de haber dado muerte a la víctima y, a la vez, se declararon no probados hechos que incidían en la ausencia de intención para causar la muerte.
 
AFECTAN A HECHOS ESENCIALES
 
Por ello, apunta a que el jurado incurre en contradicciones "insalvables que, desde una perspectiva lógica y afectando a hechos esenciales, resultan claramente incompatibles", de hecho, al mismo tiempo que entendían que el acusado le golpeó violentamente y de forma intencionada hasta causarle las lesiones negaban el ánimo de matar.
 
Para la sala, la eliminación de este ánimo entra "en conflicto" con otros hechos declarados probados e incluso favorables para el acusado por lo que la única alternativa "válidamente admisible" hubiera sido devolver el acta al jurado para que emitiera un nuevo juicio con los defectos subsanados.
 
"Máxime cuando el condenado, cinturón negro de kárate, fue miembro de las fuerzas especiales del ejército holandés, cuando la capacidad de querer y comprender el alcance de sus actos no estaba disminuida y cuando los golpes fueron tan extremadamente violentos que los fuertes traumatismos causados hubieran determinado de forma inexorable su muerte", señala.
 
 
Levante: El mercantil Valenciano
4 de diciembre de 2013