20/6/13

España: El fracaso del jurado

Por Diario de Mallorca

Diario de Mallorca de España

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La institución del Jurado, típica del derecho anglosajón y popularizada en Occidente por la narrativa y la cinematografía norteamericanas, fue introducida en nuestro ordenamiento por el artículo 125 de la Constitución, que la establece "en la forma y con respecto a aquellos procesos penales que la ley determine".

La realidad es que la institución del jurado, con gran predicamento en América pero con escaso arraigo en Europa, no ha terminado aquí de cuajar.

Es España la ley establece arbitrariamente cinco grandes ámbitos en que se utilizará el jurado popular puro: delitos contra las personas, delitos cometidos por los funcionarios públicos en el ejercicio de sus cargos; delitos contra el honor; delitos contra la libertad y la seguridad; y delitos de incendios. Todo ello se plasma en una prolija lista de casos en que los jueces profesionales deberán dejar paso a los jurados amateurs.

Los fracasos del modelo español han sido resonantes, desde el caso Wanninkhof, en que se condenó por asesinato a una mujer inocente, al caso del asesinato de dos ertzainas en Itsasondo por el etarra Mikel Otegi, inicialmente absuelto y cuyo juicio hubo de repetirse por mandato del Constitucional, pasando por el caso Camps, en que la sentencia exculpatoria fue el evidente producto de la presión ambiental.

Pero lo más grave es que la institución no goza de prestigio alguno: ni los ciudadanos sentimos la menor disposición a participar en este engorrosa servidumbre, ni los reos creen que se hará mejor Justicia con ellos si quien sentencia es un jurado popular.

Por añadidura, los expertos aseguran que los veredictos de los jurados no están en general suficientemente motivados, entre otras razones porque el artículo 61 de la ley vigente tan sólo exige al jurado una sucinta explicación de las razones por las que han declarado o rechazado declarar determinados hechos como probados.

Por la naturaleza grave de los delitos, los juicios con jurado suelen ser aparatosos, y el hecho de que se utilice este procedimiento para dictar el veredicto acentúa la curiosidad mediática.

Estos días se está juzgando en Córdoba el caso Bretón, un verdadero acontecimiento que las cadenas de televisión explotan con morbosa delectación, en pos de la audiencia. Sin duda, esta situación hace difícil la labor de los jurados (que en teoría no deben sufrir presión ni influencia alguna) y contribuye a desacreditar la institución.

Así las cosas, parecería lógico revisar esta figura jurídica, tras un balance de resultados. Y aunque en muchos casos se han producido veredictos y sentencias de indudable calidad técnica y de gan solvencia, probablemente el balance no será del todo positivo. A tiempo estamos de volver atrás.

Enlace: Versiones On Line 1, 2, 3 y 4
El fracaso del jurado
Por Antonio Papell

Publicaciones: Que!, ABC.es, El Correo y Diario de Mallorca
20 de junio de 2013

17/6/13

España: La Policía teme que la calle influirá en la condena por el "caso Bretón"

Por Diario de Burgos.es

Diario de Burgos

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La principal dificultad para llevar a cabo esta causa es que el juicio mediático ya condenó al acusado hace mucho tiempo, y es muy posible, como sostiene el Sindicato Unificado de Policía, que el jurado popular, del que sólo se sabe que lo conforman siete mujeres y dos hombres, esté totalmente influido por el seguimiento periodístico que se ha ido haciendo de esta tragedia, ya que la defensa sigue insistiendo en que los niños están vivos y raptados.

Así, el portavoz del Sindicato Unificado de Policía, José María Benito, alertó de que «el juicio que se está produciendo en la calle influirá en la sentencia sobre José Bretón». Por ello, recalcó que debería ser un jurado profesional quien juzgara el caso.

Enlace: Versión On Line

Diario de Burgos.es
España
17 de junio de 2013

España: Nadie quiere ser jurado de Bretón

Por La  Razón.es

La Razón.es
España

Extractos:

Arranca en Córdoba el juicio por uno de los casos que más han estremecido a la opinión pública en los últimos años. A José Bretón se le acusa de dos delitos de asesinato con agravante de parentesco por los que la Fiscalía pide 40 años de cárcel. Hoy se elegirán los nueve miembros del jurado popular, así como dos reservas, de un total de 36 personas seleccionadas. De ellas, 12 personas argumentaron ya diferentes motivos para no tener que ser miembros del jurado popular durante el trámite de excusas. Un protocolo «previo al juicio, en el que se cita a los candidatos para determinar si se admiten o no las excusas», explica el abogado Fernando Pomo.

¿Se admitirán las excusas? Hoy se despejará la duda cuando acudan al juicio, pero son al menos 20 los que acudirán a la Audiencia de Córdoba, ya que, de lo contrario, se habría procedido a un nuevo sorteo. Lo que sí se sabe es que se descartó, hace ya un mes, a tres personas: una por fallecimiento y dos por tener más de 65 años. Y es que tener esa edad es una de las siete excusas permitidas para no actuar como jurado. Otras son: tener la residencia en el extranjero, los que sufran un grave trastorno por tener cargas familiares, los que ya hayan sido jurado cuatro años antes, los que desempeñen trabajo de interés general, los militares en activo cuando concurran razones de servicio, y los que acrediten suficientemente cualquier otro motivo que les dificulte el desempeño de la función del jurado. Ésta última es la excusa que muchos intentan alegar cuando les toca. En ocasiones, se consigue. Por ejemplo, el diseñador José Luis Medina, de Victorio & Lucchino, logró hace diez años que la Audiencia de Sevilla le excusara de formar parte de un jurado popular por su actividad profesional y los perjuicios que le podría ocasionar.

No hay tradición juradista

«En España no hay tradición juradista», asegura el abogado Joaquín Moeckel, que coincide con el resto de abogados consultados. «La gente –prosigue– no quiere ser jurado y el que quiere serlo resulta muy peligroso, quiere impartir justicia como si fuera un ''justiciero''». «De ahí que los acusados suelan intentar evitar el jurado popular porque saben que están condenados de antemano», añade Moeckel.

Enlace: Versión On Line
Nadie quiere ser jurado de Bretón
Por Belén Tobalina

Publicación: LaRazón.es - España
17 de junio de 2013

España: Wanninkhof, Marta del Castillo, Tous... otros casos polémicos con jurados populares

Por teinteresa.es

Publicación teinteresa.es

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Buena parte de los juristas desconfían de la imparcialidad y eficacia de los jurados populares.

En teoría, quienes forman parte de éstos deberían no estar intoxicados sobre el caso, mostrarse igual de críticos y benevolentes con los argumentos de ambas partes, ser ecuánimes y guardar después el secreto. En la práctica, los acusados que se enfrentan a un jurado popular tienen un pie dentro de... la culpabilidad: El 86% de los casos juzgados por jurados populares terminaron en declaración de culpabilidad frente al 54% de los juzgados por jueces, según datos del Consejo General del Poder Judicial.

El caso más evidente de error de un jurado popular en España se debió al caso del asesinato de Rocío Wanninkhof. El 9 de octubre de 1999 Dolores Vázquez es condenada por el asesinato de la joven por un jurado popular con siete votos de culpabilidad y dos de no culpabilidad. La resolución era de la Audiencia Provincial de Málaga. A Dolores Vázquez se le condenó a 15 años de prisión por el asesinato con varios agravantes. Los medios de comunicación y la opinión pública había condenado ya previamente a Dolores Vázquez.

En 2002, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ordenó repetir el juicio al considerar que la sentencia no estaba suficientemente argumentada y designó otro jurado popular para repetir el juicio. Resultó inocente después de que se comprobara que el ADN de una colilla era el mismo que el que se hayó en el caso del asesinato de Sonia Carabantes, otra joven muerta de forma violenta en Andalucía. Y al final terminó siendo detenido un ciudadano inglés llamado Tony Alexander King.

En el caso de Marta del Castillo el Tribunal Superior de Justicia andaluz indicó que el objeto que perseguía el imputado fue la violación y no el asesinato, así que determinó que fuera un jurado profesional quien lo juzgara, al no tener competencias el popular para enjuiciar las agresiones sexuales. Carcaño fue condenado por asesinato, pero absuelto de la violación. Cabe imaginarse cómo hubiera sido la sentencia si en este caso lo hubiera juzgado un jurado popular.

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ordenó repetir el juicio contra el yerno de la familia de joyeros Tous, Lluís Corominas, al estimar el recurso que presentó la acusación particular y la Fiscalía. La razón de la orden fue que la sentencia anterior, dictada por un jurado popular, fue "arbitraria".

El Tribunal Constitucional ha ordenado la suspensión de la repetición del juicio al yerno de la familia Tous que debía iniciarse el próximo lunes día 10 de junio. La suspensión se mantendrá hasta que el TC resuelva el recurso que presentó el yerno contra la decisión de repetir el juicio.

Más tarde, el pasado 22 de enero el Tribunal Supremo rechazó el recurso que Lluís Corominas presentó contra la resolución del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) anulando el veredicto del jurado popular que le absolvió. Tanto el TSJC como el Supremo consideran que la decisión del jurado no estuvo suficientemente fundada, al apreciar en el caso circunstancias que, según ambas instancias, nunca se acreditaron, como las de que el acusado actuó a la vez en legítima defensa y presa de un miedo insuperable.


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Publicación: teinteresa.es
17 de junio de 2013

11/6/13

EE.UU.: Casi imposible un jurado imparcial en juicio contra George Zimmerman

Por Hola Ciudad!

Logo de Hola Ciudad!
 
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Después de un metódico primer día de selección del jurado en el juicio por el asesinato de Trayvon Martin, una cosa quedó en claro: incluso las personas que dicen poner poca atención a las noticias han oído sobre la muerte en 2012 del adolescente afroamericano desarmado de Miami Gardens.

Este martes los fiscales y abogados defensores de George Zimmerman entrevistarán por segundo día a potenciales jurados para el renombrado caso. La alta cobertura mediática del suceso está dificultando la tarea de selección de un equipo definitivo de jurados que sea lo más imparcial posible (SIC) frente a las características del caso.


Hola Ciudad!
11 de junio de 2013

4/6/13

Nicaragua: Veredicto de jurado sorprende en juicio

Por La Prensa

La Prensa - Nicaragua

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Atónitos se quedaron los asistentes en un juicio oral y púbico que hoy se realizó en la sala Distrito Penal del Juzgado de la ciudad de Somoto, en Madriz, por el caso de homicidio ocurrido el 23 de febrero de este año en contra de Holman Ramón Castillo González, de 32 años, al momento en que un Jurado de Conciencia declaró no culpable al campesino José Isabel Guillén Herrera, de 70 años, señalado de ser el presunto autor del crimen.

A eso de las 3:15 de la tarde el Jurado de Conciencia (compuesto por tres hombres y dos mujeres) emitió su veredicto de no culpabilidad de don José Isabel Guillén, seis horas después de realizado el juicio oral y público, lo que provocó sorpresa en los presentes en la sala del juzgado de Somoto.

Ante el veredicto, un grupo de familiares y amigos de la víctima reaccionaron airadamente en las afueras del viejo Complejo Judicial e impidieron por un tiempo la salida de los cinco integrantes del jurado de conciencia, hasta que una patrulla policial de varios agentes, encabezado por el segundo jefe de esa institución, el comisionado Juan Manuel Chávez, llegaron a restablecer el orden.

Uno de los mayores sorprendidos con el veredicto de no culpabilidad fue el judicial Erick Laguna Averruz, quien unos minutos antes de la lectura fijaba en su agenda el día en que daría a conocer la pena que impondría al acusado Guillén Herrera.

El Fiscal Penal del Ministerio Público en Madriz, el Doctor Nelson López, se mostró también sorprendido por el fallo del jurado y dijo que era inaudito que con todas las pruebas presentadas en el juicio por los peritos policiales, el médico forense y de los testigos, el tribunal de conciencia haya fallado de esa manera.

El caso

La noche del 23 de febrero, los habitantes del sector (barrio) número 3 de la ciudad de Somoto, en Madriz, fueron sorprendidos por la muerte de Holman Ramón Castillo, quien recibió una estocada de cuchillo a la altura del cuello propinada por el campesino José Isabel Guillén Herrera, quien en estado de ebriedad alegaba la acción por el hurto de una mochila.

Don José Isabel, quien nació en la comunidad de San Juan de Somoto, en el municipio de Somoto, aseguró a los periodistas un día después de ser detenido que jamás pretendió matar a Holman, “solo recuerdo que le lance una estocada a un hombre, pero no pensé que lo mataría”, dijo.

Pero quien le había hurtado la mochila a don Isabel fue un sujeto identificado como Marvin Escalante, quien posteriormente la entregó a la Policía. El abogado defensor de Guillén, Holman Alexander Morales, dijo que su cliente era inocente del homicidio porque no fue un hecho que cometiera de manera premeditada sino que ocurrió accidentalmente. 

“Lo que pasó fue que a él le habían hurtado su mochila y se dio una confusión que provocó la tragedia”, indicó el abogado que defendió a José Isabel Guillén, quien ayer mismo recobró la libertad, después de más de tres meses de estar detenido.

El Fiscal Penal del Ministerio Público en Madriz, el Doctor Nelson López, se mostró también sorprendido por el fallo del jurado y dijo que era inaudito que con todas las pruebas presentadas en el juicio por los peritos policiales, el médico forense y de los testigos, el tribunal de conciencia haya fallado de esa manera.

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Veredicto de jurado sorprende en juicio
Por William Aragón Rodríguez

La Prensa - Nicaragua
4 de junio de 2013

3/6/13

España: No hay perdón para Dolores Vázquez

Por El País

Logo El País - España

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Catorce años después de un asesinato que no cometió, Dolores Vázquez vive refugiada en una pequeña localidad al este de Londres, donde trabaja para una empresa de transportes gestionando el horario de los repartidores.

De no haber aparecido el verdadero culpable del crimen de Rocío Wanninkhof y de haberse ratificado su condena, Dolores habría cumplido 15 años de cárcel y estaría ahora a punto de salir en libertad. Sin embargo, habría que preguntarse sobre la clase de libertad que ha disfrutado en todo este tiempo.

Hace unas semanas apareció por Madrid para intervenir ante una audiencia de juristas, jueces, fiscales y abogados, organizado por la Fundación Pombo, la Universidad Carlos III y la Fundación Wolters Kluwer. Era un acto sobre presunción de inocencia y juicios paralelos. Dolores daba la cara ante representantes del sistema que la ha maltratado desde hace 14 años y que no ha sabido como pedirle perdón.

Su intervención no duró más allá de cinco minutos. Fue un discurso emocionado porque le cuesta reprimir las lágrimas. Ella tan fría, tan exigente, tan disciplinada, tan británica (hija de emigrantes gallegos se crio y educó en Epson) es un mar de lágrimas.

Una amargura infinita inunda su cuerpo. En el último estudio psiquiátrico al que ha sido sometida, el especialista valoraba con números el daño que ha sufrido: le asignó un valor 35, cuando 100 es el de una persona normal. Dolores es ahora un 35% de sí misma.

En esos cinco minutos, Dolores pasó por encima de su calvario y dijo lo que quería decir desde hace mucho tiempo: “Todavía, nadie me ha pedido perdón”. Su causa está en el Supremo a la espera de una sentencia definitiva que fije a cuánto debe ascender la indemnización a que tiene derecho por el error.

El proceso tiene su complicación porque, en medio de la reclamación (solicita cuatro millones de euros), el Supremo ha cambiado de criterio a consecuencia de una sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos que le beneficiaría.

Pero Dolores no tiene suerte: su reclamación es anterior al cambio de criterio y no puede modificarla porque estaría prescrita. La Abogacía del Estado ha puesto precio a su dolor: le corresponden 62.280 euros por haber estado 519 días por error en la prisión.

Su vida es una cárcel sin rejas. Antes de marcharse al Reino Unido pasó alguna temporada en Galicia, donde vive una de sus hermanas, hasta que comprobó que detrás de todas las ofertas de trabajo que podía recibir había alguna doble intención.

Vivía como si tuviera que justificar cada paso. No descuelga el teléfono salvo para media docena de personas. Y, aun así, le cuesta mantener una conversación porque no puede evitar la sospecha de que es intervenida.

Al menos, ahora, no memoriza la matrícula de los vehículos que van detrás de ella, ni anota en un papel los lugares y las horas por donde transita cada día.

Dolores Vázquez fue víctima de un juicio paralelo en el que se le declaró culpable. Fue el primer gran caso mediático del siglo XXI en España. Los detalles de la investigación y de la vida privada de los protagonistas recibieron una cobertura ilimitada, de tal forma que cuando se llegó al juicio con jurado popular la suerte parecía echada.

Pedro Apalategui, su abogado, recuerda que no hubo ninguna renuncia a ser miembro del jurado, hecho poco habitual. El fallo apenas estuvo argumentado.

Dolores todavía escucha el coro de voces de las presas de la cárcel de Málaga cuando anunciaban su nombre por la megafonía: “¡Asesina!, ¡asesina!”. También lo recuerda Pedro Apalategui, que hubo de renunciar a todos los sábados de su vida durante 17 meses “porque me di cuenta de que mi visita era el único nexo que ataba a Dolores a la cordura”.

La angustia de su cliente la llevaba a desconfiar de la compañera de celda que la habían asignado para protegerla del suicidio: Dolores pensaba que tenía el encargo de espiarla mientras dormía por si confesaba en sueños.

El caso se resolvió por una casualidad un 18 de septiembre de 2003. La compañera de Alexander King, un exconvicto británico que residía en la Costa del Sol, denunció a la policía que sospechaba de unas manchas de sangre en la ropa de su novio, días después de haber sido encontrada el cadáver de la joven Sonia Carabantes en Coín, un caso que levantó viejos recuerdos no sin razón.

Las muestras de ADN confirmaron que King mató a Carabantes y que sus huellas estaban también en una colilla al lado del cadáver de Rocío Wanninkhof.

El descubrimiento propició una de las habituales disputas entre cuerpos policiales que derivó en que King pasó a ser propiedad de la Guardia Civil, que llegó a montar una teoría conspirativa, según la cual Dolores Vázquez organizó varios asesinatos en la costa. Fue el aviso de un alto cargo policial el que permitió al abogado de Dolores desactivar el montaje.

Catorce años después, Pedro Apalategui sigue guardando en un cajón de su escritorio un objeto que no pudo utilizar en el juicio. Dolores Vázquez se lo prohibió desde la cárcel. Se trata de una libreta con pastas rosas que Rocío Wanninkof le regaló a Dolores Vázquez por su cumpleaños.

Tiene una dedicatoria manuscrita de Rocío: (“Eres una chica tan guapa, tan simpática, tan amable, tan bella, y tan gordita, que te he regalado esta libretita. Así te quiero tanto como este corazón y si no te quisiera se rompería como este. Para Loli de Rocío”) y el dibujo de tres corazones rojos, uno de los cuales está roto.

Durante meses se argumentó que Rocío Wanninkhof nunca aceptó a Dolores Vázquez y que ese rechazo pudo provocar el deseo de matarla. El móvil del odio fue uno de los elementos esenciales del caso. Una prueba que lo desmontaba se quedó guardada en un cajón durante 14 años, los mismos que Dolores Vázquez lleva vividos sin obtener el perdón que necesita.

Nos equivocamos

Mientras el Supremo decide sobre la reclamación de Dolores Vázquez, EL PAÍS buscó a quienes llevaron el peso de la instrucción, el fiscal Francisco Montijano, el juez Román González y los investigadores de la Guardia Civil. ¿Pedirían perdón? ¿Reflexionaron sobre los errores cometidos?

Sólo Montijano accedió a dar la cara. El juez González no se puso al teléfono y los investigadores de la Guardia Civil manifestaron su convencimiento de que no cometieron error alguno y que no debían pedir perdón. “Actuamos con la mayor honestidad posible”, dijo el fiscal Montijano. “No actué a título personal, pero lamento lo que ocurrió. Como miembro del aparato represor, sí hay que pedirle perdón”.

Montijano reconoce la carga mediática del caso. “Las voces de la calle tomaron partido y eso pudo ocasionar cierto vértigo. Los medios influyeron sobre los testigos y no se puede decir si fue para bien o para mal”.

“Fui el último”, añade Montijano, “que se convenció de que no había suficientes pruebas. Que no suene a disculpa”, señala. “La principal prueba fueron sus mentiras e hilamos una historia alrededor de esas mentiras, construimos una versión que era absolutamente coherente, que no tenía fisuras.

¿Perdimos la cabeza? Nos equivocamos, que es otra cosa. Entiendo ahora y comprendo que pida el perdón de alguien. Yo se lo podría pedir, pero también la Audiencia y el TSJ avalaron la prisión provisional. Todos formamos parte y ciertamente nos equivocamos en el sentido profesional”.

Nota del Editor: El que se equivocó fue el jurado popular. A nadie más corresponde la responsabilidad. El juez no la juzgó. El fiscal no la juzgó. La gente no la juzgó. La juzgaron doce personas que no supieron aplicar el "principio de inocencia". La culpa es del jurado (o más bien de los legisladores que han puesto en cabeza de doce personas una tarea para la cual no están preparadas).

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No hay perdón para Dolores Vázquez
Por Luis Gómez

El País - España
3 de junio de 2013

1/6/13

Nicaragua: Anulan juicio por anomalías de jurado

Por La Prensa

La Prensa - Nicaragua

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El juicio oral y público realizado el 8 de mayo en el juzgado de Distrito Penal en Ocotal, donde Marvin Antonio Pineda López, conocido como “Marvin Pupa”, fue declarado no culpable por el delito de falsificación de moneda, fue anulado a solicitud del Ministerio Público, que presuntamente demostró que “los jurados fueron infiltrados o tocados para inducir a un resultado en favor del procesado”.

La fiscal departamental, Yelena Shión, declaró que solicitaron la anulación del juicio a raíz de las investigaciones policiales. “Esa información la trabajamos y la corroboramos. Con eso promovimos el incidente de nulidad del veredicto, y la justicia decidió en audiencia anular el juicio y reprogramarlo con nuevo jurado para el próximo 14 de junio”, declaró la fiscal.

Insistió en que “no se trata de persecución, tal como lo ha declarado el procesado”, pues el Ministerio Público “lo que busca es que los jurados de conciencia se apeguen a las pruebas presentadas y no actúen como un jurado deshonesto...”.

Dice que es montaje

Marvin Pineda fue acusado por el delito de falsificación de moneda después de que la Policía le encontró el 4 de marzo 171 dólares falsos, en denominación de cien, que guardaba en una camioneta de su propiedad. En un allanamiento a su vivienda en Ocotal, supuestamente le encontraron material para falsificar billetes.

Pineda manifestó en medios locales que fue víctima de una estafa al vender una camioneta valorada en 22,000 dólares a dos personas, cuyos nombres tiene la Policía y añadió: “Es cierto que me capturaron con el dinero, pero en el momento que me capturan yo iba para el basurero a quemarlos”, argumentó tras señalar que también fue víctima de un montaje de la persona a quien vendió la camioneta porque también le dejó en su casa la mochila que la Policía encontró con papel cortado para la impresión de más billetes.

El comisionado Nixon Moran, jefe de Auxilio Judicial, manifestó que terceras personas habían tocado al jurado de conciencia y fue lo que influyó en el veredicto de inocencia, “eso se está convirtiendo en prácticas de algunos abogados en Ocotal”.

Añadió que después del juicio reprogramado para el 14 de junio, la Policía procederá a remitir al Ministerio Público las investigaciones completas de las personas que incidieron en la decisión del jurado y “será el Ministerio Público el que determine a quiénes y por qué delito acusará”.

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La Prensa - Managua - Nicaragua
Alina Lorio L.
1 de junio de 2013

13/5/13

España: El gobierno eximirá de juicios con jurado a los políticos acusados de corrupción

Por ABC.es

ABC.es - España

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El nuevo Código Procesal Penal que prepara el Gobierno prevé eliminar del elenco de delitos que juzga el jurado todos los relacionados con la corrupción y limitar las competencias del Tribunal Popular a homicidios y asesinatos siempre que no hayan sido cometidos por organizaciones criminales.

El motivo de esta modificación que han propuesto al Ejecutivo los expertos es que se quieren dejar en manos del jurado aquellas infracciones que «por su naturaleza tiene sentido que sean enjuiciadas por un procedimiento más lento y costoso, pero con mayor participación ciudadana y simbología».

Fuentes consultadas por ABC que han participado en el borrador del nuevo articulado justificaron la drástica reducción de los delitos juzgados por jurado en tres motivos: los delitos relacionados con la corrupción tienen un «componente más complejo», y precisamente por ello desde un primer momento el delito de prevaricación ha estado excluido de las competencias del jurado, por esa «arbitrariedad» que requiere el tipo penal y que es difícil de apreciar por cualquier ciudadano que no tenga conocimientos jurídicos.

El segundo motivo, relacionado con el anterior, es que cuanto más complejo es un delito, «más manipulable resulta el jurado»; y el tercero es que se trata de un procedimiento muy costoso y lento para nuestra ya maltrecha Administración de Justicia.

Aunque la filosofía que llevó a la creación de la figura del jurado en España (en 1995) era la de dar cumplimiento al artículo 125 de la Constitución («los ciudadanos podrán participar en la Administración de Justicia mediante la institución del Jurado»), la implantación de esta institución en la sociedad española no ha terminado de cuajar.

En España, por contra, cualquier encuesta revela las reticencias de los ciudadanos no tanto a participar en estos juicios como a ser juzgados por personas sin conocimientos jurídicos, sobre todo cuando uno no es culpable.

Aunque no era un caso político, todavía está reciente el de Dolores Vázquez, condenada a quince años por un jurado popular por el asesinato de la joven Rocío Wanninkof en 1999. La presión mediática a la que se vio sometida antes del juicio se sumó a su enjuiciamiento por ciudadanos que llegaron a la vista totalmente condicionados por lo sucedido fuera. En 2002, el TSJ de Andalucía anulaba la sentencia al considerar que no estaba suficientemente motivada. Después, y justo antes de que se volviera a celebrar un nuevo juicio, apareció Tony Alexander King (verdadero autor del hecho).

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ABC.es
Por Elena Carreras
13 de mayo de 2013

11/5/13

Nicaragua: Justicia a paso lento por ausencia de jurados

Por La Prensa

La Prensa de Nicaragua

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Entre cuatro y seis juicios al mes se ven suspendidos y tienen que ser reprogramados por la continua ausencia de los ciudadanos que son seleccionados a través del padrón electoral nicaragüense para que integren los jurados de conciencia en los diversos casos que se ventilan en la sala del Juzgado del Distrito Penal de Juicio del departamento de Madriz.

Así lo dio a conocer ayer el juez Erick Laguna Averruz, quien puso como ejemplo que para esta semana tenía programada la realización de varios juicios y que para asegurar su proceso convocó a unas cien personas, pero únicamente asistieron 13 ciudadanos.

“Estamos cayendo en las constantes reprogramaciones de los juicios orales y públicos y esto afecta el debido proceso judicial del que tienen los ciudadanos acusados por diversos delitos, violando sus derechos al haber retrasos”, apuntó el juez del Distrito Penal de Juicio, Erick Laguna Averruz.

El juez del Distrito Penal de Juicio en el departamento de Madriz, el judicial Erick Laguna Averruz, detalló que de un promedio de entre diez y ocho juicios que programa cada mes, y que son con jurados de conciencia, en al menos seis casos llega a tener problemas.

“Tengo que estar haciendo nueva agenda cada mes”, indicó el judicial madricense. Por tal razón estudia la posibilidad de hacer cumplir la ley que obliga al ciudadano convocado a asistir y conformar los jurados de conciencia, “ya sea multándolo o aplicándole algún tipo de sanción administrativa voy ha obligar a que asistan y se cumpla el debido proceso al que tiene derecho una persona acusada”, finalizó.

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Justicia a paso lento por ausencia de jurados
Por William Aragón

Diario La Prensa - Nicaragua
11 de mayo de 2013

10/5/13

España: El Supremo admite que no podía exigir al jurado de Camps 'el mismo razonamiento intelectual' que a un juez profesional

Por El Mundo

El Mundo.es
España
 
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"No puede exigirse a los ciudadanos que integran el Tribunal de Jurado el mismo grado de razonamiento intelectual y técnico que debe exigirse al juez profesional", señala en este punto el Supremo.
 
La institución del jurado impone "como inevitable, cuando de él se trata, la aceptación de un estándar de motivación de las resoluciones bastante menos exigente que el que rige para los demás tribunales", añade.
 
Pero además, es que las sentencias absolutorias "no necesitan motivar la valoración de pruebas" del mismo modo que las condenatorias, pues para no condenar "debería bastar con la expresión de la duda" aunque, eso sí, debe ser una duda razonable, dice también.
 
A partir de ahí el Supremo acepta cada uno de los razonamientos del jurado para rebatir las pruebas existentes contra los acusados y señala que estos ciudadanos deben referirse a hechos, para que sea luego el presidente del tribunal quien califique jurídicamente.
 
El fallo del Supremo se aprobó con el voto particular contrario del magistrado Joaquín Giménez, quien consideró que la sentencia absolutoria del jurado "es nula de pleno derecho por total ausencia de motivación". "No solo debe hacerse Justicia, sino parecer que se ha hecho", añade.
 
N. del E.: Es lamentable que el Tribunal Supremo de un país admita que hay que resignarse a la justicia mediocre e inmotivada que brinda el juicio por jurado. Admitir que el jurado no sirve para juzgar no sería grave, si no fuera porque el destino de una persona depende de su decisión.
 
 
Diario El Mundo
España
10 de mayo de 2013

29/4/13

Nicaragua: Jueces demandan asistencia de miembros de jurados

Por Dir. de Prensa y RR.PP. - Juzgados de Managua

Dirección de Prensa y Relaciones Públicas
de los Juzgados de Managua
Nicaragua
 
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Poca asistencia y falta de compromiso ciudadano retrasa realización de juicios e impide acceso a la justicia de victimas y acusados.

Un llamado para asistir a los juicios que se celebran todos los días en los juzgados capitalinos realizaron los jueces penales de distrito de juicio de Managua.

La petición la realizan los judiciales de la capital debido a la escasa participación de los ciudadanos seleccionados para conformar los tribunales de jurados.

“La consecuencia de que no se conforme un tribunal de jurado en el tiempo previsto, es la retardación de justicia para las víctimas y para los acusados”, valoró el doctor Carlos José Silva Pedroza, titular del juzgado Cuarto de Distrito de lo Penal de Juicio de Managua.
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Dr. Carlos José Silva Pedroza, juez Cuarto de Distrito Penal de Juicio de Managua.

Según un reporte de la Oficina de Gestión de Audiencias del Complejo Judicial Central Managua, en el primer trimestre de este año se celebraron 23 juicios con jurados.

En este mismo período únicamente asistieron 1,556 personas de 19,345 que fueron convocadas mediante citación, según datos brindados por la Oficina de Notificaciones de los juzgados capitalinos. La asistencia de los jurados equivale aproximadamente a un ocho por ciento.

Otro judicial que hizo el llamado fue el doctor Tomás Eduardo Cortés, juez Octavo de Distrito Penal de Juicio de Managua, quien reconoció que el Poder Judicial con la construcción del nuevo edifico de justicia ha dado mejores condiciones para la atención de los jurados.

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Dr. Tomás Eduardo Cortés, juez Octavo de Distrito Penal de Juicio de Managua.
“Pese a las mejoras en las condiciones y del pago a tiempo del viático del jurado, existe una falta de motivación o de información de la importancia que significa participar en esta forma de administración de justicia”, afirmó el judicial.

Asimismo señaló que las suspensiones de los juicios por la falta de conformación del tribunal de jurado “pueden provocar, si son consecutivas, hasta el sobreseimiento del acusado, ya que no hay interrupción de los plazos por ausencia del jurado”.
 
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Dra. María Concepción Ugarte, Jueza Onceavo de Distrito Penal de Juicio de Managua

De la misma manera se refirió la doctora María Concepción Ugarte Tiffer, Jueza Onceavo de Distrito Penal de Juicio de Managua, quien afirmó que “tanto jueces titulares de juicios como los suplentes tenemos problemas para la integración de jurados”.

“A pesar de que la mayoría de los juicios se hacen técnicos (con jueces), sí se necesitan jurados ya que es un derecho constitucional que tiene el acusado. La cantidad de personas que asisten como jurado es mínima”, apuntó la doctora Ugarte.

Según la delegación administrativa del Complejo Judicial Central de Managua, los miembros del jurado reciben en concepto de pago de viáticos por juicio la cantidad de C$438.69 córdobas para los que se realizan con el Código Procesal Penal y 200 con el extinto Código de Instrucción Criminal.

La Constitución Política de Nicaragua garantiza en su artículo 34, numeral 3, el derecho “a ser sometido a juicio por jurados en los casos determinados por la ley”.
 
 
Dirección de Prensa y Relaciones Públicas
Juzgados de Managua
Escrito por Edwin Urbina Muñoz
Nicaragua
29 de abril de 2013

17/4/13

EE.UU.: Nadie quiere juzgar a Michael Jackson

Por New York Kaily News

New York Daily News

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Los abogados de Katherine Jackson y los hijos del rey del pop, Prince, Paris y Blanket —quienes emprendieron acciones legales contra la promotora de conciertos AEG alegando que la empresa había cometido una serie de negligencias en la contratación y supervisión del médico que trató al artista antes de su muerte— así como los letrados a los que se enfrentan, comenzaron a interrogar a 104 miembros del público presente, durante el día de ayer, en los tribunales de Los Ángeles, una cifra que se redujo a los 87 potenciales miembros que conformarán el jurado.

Según las informaciones publicadas por New York Daily News, entre las posibles personas que tomarán la decisión en el caso se encuentra una mujer que explicó que el karma, y no un jurado civil, decidiría si fue la negligencia médica la culpable de la muerte del artista.

Otra de las personas que conformarán el jurado explicó que en julio se vería obligada a renovar su carné de conducir, algo que podría entorpecer sus funciones como miembro.

A pesar de las pobres excusas de los individuos para intentar evitar participar en el juicio, ninguno de ellos fue excluido del grupo de personas que previsiblemente conformarán el jurado.

Los abogados presentaron más tarde los largos cuestionarios en los que les preguntaban sobre si habían oído hablar de los problemas de la estrella con las drogas —quien murió de una intoxicación por propofol en 2009, por la que acusaron más tarde al doctor Conrad Murray de homicidio involuntario— y sobre el caso de abuso a menores en el que se vio envuelto el cantante en 2005. Toda esta información que recabaron los letrados, les servirá para tomar una decisión.

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Publicado por Univisión
17 de abril de 2013

12/4/13

España: El nuevo jurado para el caso costará a las arcas públicas con suaves casi 20.000 euros

Por Más Mundo

Más Mundo

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La repetición del juicio del caso será oneroso para el gobierno. Si finalmente se lleva 20 días, como ayer, se requerirá una compensación mínima de 14.740 euros para los nuevos miembros y dos sustitutos del nuevo jurado. Esta cantidad se añadirá a las dietas, alojamiento y comidas que, por ley, también deben pagar. Teniendo en cuenta los ensayos similares, las dietas podrían ascender a 5.000 euros, por lo que el coste final podría alcanzar los 20.000 euros.

El sorteo fue realizado ayer para seleccionar personas que hagan el jurado en el nuevo juicio del yerno de Tous, Louis Corominas. Estas personas recibirán la citación la semana que viene. Sin embargo, no todos serán. Todos sabemos, desde el año pasado, podría ser elegido para formar parte de un jurado. Y es que cada año que el par hace un empate, con un programa Provincial, para hacer una especie de miembros de la bolsa del jurado para procedimientos que requieren este tipo de corte en los próximos dos años. Los únicos requisitos para estar dentro de la cesta está siendo español y mayor de edad, estar en pleno ejercicio de los derechos políticos, saber leer y escribir, tener domicilio social en la provincia donde se ha cometido el delito y no tiene alguna discapacidad física o mental que impide el desarrollo de esta función.

Ser elegido jurado es una necesidad con pocas pretensiones. Una vez que las personas son elegidas para ser miembro de un jurado popular tendrá un mes para presentar alegaciones. La ley sólo dispone para excepciones al jurado más de 65 años de edad, después de haber formado parte de otro jurado en los últimos cuatro años, ser un juicio debido a desorden tienen familia dependiente miembros, realizó un trabajo de interés general, trabajar en el extranjero, servicio militar, o por otras razones pertinentes como la muerte o enfermedades graves que impiden la presencia en un tribunal.

Al día siguiente, 10 de junio, día en que comienza el juicio del caso, un total de 19 ciudadanos anónimos es suave personaran en la audiencia de Barcelona y se hará la elección final. Acusación y defensa pueden prohibirse por hasta cuatro candidatos para el jurado. Finalmente se puede seleccionar otra vez y dos sustitutos. Todos ellos cobran por día de ensayos 67 euros. Los ocho fueron pagados para ese día rechazadas 33,50 euros.

Almuerzo y dormir

Puede alcanzar el jurado nuevo estuche blando eventualmente costo es difícil de calcular. Depende de muchas variables, incluyendo la cantidad de días finalmente tarda, la distancia que tienen que viajar para llegar a los miembros de la audiencia, almuerzo unos debe permanecer a comer porque debe reanudar en la tarde, o el punto de vista si optas por pasar la noche en un hotel en lugar de regresar a casa. Por ejemplo, con el 2010 juicios por jurado de ex campos de John Valencia, que duró nueve días sobre lo que, en teoría, debe extender el yerno de Tous, costará 30.000 euros (aplica la misma compensación que actualmente en Cataluña). Así, partiendo de este ejemplo, haría no descabellada esa compensación por el jurado de 20.000 euros. La audiencia pagó casi esa misma cantidad en Tarragona un ensayo de menos días en el año 2010.

Para ver los nuevos gastos, deberá agregar el juicio con jurado popular hace dos años. Duró tres semanas, por lo que, al menos, la administración cuesta 11.000 euros.

Puesto que la ley entró en vigor en 1995, el jurado, y hasta el año 2011, los diversos tribunales provinciales en todo el país se emitieron un total de 5.072 juicios en procesos con jurado, 819 de ellos en Cataluña. En casi nueve de cada diez, el acusado fue condenado, que resultó en el 40% de los casos presentados en el Tribunal de apelación de justicia. En el 23% de ellos, de acuerdo.

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Más Mundo
12 de abril de 2013

9/4/13

España: La absolución definitiva de Camps y el sinsentido del jurado popular

Por ElSemanalDigital.com

ElSemanalDigital.com
España

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El hecho relevante ocurrió con el veredicto un año atrás, cuando los miembros del jurado, con cinco votos a favor y cuatro en contra, deciden declararles inocentes de un delito continuado de cohecho impropio. Es el mismo reparto de porcentaje de votos que sacó la derecha y la izquierda varios meses antes en las elecciones autonómicas.

No tuvieron en cuenta la confesión de culpabilidad de Víctor Campos y Rafael Betoret ni las pruebas aportadas por la Fiscalía o por la acusación particular. Creo que las fiscales erraron en el planteamiento, en la estrategia y en el estilo. No tienen la práctica y tradición de algunos países anglosajones. Aburrieron a los magistrados, al público y, sobre todo, al jurado. Y perdieron un combate que tenían ganado.

Pero la verdadera desdicha se produce el 23 de diciembre de 1995, fecha de entrada en vigor de la Ley del Jurado, publicada en el BOE ese mismo año, el día 23 de mayo. El legislador no hizo caso de la opinión de muchos abogados, jueces, profesores y juristas en general que le advertían del error de llevar a término el desarrollo legal del artículo 125 de la Constitución española de 1978 que establece que los ciudadanos podrán participar en la Administración de Justicia mediante la institución del Jurado, en la forma y con respecto a aquellos procesos penales que la ley determine.

Si alguien quiere construir un casa, contrata a un arquitecto; cuando alguien necesita levantar un puente, acude a un ingeniero de caminos; si se le estropea un enchufe, a un electricista; si su problema es de salud, se pone en manos de un médico.

Cuando el problema es legal, cuando la decisión que se tome puede hacerle ingresar durante muchos años en un centro penitenciario, somete la cuestión a la opinión de diez personas, honradas y decentes, pero legas en asuntos judiciales. ¿Se imaginan a diez hombres o mujeres honradas y honorables en un quirófano, preparados para operarle de un prolapso de la válvula mitral?

Es un sinsentido, y tiene que ver con la cursilería de la izquierda de "democratizar la sociedad".

Están plenamente vigentes las palabras aquí adaptadas a la judicatura que San Ignacio, aquel divino impaciente, le decía al Monarca:


 No hay bien para los pueblos igual
que este afecto paternal
de un juez prudente y cristiano.
Todo lo demás es vano;
Errar puede la opinión,
Puede ser vana la Ley.
Un hombre y una nación
No aspiran a mejor don
Que un buen padre y un buen Juez.



El Semanal Digital
9 de abril de 2013

8/4/13

España: Irregularidades del jurado en el caso Camps

Por El País

Periódico El País
España

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La impresión de la mayoría de los periodistas que cubrieron a diario el juicio contra Francisco Camps y Ricardo Costa fue que terminaría en condena. Entre los que lo veían más difícil se contaban los poquísimos reporteros que siguieron las más de 20 jornadas de vista, algunas de 10 horas, desde el interior la sala. Estar dentro permitía ver al jurado. Y casi desde el principio pareció claro que dos de los nueves ciudadanos que lo componían estaban inclinados hacia las tesis de la defensa del ex-presidente. La ley establece que tres votos son suficientes para bloquear la condena.

Uno de esos dos miembros del jurado, entre muchos otros pequeños gestos, rechazó examinar una de las pruebas documentales presentadas por la fiscalía. El mismo miembro del jurado fue elegido por sus compañeros como portavoz, quedando encargado de redactar las respuestas a los 21 puntos del veredicto.

El final del juicio dejó otras cosas llamativas. En los meses anteriores, Camps había sufrido un progresivo retraimiento que le llevó a borrarse de su propia campaña electoral. El proceso se intensificó con el inicio del juicio.

La tónica se rompió la víspera de que el veredicto fuese leído en el Tribunal Superior valenciano. Aquella noche del 25 de enero de 2012 Camps y su familia asistieron a una cena en la sede del Consejo Jurídico Consultivo (CJC), del que el expresidente forma parte. A la nunca explicada cita en un organismo oficial acudió un círculo muy reducido de sus fieles. Entre ellos, el presidente del CJC, Vicente Garrido, y la delegada del Gobierno en la Comunidad Valenciana, Paula Sánchez de León. Fuentes que vieron la llegada de Camps afirmaron que estaba tan contento que pensaron que ya había sido absuelto.

El jurado aún no había emitido, sin embargo, veredicto y seguía recluido con prohibición de comunicarse con el exterior en el Hotel Inglés, en cuya terraza pudo verse ese mismo 25 de enero, tomando un aperitivo, a un miembro de Nuevas Generaciones que había acompañado a Camps durante todo el juicio. La misma terraza a la que salía esos días el portavoz del jurado cuando quería fumar.


La fiesta anticipada
Por I.Z.

El País
8 de abril de 2013

2/4/13

España: El TSJ de Asturias desautoriza al jurado y deja libre al único acusado por el crimen del Carvi

Por El Comercio.es

Publicación El Comercio.es - España

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La sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) decretó ayer la puesta en libertad inmediata de José Antonio López Llorca, único acusado por el asesinato del dueño de la cervecería Carvi, al entender que el fallo del jurado en el que se le consideraba culpable «vulneró el derecho a la presunción de inocencia», esto es, se emitió sin contar con pruebas suficientes que certificaran la autoría del crimen. El acusado, que llevaba en prisión provisional desde el 24 de junio de 2010, abandonó ayer por la tarde la cárcel de Villabona.

El tribunal debe redactar aún la sentencia absolutoria en la que ahondará en los razonamientos que le han llevado a adoptar esta decisión, si bien al haber acordado la no culpabilidad del detenido ayer se emitió el auto de excarcelación para que éste pudiera abandonar el presidio de forma inmediata. La acusación podrá presentar recurso contra este auto, si bien serían los mismos jueces los que valorarían el escrito. Una vez se publique la sentencia se abrirá la posibilidad de llevar el caso al Tribunal Supremo a través de un recurso de casación. Este proceso se prolongaría como mínimo un año, según estiman fuentes jurídicas.

El TSJA adoptó esta decisión tras estimar en su integridad el primero de los puntos del escrito de apelación presentado por la defensa de López Llorca, ejercida por el letrado Sergio Herrero. Alegaba el abogado que se condenó a su defendido «sin prueba alguna de cargo practicada en el juicio oral», por lo que en su opinión la condena impuesta «carece de toda base razonable». Apuntaba que, de lo practicado durante las vistas que se celebraron en noviembre en presencia del jurado, se extraían cuatro conclusiones. La primera, que el acusado «había mentido en sus declaraciones anteriores», lo que sólo dejaría como válida la versión ofrecida durante el juicio oral. La segunda, que «el acusado no demostró su inocencia» y carecía de coartada, pues estaba en esa zona de Gijón a la hora en la que «es posible» que tuviera lugar el crimen.

Pero recuerda además la defensa que, en la sala, el acusado «se negó a contestar a cualquier pregunta que le hicieran las partes acusadoras y sólo respondió al interrogatorio que le hizo su letrado» y añade que en el mencionado juicio oral «no quedó demostrado que el acusado matara al fallecido».

En el escrito de apelación respaldado ahora por el TSJA se señalaba que «la mera lectura de las supuestas pruebas» que tuvo en cuenta el jurado a la hora de adoptar su decisión y a las que se hacía referencia en la motivación de su veredicto «permite casi sin esfuerzo llegar a concluir la vulneración de la presunción de inocencia padecida por el condenado». Reclamaba por tanto la libre absolución del condenado, al dar por hecho que «no ha existido prueba de cargo en el juicio oral» que respaldara su culpabilidad.

La justicia asume ahora lo que considera un veredicto no ajustado a los derechos que garantiza al imputado la Ley de Enjuiciamiento Criminal y recurre al principio de in dubio pro reo, esto es, decretar la inocencia del ajusticiado si entiende que no se ha probado sin posibilidad de duda su culpabilidad. En base a esta presunción de inocencia, José Antonio López Llorca, que conoció el veredicto del jurado ya entre rejas, abandonó ayer Villabona tras 1.036 días de prisión.

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El TSJA desautoriza al jurado y deja libre al único acusado por el crimen del Carvi
Por Iván Villar

Publicación: ELCOMERCIO.ES
2 de abril de 2013

28/3/13

Canadá: Juez canadiense manda preso a miembro del jurado por llegar tarde a juicio

Por terra.com.ar

Logo de Terra

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Un juez canadiense mandó a prisión esta semana a una integrante de un jurado por llegar varias veces tarde a un juicio por violación, informó la prensa local el jueves.
 
Harto de las tardanzas, el juez Gerald Chartier emitió una orden de arresto contra la llamada "Jurado 10" el miércoles e hizo continuar el juicio sin su presencia.
 
Cuando finalmente la mujer llegó fue arrestada. Pasó la tarde en la cárcel antes de ingresar a la sala, esposada y con grilletes, después de que otros 11 miembros del jurado emitieran su veredicto en el juicio por agresión sexual.
 
La "Jurado 10" explicó que se había acostado tarde después de estar toda la noche con fiebre, calambres y vómitos graves, según el periódico Winnipeg Free Press.
 
La mujer, que llegó tarde varias veces la semana pasada, dijo en cada oportunidad haber perdido el autobús y tener que esperar mucho para tomar el siguiente.
 
N.E.: Se obliga a las personas a hacer lo que el Estado no puede obligar a hacer (porque la gente no está capacitada para juzgar) y encima se las mete presas por eso. Esto se llama fascismo.

Enlace: Versión On Line

Publicación Terra
28 de marzo de 2013

22/3/13

España: ¿Vale el jurado popular para algo?

Por El Imparcial

El Imparcial Noticias - España
 
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Analistas políticos consultados por este diario destacan que la decisión del Supremo pone en cuestión la figura del jurado popular y se preguntan si “vale para algo”. La Sala Segunda del alto Tribunal revisará el próximo 9 de abril a puerta cerrada la absolución de Camps y del ex secretario general del PP en la Comunidad valenciana Ricardo Costa.

La paradoja de esta cuestión es que quien fueran los grandes defensores de la figura del jurado popular, y siguen siéndolo, los socialistas, como ejemplo de democracia y representación de la ciudadanía en la administración de la Justicia, hayan sido quienes hayan recurrido una decisión de esta “institución” que tanto defienden.
 
Todo por una decisión de un jurado popular que absolvió a Camps y Costa de los presuntos delitos de cohecho impropio en el caso de trajes que ambos supuestamente recibieron de la trama “Gürtel”. La explicación de los socialistas valencianos al presentar el recurso contra decisión, que hubo una manifiesta contradicción entre los hechos declarados probados por parte de los miembros del jurado y la sentencia final, que por cierto no fue recurrida por la Fiscalía.
 
En el fondo, lo que subyace, señalan las mismas fuentes, es la falta de confianza de quienes apoyaron y propiciaron el jurado popular cuando éste se tiene que pronunciar sobre cuestiones políticas. Si ya es difícil entender que una figura muy establecida en el derecho anglosajón se haya incorporado a nuestra legislación, y más cuando una gran parte de la población la rechaza, es todavía más complicado comprender que sus principales defensores recurran una decisión que no les gusta.
 
 
Publicación: El Imparcial
Por Luis Castro
22 de marzo de 2013

5/3/13

Puerto Rico: En tela de juicio los jurados

Por El Vocero de Puerto Rico

Publicación El Vocero
Puerto Rico

Extractos:
 
A pesar que los derechos a un juicio por jurado imparcial y la presunción de inocencia están consagrados en la Constitución de Puerto Rico, serían pocas las posibilidades para que de encarar juicio, Ana Cacho –sospechosa de delito– seleccione un jurado que ya no esté prejuiciado en su contra. Así lo revela un estudio académico reciente que investigó el “efecto que tiene la cobertura mediática excesiva de procesos criminales en Puerto Rico sobre quienes ejercen como jurados en estos procesos”. El mismo fue publicado en la revista ‘Ámbito de encuentros’, de la Universidad del Este (SUAGM).
 
La investigación refleja que la excesiva publicidad, la saturación, el análisis o el sensacionalismo “puede resultar en que, poco a poco, se forjen prejuicios y opiniones a favor o en contra de las personas involucradas”. La investigación del doctor Ángel A. Toledo López y el estudiante de maestría Francisco G. Jiménez Ayala se revela “innovadora” al ser la primera que se hace en la Isla tomando de muestra a personas que han sido jurado en casos criminales.
 
Por lo “inconmensurable” de los medios masivos de comunicación en Puerto Rico, se presupone que durante la investigación se forja necesariamente una opinión en la población que afecta la imparcialidad para juzgar sin prejuicios la evidencia que desfilará ante ellos. La masiva información de los medios sobre la población ni siquiera permitiría que el secuestro del jurado sea una medida eficaz de descontaminación, señala la investigación, que llama la atención sobre este “dilema real para la apropiada administración de la justicia”.
 
En el caso de Ana Cacho, la muestra arroja que el 52% de los exjurados consultados creen que es culpable de estar vinculada con el asesinato de su hijo, el 20% piensa que es inocente y el 28% no sabe o no contestó la pregunta. La investigación indica que el resultado es “impresionante, cuando consideramos que, al día de hoy, Cacho no ha sido acusada formalmente por la muerte de su hijo. Lo revelador de este análisis es que la mayoría de los (las) entrevistados está dispuesta a emitir un fallo condenatorio desde ya, sin haber pisado un tribunal y sin haber visto o escuchado una pieza de evidencia”.
 
Para no llegar a resultados erróneos, los investigadores preguntaron a los muestreados cómo llegaron a sus conclusiones. De los 25, unos 19 adjudicaron culpabilidad o inocencia “a base del análisis de prensa, la información que recibieron de los medios de comunicación o de los análisis de los comentaristas radiales o televisivos”.
 
Que la publicidad excesiva forma opiniones que pueden influir significativamente en los potenciales jurados se confirmó cuando 19 entrevistados (76%) afirmaron que en este momento no es posible celebrarle un juicio imparcial. La publicidad excesiva en contra de Cacho es tanta que el 64% de los encuestados afirmó que se requiere la transferencia (‘removal’) de este caso a otro estado.
 
Para los investigadores, “estos resultados nos hacen cuestionar seriamente qué tan bien se administra la justicia en Puerto Rico y si verdaderamente el sistema garantiza el debido proceso de ley y el derecho de todo acusado a un juicio justo e imparcial”.
 
 
En tela de juicio los jurados
Por Obed Betancourt

El Vocero de Puerto Rico
5 de marzo de 2013

4/3/13

España: El abogado de Bretón pide nulidad del procedimiento por violación de derechos fundamentales

Por ABC.es

Publicación On Line ABC.es

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José María Sánchez de Puerta, abogado de José Bretón, que está acusado del presunto infanticidio de sus propios hijos el 8 de octubre de 2011, presentó ayer ante en la Audiencia Provincial un escrito de alegaciones en el que solicita la anulación del procedimiento por haber violado derechos fundamentales de su patrocinado.

El representante legal de presunto asesino insiste en que el juicio ante un tribunal de jurado vulnera, en este caso, "el derecho fundamental a un proceso con todas las garantías y a la tutela judicial efectiva", ya que "no hay ni un solo ciudadano que no piense que Bretón es un psicópata que debe ser condenado".

N.E.: Es lo que ocurre siempre con el juicio por jurado, que viola la garantía del juez imparcial.

Enlace: Versión On Line

Publicación ABC.es - Córdoba - España
4 de marzo de 2013